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Va de perros

7 Comentarios
 
Va de perros
17/09/2023 11:53
Buenas, estoy pensando es comprar un terreno, a unos 2kms del nucleo urbano, és rustico con un almacen agricola de uso industrial, eso es lo que pone en el catastro, la idea és adecuar-lo para poder guardar mis 5 perros, me gustaria saber si necesito permisos , quiero poner jaulas y su pista para poder entrenar-los.
Esto seria en Girona, muchas graciss.
17/09/2023 12:02
Daviri
Aclaro, terreno rustico de uso agrario y dentro del cual en clase urbano hay almacen de uso industrial.
19/09/2023 14:17
Si añadieras el municipio y dijeras la clasificación urbanística dada al terreno en cuestión por el PGOU, se te podría informar de los usos permitidos y compatibles en el mismo.

A estos efectos el catastro no sirve de nada.
perfil veo
22/09/2023 00:45
el catastro no es demasiado fiable a efectos urbanísticos
una construcción de uso industrial/comercial/residencial es a efectos de catastro (particularmente de IBI) de naturaleza urbana, aunque esté asentada sobre suelo rústico
supongo, por tanto, que es suelo rústico
lo que planteas para tu finca debes consultarlo en el ayuntamiento, fundamentalmente porque hablas de cosas inconcretas (jaulas, pista). Lo más concreto es lo de 5 perros, pero dices mis 5 perros, y a mí, que leo torcido, no queda claro si es para 5 perros, para tus perros, o para perros en general. Asimismo no tengo claro cómo serían las jaulas y la pista, lo mismo en cantidad que sus dimensiones o aspecto.
creo que sería viable una instalación doméstica, con una mínima exigencia constructiva
también considero viable una actividad relacionada con los perros en general, sea escuela u hotel, con mayor incidencia constructiva, pero la tramitación de la licencia sería por otra vía, a priori compatible con el suelo rústico
22/09/2023 12:50
alga
Ok gracias, la calificacion urbanística no la sé, solo miré el catastro, seria para Torroella de Fluvia
22/09/2023 12:55
veo
Sisi, mis perro, tengo 5, y por eso lo de las jaulas, cada uno en su jaula, y lo de la pista es porque los entreno, pista de agility por ejemplo, és puro hobby y no és mi intencion hacer ninguna actividad a no ser que sea necesario para poder sacar algun permiso, simplemente és para mi, uso y disfrute personal vamos.
Gracias por contestar
22/09/2023 13:30
Daviri
Creo que son de aplicación lo dispuesto en las normas del Decreto Legislativo 2/2008 de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley, posiblemente la ordenanza municipal de tenencia de animales y las determinaciones del propio PGOU en suelo no urbanizable, si las hay.
25/09/2023 10:45
alga
De aucuerdo, voy a mirar-me el decreto, muchas gracias por contestar.