Cuando al progenitor no custodio le tocan sus 15 días de vacaciones y tiene que trabajar:
1: puede llevarse al niño, que se lo cuide otra persona mientras él está trabajando?
2: puede llevarlo a otra ciudad a 300 km y dejarlo con otras personas mientras él trabaja en otra ciudad?
Todo eso teniendo una resolución en la que le dijo el juez que cuando él no puede ejercer su derecho a visitas, no puede delegar en terceros. Las pierde.
Efectivamente , su ex pareja tiene un régimen de visitas, pero no sus amigos , hermanos o abuelos...
Lo anterior quiere decir, desde mi punto de vista, que si él no va a estar presente durante la visita familiar , no puede desentenderse del menor y dejarlo en casa de los abuelos.
La actuación pasaría por denunciar esta situación por incumplimiento del régimen de visitas lo que llevaría en su caso a un juicio de faltas.
Igualmente podría procederse en via civil a modificar la sentencia/convenio a efectos de especificar de que cuando el progenitor no custodio no vaya a estar presente con el menor, no pueda dejarlo a este con la familia ya que estos no tienen fijado un régimen de visitas.
He hablado con tu compañero, y al igual que tú, me ha orientado en los pasos a seguir, con lo cual, muy agradecida.
Ahora sólo me queda o bien hacer que actúe coherentemente y evitar civilizadamente una denuncia, o en caso de no ser posible, actuar dentro del marco legal.
Espero que se solucione por la primera vía, aunque me deja más tranquila saber que existe una segunda.
Hombre...a él se le desmontaría lo de los minutos porque lo dejaría a 300km y es una persona que tiene guardias de 24 horas.
De todas formas, está claro que en cosas de familia, las cosas son muy inciertas y a saber por dónde puede salir el tema.