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vacaciones después de una baja de larga duración

1 Comentarios
 
Vacaciones después de una baja de larga duración
12/10/2012 13:00
Buenos días,
Soy trabajadora a jornada parcial 20 horas como limpiadora en un colegio de la Comunidad de Madrid y en enero me operaron de un linfoma. Entre ingreso y rehabilitación la baja duró 9 meses. En octubre me dieron el alta y he vuelto al trabajo, pero me dicen que no me corresponden vacaciones porque el centro siempre cierra en Agosto y ese mes yo estaba de baja. ¿Es esto legal?¿no me corresponden vacaciones después de una baja?si no es así ¿cuantos días me corresponderían y cuando debería disfrutarlas? Gracias
12/10/2012 14:51
Veamos, ¿Procede en este caso disfrutar de su periodo vacacional? Sí, ¿Por qué? Porque existe jurisprudencia de septiembre de 2009 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de...,- No recuerdo la Comunidad Autónoma-, estipulando que tras la reincorporación de una situación de baja por IT, siempre y cuando durante ésta se hubiese visto afectado el periodo vacacional, el trabajador tras su reincorporación podrá y deberá disfrutar del periodo vacacional, sin perjuicio, incluso, de que hubiese vencido el ejercicio del año.

A todo ello, se añade la modificación de la redacción del régimen jurídico del artículo 38 (TRLET) por el RDL 3/02012, modificado, a su vez, por la Ley 3/2012, en el cual se incluye dicha jurisprudencia. Por tanto, sí.