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Vacaciones después de una baja de un año

12 Comentarios
 
Vacaciones después de una baja de un año
27/01/2017 09:42
He estado de baja un año por operación de hernia lumbar de L5 S1 y tengo 2 protusiones en el cuello y reuma , el tribunal medico me dio el primer alta el 21 de noviembre de 2016 y recurri , y me volvió a dar el alta el 22 de diciembre , la mutua me a pagado 11 días , la empresa me dijo que estuviera tranquila y gastará las vacaciones que yo no sabia cuantas eran.......y mi pregunta es , desde que día cuento las vacsiones desde el primer alta ? Desde el segundo alta? O 11 días después del primer alta? Porque no lo sabe la empresa , no lo sabe la mutua y no lo sabe el I.N.S.S. Y me quieren quitar vacaciones de este año por volver el 17 de enero !!!!! No me aviso nadie tuve que llamar yo a una central de la empresa a praga , y luego me llamaron de España a mi para la incorporación al siguiente día ...........estoy pérdida en esto , ( y todos los demás también ) para flipar , gracias
28/01/2017 19:22
Natychiss
Esto es lo que dice el Estatuto de los Trabajadores y esta claro, a no ser que tu convenio lo mejore.

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Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la
empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad
temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de
suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48.bis de esta Ley, se
tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad
temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le
correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año
natural a que correspondan.

En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad
temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que
imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que
corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que
no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan
originado.

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29/01/2017 16:22
calicas
Pero mi pregunta es .......
Si cuentan las vacaciones desde el primer alta del tribunal médico al año , ( que después recurrir) o si cuentan las acciones después del 2 alta que fue un mes después ??????
29/01/2017 22:13
Natychiss
Con el alta del 21 de Noviembre empezaste a trabajar?
29/01/2017 22:57
calicas
No porque puse una disconformidad de alta .....entonces espere hasta que me contesto el tribunal de segundas un mes después que me volvía a dar el alta definitiva .....entonces en ese tiempo muerto digamos ......quien se hace cargo , son mis vacaciones ??? Es el tribunal ......o no se si se empiezan a contar desde el 21 de noviembre el primer alta o el 22 de diciembre el segundo alta y definitiva ......graciasssz
29/01/2017 23:01
Natychiss
Si empezaste a trabajar el 22 de Diciembre es a partir de esta fecha cuando ya debes de coger las vacaciones, no significa que las debas de coger ese mismo día, se acuerda entre empresa y trabajador.
30/01/2017 06:26
Natychiss
No empecé a trabajar porque me dijeron que cogiera vacaciones y ahora me dicen que me e pasado de días , pero otra vez !!!! La pregunta es desde cuando se empiezan a contar ?????? Si desde el primer alta o desde el segundo ???????
30/01/2017 13:24
Natychiss
Si te dieron el alta el día 22 de diciembre y a la vez te fuiste de vacaciones ese día empiezan a contar desde el día 22 de diciembre, lo que no pones son los días que has estado de vacaciones, por lo general son 30 o 31 día de vacaciones, según diga tu convenio.
30/01/2017 17:23
calicas
No me entiende , se lo explique bien desde el principio , pero bueno , miraré un abogado , gracias
30/01/2017 18:21
Natychiss
Quien no lo entiende o no lo explica bien es usted, lo que yo no entiendo es lo de los 11 días, vera usted habla den primer alta y de un segundo alta, no hay un segundo alta, el alta es el primero lo que ocurre es que usted pidió la revisión del alta y la SS le dijo que tenia razón la mutua, (yo no entro a valorar quien tiene razón), al venir denegada esa revisión del alta esos días usted los pierde, como podría tomarlos de vacaciones estas empezarían a partir del día 21 nov 2016 si se reincorporó el 17 ene 2017 se ha tirado usted casi s mes de vacaciones por tanto normal que ahora le digan que debe usted días de vacaciones.
30/01/2017 22:18
Pues teniendo comité de empresa es al primero que tenias que haber acudido, y para otra vez explícate mejor.
31/01/2017 06:40
calicas
Esta explicado y repetido varias veces desde el principio pero bueno , ya veo la profesionalidad , y muchas gracias no hace falta que conteste mas , gracias
31/01/2017 17:47
Natychiss
Natychiss, no se entiende su forma de responder a la consulta realizada, como le he dicho fue usted quien no explico bien las cosas y tanto a calicas como a mi nos ha costado entenderle, hemos tenido que hacernos una composición de lugar para interpretar lo que ha querido decirnos, nos hemos molestado en darle una respuesta que en éste foro resulta totalmente altruista y ahora se permite criticar el nivel de éste foro, bueno pues para reaccionar de esta forma tan desagradecidamente lo que debe es acudir a un abogado de su ciudad pagar la minuta que le exija y entonces ahí podrá mostrar su malestar.
SMO