Hola buenos días, les expongo mi caso: he estado casi un año de baja por enfermedad laboral, me dieron el alta en la mutua el día 24/11/2021y me dijeron que impugnará el alta, lo hice y la seguridad social ha confirmado el alta médica el día 17/12/2021, mi pregunta es: al disponer todavía de las vacaciones, desde qué fecha empiezan a contabilizar desde el 24/11/2021 o desde la confirmación del alta médica o sea desde 17/12/2021? Muchas gracias.
Ante la impugnación de un alta supone un tiempo que caso de reconocer la impugnación se considerará tiempo de IT, en caso contrario, (como es su caso), estos días van a cargo del trabajador por lo que en su caso, deberá de hacer uso de sus vacaciones desde el 24/11.
smo
Gracias, pero en este caso no deberían de haberme avisado de que mis vacaciones comenzaban en el momento en que les comunique que me habían dado el alta y que la impugnaba? Porque me lo dijeron el día 28/12/2021 que mis vacaciones empezaban el 24/11/2021, o sea que ya las he agotado sin yo saberlo. Gracias
No deberían porque por mucho que diga la empresa usted puede optar por una suspensión de empleo y sueldo por esos días o hacer uso de sus vacaciones pero es usted quién lo decide y no la empresa por eso la empresa es muy osada al querer decidir por usted.
Yo le dije que deberían empezar a partir del 24/11 por su conveniencia pero ni la empresa ni yo podemos decidir eso, pienso que es lo mejor para usted pero es usted quién debe decidir esto.
smo