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Vacaciones e it

5 Comentarios
 
Vacaciones e it
17/01/2009 00:46
Hola,tengo una duda. Si se fijó el calendario laboral para el año 2008 y en los 15 dias que le correspondian a una trabajadora,coincide con un proceso de IT, ¿estas vacaciones se pierden o hay que pagárselas ya que no ha podido disfrutarlas?.Gracias.
perfil Ade
17/01/2009 12:33
Se pierden definitivamente (excepto que sea por causa de una baja maternal o riesgo durante el embarazo). En este tema hay mucha jurisprudencia y hasta ahora siempre han dado, con carácter general, la razón a las empresas.
19/01/2009 01:42
tengo una duda con un caso particular; el principio es el mismo, vacaciones programadas para 15 dias en febrero, y baja por i.t dias antes de estas.recuperación y alta ya pasado el periodo vacacional y no se fijan nuevas vacaciones.
la diferencia es el convenio de aplicacion, donde en el punto 23 apart VI dice: VI. En el caso de que coincidan los días de vacaciones programados con una situación de IT que no de lugar a la recuperación de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Igualdad, el trabajador, durante el período de IT coincidente con las vacaciones, percibirá la retribución correspondiente a las mismas
tendria derecho a reclamar el pago? o solo se refiere a IT por embarazo???
gracias
19/01/2009 10:46
Parece que es una IT normal, por lo que si podria reclamarlo.

Que bien, me encantan estos derechos absurdos que protegen a los trabajadores que faltan al trabajo.
19/01/2009 12:34
buenas,

como no lo especifica entiendo que no es por coincidencia con la baja maternal.
mi opinión en este caso es que mientras se está de baja por IT no se está ni de vacaciones, ni trabajando, ni de chascarrillos, por lo que nos atendremos a lo que dice el 38 del ET mirar convenio colectivo por ser un artículo de derecho necesario relativo. Si no existe convenio o este no mejora el estatuto no tendrás derecho a aplazar las vacaciones disfrutantodas en un nuevo periodo (ver sent. TS de 11.07.06). Si el convenio contempla algo, lee bien si habla de IT anterior al inicio de vacaciones o durante las vacaciones.

Saludos
19/01/2009 16:52
el caso de aurariola lo tengo claro, (ver sent. TS de 11.07.06) como bien se indica.
mi baja es una IT por fractura tibia/perone antes del inicio de las vacaciones y recuperación despues de estas (2meses de baja)
la duda es con el mio, he copiado/pegado lo que dice el articulo 23 del convenio; fui a reclamar de buena fe al jefe personal y me responde que no tengo derecho porque el articulo del convenio hace referencia solo a it por embarazo Artículo 59 ley igualdad(por esa alusion a la ley de igualdad) le demuestro mi disconformidad y le alego justo con la misma ley que el mismo articulo prevee mejoras por parte de las empresas.
su contestación fue, si no tas deacuerdo, demandanos
y por ahora, no quiero hacerlo todos sabemos porque pero me gustaria tener la opion de un profesional acerca de mi caso sin tener que acudir a un sindicato
muchas gracias