Hola: La jurisprudencia establece que para que el trabajador que se encuentra de baja por incapacidad temporal pueda disfrutar del derecho a las vacaciones, es necesario que se incorpore a su puesto antes de que finalice el año natural, en caso contrario, perdería las vacaciones devengadas y no disfrutadas.
Salvo que el convenio colectivo de aplicación establezca alguna mejora al respecto.
Trabajo en el sector de la construccion, el dia 5/12 me operaron, yo iba a coger los dias que me quedaban de vacaciones desde el 18, ahora pierdo las vacaciones, me las tienen que pagar, o que puede pasar con esos dias. Gracias