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vacaciones en España

3 Comentarios
 
Vacaciones en españa
05/07/2010 12:21
Buenos dias, mantengo una relacion con una chica de Republica Dominicana. La idea es que ella venga de vacaciones en las fechas navideñas, permaneceria unos 20 dias. Creo que ella necesita de un visado para poder viajar. Que tramites son los necesarios y a que organismos he de dirigirme para obtener ese visado o lo que resulte pertinente??? Esos tramites podria realizarlos yo o debe ser ella en el consulado de España en Republica Dominicana?? Muchas Gracias.
06/07/2010 20:26
Hola. En efecto, las personas de nacionalidad dominicana necesitan del visado para poder cruzar las fronteras exteriores de la Unión Europea, por tanto, para entrar en España.

El trámite ha de efectuarlo ella personalmente en la Sección Consular de la Embajada de España en la República Dominicana, en la ciudad de Santo Domingo.

Si es usted quien la alojará en su casa, ha de tramitar una CARTA DE INVITACIÓN en la Comisaría de Policía de su ciudad (tenga presente que en grandes ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, este servicio suele estar centralizado en una comisaría específica, por tanto, ha de informarse en cual se hace este trámite).

El trámite de CARTA DE INVITACIÓN tiene un coste de aproximadamente 120 euros, que son las tasas que ha de pagar a la Policía. Ellos le informarán de los requisitos, aunque lo que piden es que haya una vinculación familiar o de amistad preexistente, que pueda probarse plenamente, con la persona invitada (si usted la ha visitado en su país y tiene fotografías con ella, le serán de gran ayuda). Tenga presente que en la carta de invitación usted se compromete a darle alojamiento y alimentación en su vivienda durante el tiempo que ella permanezca en España e incluso será usted también responsable de que ella efectivamente abandone el país en las fechas establecidas.
06/07/2010 20:31
Cuando tenga la carta de invitación, tendrá que remitírsela, porque ella la necesitará para efectuar el trámite en la Embajada.

REQUISITOS QUE SUELEN PEDIR PARA VISADOS DE ESTANCIA (TURISMO).
1.- Reserva de billete aéreo ida y vuelta cerradas.
2.- Pasaporte en vigor y con una validez mínima de 6 meses posteriores a la entrada en España.
3.- Certificado de antecedentes penales de su país de origen.
4.- Certificado médico de no padecer enfermedad infectocontagiosa que pudiera poner en peligro la salud pública ( en algunos países, basta un certificado de ambulatorios del Ministerio de Salud local; en otros, ha de hacerse un chequeo completo con un médico señalado por la Embajada de España, eso depende de si a criterio de la Embajada, la sanidad pública del país es fiable o no).
5.- Medios económicos suficientes para sufragar su estancia en España. Actualmente el mínimo establecido por el Ministerio del Interior para todo extranjero extracomunitario que pretenda cruzar la frontera española son 30 euros por día que pretenda permanecer en España. Sin embargo, a la Embajada ha de acreditarle de que dispone de suficientes recursos en dinero en efectivo, tarjetas de crédito, cheques de viajero, etc. .Si ella personalmente o su familia dispone además de propiedades inmobiliarias, sería conveniente que aportara copias de las correspondientes escrituras ( tenga en cuenta esto: las embajadas de España se fijan mucho en si la persona y/o sus parientes más próximos tienen o no propiedades inmobiliarias en el país, pues tenerlas es considerado señal de arraigo en el sitio; otra cosa que toman en cuenta es el saldo medio en la cuenta bancaria y si tiene tarjetas de crédito, los movimientos que tenga de ellas). Y lo propio si la chica es propietaria de acciones en sociedades anónimas o participaciones en sociedades de responsabilidad limitada, sería conveniente que aportara copias de los correspondientes títulos.

6.-Si la persona trabaja bajo relación de dependencia, contrato de trabajo en vigor y tres últimas nóminas (o como le llamen en su país al resguardo de pago del salario) y carta del empleador en la que declare que la persona sale en goce de sus vacaciones anuales que le corresponden por ley y que tiene su puesto de trabajo garantizado a su regreso. Si la persona trabaja por cuenta propia, ha de presentar sus comprobantes de declaración de impuesto sobre la renta e IVA (esto, claro, si comercia con objetos u ofrece servicios que estén sujetos a IVA en la legislación dominicana); si ejerce alguna profesión que exija colegiación según las leyes dominicanas, que aporte certificado de afiliación a su colegio profesional y de estar al día en el pago de las cuotas; si ejerce el comercio a título personal, que aporte su matrícula de comercio o documento equivalente y si lo hace como representante legal de alguna sociedad anónima o de responsabilidad limitada, su nombramiento como tal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil. TIENE QUE QUEDAR PROBADO QUE LA PERSONA TIENE RESPONSABILIDADES Y COMPROMISOS LABORALES Y/O PROFESIONALES O EMPRESARIALES EN SU PAÍS QUE LA OBLIGUEN A NECESARIAMENTE TENER QUE REGRESAR.

7.- Ha de acreditar que dispone de seguro médico internacional a todo riesgo. AQUÍ HA DE QUEDAR PLENAMENTE PROBADO QUE LA PERSONA NO SE CONSTITUIRÁ EN UNA CARGA FINANCIERA PARA EL ESTADO ESPAÑOL. (esto para que pueda cruzar la frontera, pues es de todos sabido que una vez en España, cualquier extranjero puede empadronarse en el Ayuntamiento del municipio en el que tenga fijado su domicilio y con ese certificado, obtener la tarjeta sanitaria individual para acceder a las prestaciones sanitarias del Instituto Nacional de Salud).

8.- RECOMENDACIÓN ADICIONAL: Tanto para tramitar el visado como para viajar y cruzar la frontera, sugeriría que la persona, teniendo en cuenta el clima y la moda local, a la vez que su comodidad personal, usara siempre ropa entre elegante y casual. No se le ocurra ir a la embajada, por ejemplo, en pantalones vaqueros y ropa informal descolorida. Y para cruzar la frontera española, ropa cómoda, pero que revele cierta elegancia. Si es mujer, ha de estar bien peinada y maquillada y en la medida de lo posible, perfumada. Y que muestre mucha seguridad cuando se presente, tanto a la embajada como al momento de cruzar la frontera.
Aunque no lo crea, tanto el personal diplomático, como los efectivos del Cuerpo Nacional de Policía, que hacen el control de pasaportes en los aeropuertos internacionales españoles, se fijan en estos pequeños detalles cuando arriban vuelos procedentes de ciertos países.

Espero haberle podido ayudar. Un cordial saludo y mucha suerte.

ERICK
06/07/2010 20:36
Y, por supuesto, ha de presentar la carta de invitación que usted le enviará, que será con lo que acredite su lugar de alojamiento en España.