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vacaciones en España

4 Comentarios
 
Vacaciones en españa
15/03/2011 18:39
buenas tardes:

un marroqui con residencia legal en españa, lleva 5 años viviendo aqui, quiere traerse a su madre 1 mes de vacaciones a españa. ¿que papeles haria falta? gracias
15/03/2011 19:50
Alguna respuesta? gracias
15/03/2011 21:19
Hola. Por la nacionalidad, debe tramitar un visado de estancia, para entrar como turista, si lo que desea es venir a quedarse solo un mes.

Necesitará que el hijo le envíe una carta de invitación, que debe tramitar en la Comisaría de Policía de su domicilio (en las grandes ciudades suele haber una específica para esto) y además en la tramitación presentar disponibilidad de recursos económicos y pruebas de arraigo efectivo en el país de origen, que demuestren que la persona tiene intereses suficientes en el país como para volver.

Un cordial saludo.
16/03/2011 10:19
Gracias, entonces cuando el hijo vaya a comisaria debe llevara ya la carta de invitacion o la primera vez que vaya a comisaria es solo para que le digan los papeles que debe presentar.

Gracias de nuevo
16/03/2011 11:52
Hola. Si tiene la documentación completa que se exige y lleva el impreso cumplimentado, dependiendo del sistema de trabajo del lugar (si hay necesidad de cita previa o si se lo puede hacer directamente), podría presentar la solicitud con la documentación el mismo día. Le darán los impresos autocopiativos para que pague la tasa (son unos 120 euros, aproximadamente). Le paso la ruta hacia el impreso oficial, para que lo descargue y rellene, le vienen indicados los documentos que debe llevar; que procure tenerlos completos y sin que falten legalizaciones y traducciones oficiales al castellano, para los documentos que deben venir de su país, porque de lo contrario perderá tiempo valioso:

http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/Solic_Carta__Inv.pdf

Luego, es importante destacar que esta carta de invitación SOLO SIRVE para acreditar que la persona tendrá alojamiento en España, pero no la exime de aportar documentación que acredite suficiente y satisfactoriamente el cumplimiento de los demás requisitos exigidos para la expedición del visado. Y tampoco la exime, al momento de presentarse en el control fronterizo y presentar su pasaporte con su visado para cruzar la frontera española (y exterior de la Unión Europea), de la posibilidad de que los agentes del Cuerpo Nacional de Policía le exijan la exhibición de recursos económicos suficientes, de conformidad con lo que disponen la Ley de Extranjería y su Reglamento y en concordancia con lo que establece la Orden Ministerial PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España (actualmente, unos 65 - 68 euros por día que se pretenda permanecer y no menos de 600 euros; le digo cantidades aproximadas y redondeadas). Este requerimiento es facultativo del agente de Policía que controla el puesto fronterizo, puede que se lo pida, como que no se lo pida, pero si se lo pide debe mostrarlos porque la normativa vigente autoriza a que el agente lo haga, puede presentar: dinero en efectivo, cheques de viajero, tarjetas de crédito internacionales, junto con un estado de cuenta en el que se indique el importe máximo de crédito concedido, con su equivalente en euros (también aceptan que esté en dólares estadounidenses). Una vez que haya cruzado la frontera, ya podrá circular con tranquilidad. Puede permanecer hasta 90 días en España, prorrogables por otros 90 días, siempre que se lo solicite antes de la caducidad, en la Oficina de Extranjeros o en la Comisaría de Policía si están en una ciudad donde no tenga su sede la Oficina de Extranjeros y se acredite motivo suficiente para continuar en España, medios económicos suficientes para sufragar su estancia y pasaje de vuelta cerrado a su país, con fecha anterior a la caducidad de la prórroga. Transcurrido el tiempo de la prórroga, deberá, necesariamente, abandonar territorio español. Por tanto, existe la posibilidad de que la persona permanezca legalmente en España hasta por seis meses.

Un cordial saludo.