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vacaciones hosteleria

8 Comentarios
 
Vacaciones hosteleria
20/11/2014 10:19
Buenos dias. Trabajo en un restaurante de comida rapida mi jornada ea 40h semanales turnos rotatorios se lunea a domingo con dos dias de descanso semanal. En mi contrato pone que de vacaciones son 30 dias. Mi pregunta es que si no me corresponderian mas vacaciones por trabajar festivos y si los domi gos entran como festivos. Gracias
20/11/2014 13:06
No, le corresponde más. El sector de la hostelería es así. No es usted funcionario. Por lo que son los derechos que tiene, es justo, si trabaja 40h a la semana lo legal son 30días de vacaciones. Esta todo perfecto y correcto.
20/11/2014 13:25
Pero los festivos no se deberian pagar o darlos libres? En otros restaurantes de la misma franquicia de mi ciudad son 45 dias. 30 de vacaciones y 15 de festivos
20/11/2014 15:41
Teniendo en cuenta que te hablo del "Convenio de Hoteleria en Sevilla 2013/14".

Artículo 29º - Días festivos no recuperables.
Los días festivos abonables y no recuperables de cada año natural, siempre que el productor los trabaje podrán compensarse, según el criterio de la empresa, de una de estas formas:

a) Abonarlos con el ciento por ciento de recargo, juntamente con la mensualidad (vg: 100 =200)

b) Acumularlos a las vacaciones anuales o disfrutarlos como descanso continuado en período distinto, en ambos casos, incrementados con los descansos semanales que procedan.
20/11/2014 18:58
En definitiva; o los cobra al doble del salario de un día o los cobra como un día mas de trabajo y genera un descanso que será lo que posiblemente les ocurra a sus otros compañeros de sector, (son 12 fiestas nacionales, 2 fiestas locales y un festivo el patrono de la profesión, total 15 días).
Aquí lo que hay que mirar es como los esta cobrando usted si cobra e doble y si no lo hace (que será lo mas probable aquí estaría el posible fraude).
SMO.
20/11/2014 19:20
El cc es el de salamanca y en la nomina no me aparece nada referente a horas extras ni festivos ni nada si me dejan una direccion se email se la puedo enviar gracias
20/11/2014 19:38
Mira leete el convenio aqui...
http://salamanca.cnt.es/wp-content/uploads/2011/12/convenio-hosteleria-salamanca-2011-2015.pdf

Para lo de los Domingos leete el "Artículo 20 - Descanso semanal".

Y para los Festivos leete el "Artículo 22 - Festividadd e la Patrona" y el "Artículo 23 - Fiestas abonables y no recuperables".

Cualquier duda lo preguntas.

20/11/2014 19:40
Ten en cuenta que habria que saber nº de personas en la empresa, antiguedad tuya en la empresa, tipo de contrato que tienes y cuadrantes de turnos, para poder hacer el calculo.
20/09/2021 22:23
duda12345
Sobra "lo de no es usted funcionario" y le falta CONOCER más el convenio de Hostelería.Ha 12 fiestas nacionales y 2 provinciales las cuales hay que disfrutarlas ,si o si. En caso de trabajarlas se tiene derecho a disfrutarlas más tarde y no 14 días sino 4 o 6 días más por haberlas trabajado..30 días de vacaciones es y 14 días festivos..
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20/11/2014 10:19
Buenos dias. Trabajo en un restaurante de comida rapida mi jornada ea 40h semanales turnos rotatorios se lunea a domingo con dos dias de descanso semanal. En mi contrato pone que de vacaciones son 30 dias. Mi pregunta es que si no me corresponderian mas vacaciones por trabajar festivos y si los domi gos entran como festivos. Gracias
20/11/2014 13:06
No, le corresponde más. El sector de la hostelería es así. No es usted funcionario. Por lo que son los derechos que tiene, es justo, si trabaja 40h a la semana lo legal son 30días de vacaciones. Esta todo perfecto y correcto.
20/11/2014 13:25
Pero los festivos no se deberian pagar o darlos libres? En otros restaurantes de la misma franquicia de mi ciudad son 45 dias. 30 de vacaciones y 15 de festivos
20/11/2014 15:41
Teniendo en cuenta que te hablo del "Convenio de Hoteleria en Sevilla 2013/14".

Artículo 29º - Días festivos no recuperables.
Los días festivos abonables y no recuperables de cada año natural, siempre que el productor los trabaje podrán compensarse, según el criterio de la empresa, de una de estas formas:

a) Abonarlos con el ciento por ciento de recargo, juntamente con la mensualidad (vg: 100 =200)

b) Acumularlos a las vacaciones anuales o disfrutarlos como descanso continuado en período distinto, en ambos casos, incrementados con los descansos semanales que procedan.
20/11/2014 18:58
En definitiva; o los cobra al doble del salario de un día o los cobra como un día mas de trabajo y genera un descanso que será lo que posiblemente les ocurra a sus otros compañeros de sector, (son 12 fiestas nacionales, 2 fiestas locales y un festivo el patrono de la profesión, total 15 días).
Aquí lo que hay que mirar es como los esta cobrando usted si cobra e doble y si no lo hace (que será lo mas probable aquí estaría el posible fraude).
SMO.
20/11/2014 19:20
El cc es el de salamanca y en la nomina no me aparece nada referente a horas extras ni festivos ni nada si me dejan una direccion se email se la puedo enviar gracias
20/11/2014 19:38
Mira leete el convenio aqui...
http://salamanca.cnt.es/wp-content/uploads/2011/12/convenio-hosteleria-salamanca-2011-2015.pdf

Para lo de los Domingos leete el "Artículo 20 - Descanso semanal".

Y para los Festivos leete el "Artículo 22 - Festividadd e la Patrona" y el "Artículo 23 - Fiestas abonables y no recuperables".

Cualquier duda lo preguntas.

20/11/2014 19:40
Ten en cuenta que habria que saber nº de personas en la empresa, antiguedad tuya en la empresa, tipo de contrato que tienes y cuadrantes de turnos, para poder hacer el calculo.
20/09/2021 22:23
duda12345
Sobra "lo de no es usted funcionario" y le falta CONOCER más el convenio de Hostelería.Ha 12 fiestas nacionales y 2 provinciales las cuales hay que disfrutarlas ,si o si. En caso de trabajarlas se tiene derecho a disfrutarlas más tarde y no 14 días sino 4 o 6 días más por haberlas trabajado..30 días de vacaciones es y 14 días festivos..