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Vacaciones impuestas por la empresa

3 Comentarios
 
Vacaciones impuestas por la empresa
19/10/2006 16:31
Hola a todos, necesito que me asesoreis porque realmente no se como actuar en el caso en el que me encuentro.
Lo cierto es que la empresa en donde trabajo, más que una empresa se trata de un negocio, el empresario lo que hace es sacar el máximo provecho pero sin dar nada a cambio obligando a hacer más horas de las permitidas sin pagarlas, y nonemos conocimiento de cuando vamos a disfrutar vacaciones hasta que llega el día anterior y te dice que comienzas las vacaciones, y encima parece que te está haciendo un favor.Las irregularidades son infinitas...
Yo este año he disfrutado 19 días en julio, y ahora me encuentro con que necesitaba unos días de vacaciones para solucionar ciertos asuntos y se los he pedido. Me ha dicho que justo cuando yo los necesito es imposible porque su hijo tampoco va a estar entonces que no podemos faltar los dos de la oficina (aunque hay cuatro personas más)
Yo me considero una persona muy responsable en mi trabajo, que no doy problemas y siempre intento arreglar los problemas hablándolos , en definitiva que intento hacer todo lo que está en mis manos por la empresa, me lo tomo muy en serio, me siento dolida y empiezo a estar un poco harta de no poder ejercer mis derechos y que seamos siempre los trabajadores los que salgamos perdiendo.
¿Qué puedo hacer en relación con los días de vacaciones, sino tenemos fechas previstas para disfrutarlas? ¿Nos tenemos que conformar con días sueltos o con períodos fijados según convenga a la empresa ?
Si podeis darme una orientación, os lo agradecería. Muchísimas gracias
19/10/2006 17:27
Te adjunto el texto del artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores:

Artículo 38. Vacaciones anuales.
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.

Por tanto:
- Cuando dices "no tenemos conocimiento de cuando vamos a disfrutar vacaciones hasta que llega el día anterior y te dice que comienzas las vacaciones" puedes ver en el E.T. que tiene que avisar con dos meses de antelación como mínimo.
- Cuando dices "me ha dicho que justo cuando yo los necesito es imposible porque su hijo tampoco va a estar entonces que no podemos faltar los dos de la oficina (aunque hay cuatro personas más)", pues si él lo dice será que sí. Y vayas donde vayas, si el empresario puede demostrar que lo máximo que se puede permitir es la falta de una persona, pues sólo podrá faltar una persona, casos extremos como enfermedad y demás permisos como boda, etcétera excluidos para la persona enferma, de boda, etcétera.
- Cuando dices "¿nos tenemos que conformar con días sueltos o con períodos fijados según convenga a la empresa ?" te tienes que acoger al convenio colectivo de tu empresa y/o al de la rama o sector en la que se halle la actividad de la misma.


Desde el artículo 34 hasta el 38, ambos inclusive, del E.T. podrás ver todo lo referente al tiempo de trabajo.

Hasta aquí todo lo que yo te puedo decir. A partir de aquí lo que siempre recuerdo, hablar, hacer entender, que cuando empiezan las demandas y las peleas el ambiente de trabajo pasa a ser hostil y no es agradable. O eso, o te vas con lo tuyo, pero no siempre vienen bien esos cambios de aire, máxime cuando hablando se entiende la gente.

Saludos.
19/10/2006 17:34
Gracias por toda la información. Créeme que he intentado hablar con esta persona pero resulta casi misión imposible, no sabe razonar, sólo imporner y cuando no sabe por donde salir, insultar y chillar.
Un saludo y espero que todo salga bien
20/10/2006 00:27
No dejéis de consultar el convenio colectivo para comprobar si mejora lo dispuesto en el ET. Un pleito de vacaciones casi nunca satisface a las partes; su resolución suele ser posterior a la fecha que queríamos disfrutar, salvo que se establezcan o fijen las vacaciones desde principios de año.
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19/10/2006 16:31
Hola a todos, necesito que me asesoreis porque realmente no se como actuar en el caso en el que me encuentro.
Lo cierto es que la empresa en donde trabajo, más que una empresa se trata de un negocio, el empresario lo que hace es sacar el máximo provecho pero sin dar nada a cambio obligando a hacer más horas de las permitidas sin pagarlas, y nonemos conocimiento de cuando vamos a disfrutar vacaciones hasta que llega el día anterior y te dice que comienzas las vacaciones, y encima parece que te está haciendo un favor.Las irregularidades son infinitas...
Yo este año he disfrutado 19 días en julio, y ahora me encuentro con que necesitaba unos días de vacaciones para solucionar ciertos asuntos y se los he pedido. Me ha dicho que justo cuando yo los necesito es imposible porque su hijo tampoco va a estar entonces que no podemos faltar los dos de la oficina (aunque hay cuatro personas más)
Yo me considero una persona muy responsable en mi trabajo, que no doy problemas y siempre intento arreglar los problemas hablándolos , en definitiva que intento hacer todo lo que está en mis manos por la empresa, me lo tomo muy en serio, me siento dolida y empiezo a estar un poco harta de no poder ejercer mis derechos y que seamos siempre los trabajadores los que salgamos perdiendo.
¿Qué puedo hacer en relación con los días de vacaciones, sino tenemos fechas previstas para disfrutarlas? ¿Nos tenemos que conformar con días sueltos o con períodos fijados según convenga a la empresa ?
Si podeis darme una orientación, os lo agradecería. Muchísimas gracias
19/10/2006 17:27
Te adjunto el texto del artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores:

Artículo 38. Vacaciones anuales.
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.

Por tanto:
- Cuando dices "no tenemos conocimiento de cuando vamos a disfrutar vacaciones hasta que llega el día anterior y te dice que comienzas las vacaciones" puedes ver en el E.T. que tiene que avisar con dos meses de antelación como mínimo.
- Cuando dices "me ha dicho que justo cuando yo los necesito es imposible porque su hijo tampoco va a estar entonces que no podemos faltar los dos de la oficina (aunque hay cuatro personas más)", pues si él lo dice será que sí. Y vayas donde vayas, si el empresario puede demostrar que lo máximo que se puede permitir es la falta de una persona, pues sólo podrá faltar una persona, casos extremos como enfermedad y demás permisos como boda, etcétera excluidos para la persona enferma, de boda, etcétera.
- Cuando dices "¿nos tenemos que conformar con días sueltos o con períodos fijados según convenga a la empresa ?" te tienes que acoger al convenio colectivo de tu empresa y/o al de la rama o sector en la que se halle la actividad de la misma.


Desde el artículo 34 hasta el 38, ambos inclusive, del E.T. podrás ver todo lo referente al tiempo de trabajo.

Hasta aquí todo lo que yo te puedo decir. A partir de aquí lo que siempre recuerdo, hablar, hacer entender, que cuando empiezan las demandas y las peleas el ambiente de trabajo pasa a ser hostil y no es agradable. O eso, o te vas con lo tuyo, pero no siempre vienen bien esos cambios de aire, máxime cuando hablando se entiende la gente.

Saludos.
19/10/2006 17:34
Gracias por toda la información. Créeme que he intentado hablar con esta persona pero resulta casi misión imposible, no sabe razonar, sólo imporner y cuando no sabe por donde salir, insultar y chillar.
Un saludo y espero que todo salga bien
20/10/2006 00:27
No dejéis de consultar el convenio colectivo para comprobar si mejora lo dispuesto en el ET. Un pleito de vacaciones casi nunca satisface a las partes; su resolución suele ser posterior a la fecha que queríamos disfrutar, salvo que se establezcan o fijen las vacaciones desde principios de año.