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Vacaciones laborables a media jornada

15 Comentarios
 
Vacaciones laborables a media jornada
30/06/2013 10:40
Buenas noches,

mi pregunta es la siguiente. Llevo trabajando en una empresa desde el 28 de enero de 2013 por obra y servicio hasta la fecha, con vistas a seguir durante este año. El convenio colectivo al que pertenezco es Convenio para el comercio del metal. Trabajo de Lunes a jueves, 20 horas a la semana de 9:00 a 14:00. Al entrar me dejaron flexibilidad para repartir el horario de la manera que yo dispusiese y elejí esa forma.

En la firma del contrato tengo 22 días laborables anuales de vacaciones. Esta semana se me comunicó que que por las horas que hago o tipo de contrato me correspondían 17 días laborables y no 22. Sé que tengo firmados 22 días por contrato y supongo que no habría ningún problema por ahí para conseguirlo ya que es algo que está firmado y son las condiciones que acepté al entrar y las que me ofrecieron.

Por eso me gustaría preguntarles si esa cifra de 17 días en vez de 22 es legal, y a qué se debe que ahora, despues de 5 meses sea inferior. No sé si esos 22 días laborables son obligatorios para la empresa independientemente del contrato que yo tenga y la jornada que haga. Es decir si por trabajar 20 horas a la semana de lunes a jueves me corresponden menos vacaciones que una persona con jornada completa.

Un placer el servicio que realizan. Gracias.
30/06/2013 12:33
No no te corresponden menos vacaciones por trabajar menos jornada, igual te dicen que te corresponden menos por haberte incorporado el 28 de enero, pero de todas maneras los dias que te quitan no cuadran con los que te corresponderian de menos.
30/06/2013 12:51
Las horas trabajadas no afectan a los días de disfrute de vacaciones.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
01/07/2013 12:56
Coincido con las respuestas de los compañeros: el nº de días de vacaciones no se reduce por tener una jornada inferior.

Ahora bien, habrá que ver qué se establece cómo días laborales en su convenio, siendo muy posible que establezcan como días laborales de lunes a viernes. Si esto es así, si podría "verse reducido" ya que usted trabaja de lunes a jueves.

Intentaré explicarlo con otro ejemplo. Imagínese que el convenio recoge 22 días laborales de vacaciones, pero usted sólo trabaja los lunes. Eso no significa que usted tenga derecho a ausentarse 22 lunes por ser vacaciones. Sino usted tendrá 22 días laborales de vacaciones, contados de lunes a viernes.

No se si lo habré explicado muy bien, pero en cualquier caso, habrá que ver exactamente los términos del contrato así como la redacción del convenio colectivo pues parece que esa reducción viene motivada por realizar una jornada inferior, sino por la forma en la que se ha distribuido esa jornada.

Salvo mejor opción.
01/07/2013 14:28
Pues yo discrepo con todos los comentarios que se han hecho hasta ahora.

Aunque en su contrato indique mas vacaciones que las que le están indicando, tienen razon.

Tu jornada al ser inferior, tienes que tener las correspondientes a las horas trabajadas
01/07/2013 18:09
ya te digo yo que estas equivocada, trabajo en una empresa de 100 trabajadores y hay muchos trabajadores a jornada parcial y todos tienen los 32 dias de vacaciones que marca el convenio igual que un trabajador a jornada completa.
01/07/2013 20:07
dsg29.

A ver si lo he entendido bien.

El problema aquí es que rjma71 trabaja las 20 horas semanales (media jornada) de lunes a jueves.

Voy a poner como ejemplo que coge el 1 de julio el total de los 22 días laborales de vacaciones seguidos.
Aunque NO trabaje los viernes, tendrá que reincorporarse a su puesto de trabajo el día 31 de julio (habrá utilizado los 22 días de vacaciones laborales de un año) y NO el 7 de agosto.

¿Es así?

rjm71.
Te siguen correspondiendo 22 días laborales anuales. El problema es que te cuentan como días de vacaciones disfrutadas todos los viernes que haya dentro del periodo de vacaciones elegido.
Por cierto, yo pienso que deberían corresponderte 18 días en vez de 17 días (17,6).

TrabadoraETT.
Pues, estás equivocada.
De hecho, lo puedes comprobar leyendo el post de rjm71.
Trabaja 20 horas semanales (media jornada). Si fuera correcto lo que tú dices le corresponderían sólo 11 días laborales de vacaciones y, como podrás comprobrar, la empresa le dice que le corresponden 17 días.

Un saludo.



01/07/2013 21:27
Ni el Estatuto de los trabajadores ni los convenios colectivos establecen diferencia en cuanto al disfrute de las vacaciones por trabajadores a tiempo completo o parcial.

Por ello la única diferencia en cuanto a días vendrá determinada por la.fecha de la incorporación.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
01/07/2013 21:52
rjma71.

He dicho "Por cierto, yo pienso que deberían corresponderte 18 días en vez de 17 días (17,6). "

OLVÍDATE de esa frase.
He querido aclarar y he metido la pata.

Un saludo.

02/07/2013 01:13
Autor: Motta&L Fecha: 01/07/2013

Ni el Estatuto de los trabajadores ni los convenios colectivos establecen diferencia en cuanto al disfrute de las vacaciones por trabajadores a tiempo completo o parcial.
Por ello la única diferencia en cuanto a días vendrá determinada por la.fecha de la incorporación.

- Muy cierto, pero no lo es menos que entre los trabajadores a tiempo parcial, habrá que diferenciar entre los de actividad continuada, esto es que trabajan todos los días laborables de la semana exactamente igual que los trabajadores de a jornada completa, de entre los también trabajadores a tiempo parcial pero que sólo prestan servicios los domingos y festivos, no??

Pongo un ejemplo en la misma línea del de dsg29:
22 días laborables de vacaciones (20 domingos y 2 festivos) más algún día de asuntos propios que pudiera tener por convenio = a casi medio año de vacaciones. Manda webs
02/07/2013 08:20
ameliorrhh ha reflejado exactamente con otro ejemplo mi opinión.

No es que el número de días de vacaciones se reduzca por el hecho de que el trabajador realice una jornada de 20 horas semanales. Ese trabajador tendrá derecho a sus 22 días laborales. Ahora bien, habrá que determinar cuales son los días laborales para un trabajador que no presta su jornada de forma continuada.

Salvo mejor opción.
02/07/2013 16:13
No entiendo del todo.

ameliorrhh.
¿Quieres decir que en el caso de una persona que sólo trabaje domingos, tendrá 22 domingos de vacaciones al año? Vamos que no trabajará 22 semanas del año.

dsg29.
Me ha descolocado tu último post.
¿me podrías confirmar si es correcto el ejemplo que he puesto en mi anterior post?

Muchas gracias.

Un saludo.
02/07/2013 17:56
Liberté, lo que expones en tu anterior post es lo que quiero decir. En el mismo sentido entiendo que se pronuncia ameliorrhh.

En mi opinión lo has explicado muy bien: "Te siguen correspondiendo 22 días laborales anuales. El problema es que te cuentan como días de vacaciones disfrutadas todos los viernes que haya dentro del periodo de vacaciones elegido". Aunque en cualquier caso habría que mirar bien el convenio colectivo para ver qué establece.

Entiendo que ameliorrhh venía a decir lo mismo (y sin o es así que me corrija): una persona que trabaje sólo los domingos no va a tener 22 domingos de vacaciones pues, trasladados a días naturales serían más de 150 días vacaciones.

Saludos.
02/07/2013 18:12
Muchas gracias, dsg29.

Creo que he entendido.

Volviendo a mi ejemplo, pero aplicado a alguien que sólo trabaje los domingos.
Si coge las vacaciones el día 1 de julio (los 22 días laborales), tendría que reincorporar a su puesto de trabajo el domingo 4 de agosto. ¿No?

Un saludo.
02/07/2013 18:19
Pues ahí está la cuestión. Entiendo que lo que procede es llegar a un acuerdo con la empresa, porque en el último ejemplo que estás poniendo yo no lo tengo tan claro ¿por qué empiezas a contar los 22 días desde el 1 que es lunes y el trabajador no trabaja? ¿no empezarían a contar sus vacaciones desde el primer día que se ausenta? es decir, el día 7. Si en este caso, la respuesta fuese afirmativa, el interesado se debería reincorporar el 11 de agosto.

Pero vamos, que esto es rizar mucho el rizo y es muy raro que en sectores donde se trabajen los fines de semana las vacaciones se pacten en días laborales.

Pero en cualquier caso mi conclusión es la siguiente (aunque ya la he repetido): el trabajador va a tener el mismo nº de días de vacaciones pues este nº no disminuye para los trabajadores a tiempo parcial. Ahora bien, la cuestión es trasladar esos "días laborales" a aquellos trabajares que no realizan una "jornada continuada".

Salvo mejor opción.
02/07/2013 18:32
dsg29.

Ahora sí. Entendido.

Muchas gracias.

Un saludo.