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vacaciones obligadas?

4 Comentarios
 
Vacaciones obligadas?
01/03/2007 00:55
Hola otra vez, no me entero muy bien de como funciona el foro y veo q los dos ultimos mensajes no estan :(

Gracias a un compañero vuestro me informó q según el E.T. mi empresa debe darme el cuadrante de vacaciones al menos con dos meses de antelacion.
Hoy me empiezo a tomarme las vacaciones q debi disfrutar en Diciembre y me dicen Hoy q como mi contrato es temporal tengo q cogerme las vacaciones q he generado de Enero a Abril antes de q este finalice... no me compensa pq sino renuevo me gustaria q me las pagasen con el finikito...
Mi duda es q como les veo muy empeñados en q kieren q me las coja ... y no tengo ningun papel firmado ni cuadrante de vacaciones ni nada q se parezca ... ¿podrian decir q las vacaciones q debi haber tomado en Diciembre ya me las tomé o q no existen o algo parecido ... y q las q me tomo ahora son las q genero de Enero a Abril???
Sé q es muy rebuscado pero me gustaria saber si pueden salirme con ello.
gracias
01/03/2007 04:05
El funcionamiento del foro es muy simple. Si quieres responder algo o añadir algun comentario a un 'hilo' ya abierto (como el que tu abriste antes con el titulo 'vacaciones obligadas') lo que tienes que hacer es entrar en ese hilo y pulsar el boton 'responder', y así tu mensaje se colocará a continuacion del último y todos podremos 'seguir el hilo', leyendo y contestando.

Si abres otro 'hilo' pulsando el botón de 'nuevo mensaje' para 'contestar' algo de otro hilo, montas el lío padre y posiblemente los administradores del foro borren ese mensaje, que posiblmente es lo que ocurrió con esos dos mensajes que dices que 'no están'.

Seguro que si te fijas un poco, lo conseguirás. ¡Ánimo!

01/03/2007 09:27
Las vacaciones te las vana a pagar, las disfrutes o no.

Piensalo:
Si no las disfrutas antes de la terminacion del contrato, aparecen en el finiquito.
Si las disfrutas antes, te las pagan.

Ahora bien, la cantidad de supuestos son innumerables.
01/03/2007 13:17
Mira Kai23, esto es muy sencillo. Como las empresas saben muy bien, lo que no existe por escrito es difícil de demostrar.

Eso quiere decir que si no tienen un papel firmado por ti en el cual comunicas o reconoces haber disfrutado de vacaciones del día tal al cual, si no lo tienen no has estado de vacaciones. Y las vacaciones que no has disfrutado del 2006 y 2007 te las tienen que pagar en el finiquito.

Si te quieren obligar a cogerlas (con una comunicación por escrito) tiene que ser con dos meses de antelación, lo cual quiere decir que ya no les da tiempo. Si te lo comunican te vas al juzgado de lo social y lo denuncias. Es un proceso preferente que ganarás. Si para cuando salga ya has disfrutado las vacaciones quedarán "anuladas" y te las tendrán que pagar igual.

Aparte, ¿estás seguro de que tu contrato temporal no está en fraude de ley? Es decir, que la causa de temporalidad que dice en tu contrato es real y válida como tal. Si no lo fuera podrías denunciarlo y entonces tendrían que pagarte 45 días por año de antigüedad como indemnización en vez de 8. O bien readmitirte como indefinido.
01/03/2007 15:02
Gracias Helenio por la respuesta y a todos los demas, al final ha salido como esperaba.
Lo de la causa de temporalidad creo q no pone nada en mi contrato pero el primer contrato q tuve con esta empresa fue de interinidad por baja maternal, la chica no ha vuelto a su puesto de trabajo y yo creia q cuando eso sucedía yo pasaba a tener las mismas condiciones q ella pero weno suena triste pero no kiero el indefinido , kiero terminar el mes q me keda e irme a otra cosa pq no me compensa trabajar en un sitio q simplemente te trata como mano de obra y punto
Pensaba q mi caso era algo puntual pero al leer los casos de los demas desalienta un monton el ver q las empresas se pasan el trato humano, los estatutos y los convenios por donde le da la gana y juegan al "si no conoces tus derecho aaah se siente" y aquí todo el mundo tiene q "mendigar" dias de vacaciones, indemnizaciones, dias de asuntos propios..etc como si estuviera pidiendo algo a lo q no tuviera derecho..
Sinceramente agradezco a los q habeis creado esta pagina y los q participais sin ánimo de lucro a ayudar a resolver estas pequeñas dudas..
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Vacaciones obligadas?
01/03/2007 00:55
Hola otra vez, no me entero muy bien de como funciona el foro y veo q los dos ultimos mensajes no estan :(

Gracias a un compañero vuestro me informó q según el E.T. mi empresa debe darme el cuadrante de vacaciones al menos con dos meses de antelacion.
Hoy me empiezo a tomarme las vacaciones q debi disfrutar en Diciembre y me dicen Hoy q como mi contrato es temporal tengo q cogerme las vacaciones q he generado de Enero a Abril antes de q este finalice... no me compensa pq sino renuevo me gustaria q me las pagasen con el finikito...
Mi duda es q como les veo muy empeñados en q kieren q me las coja ... y no tengo ningun papel firmado ni cuadrante de vacaciones ni nada q se parezca ... ¿podrian decir q las vacaciones q debi haber tomado en Diciembre ya me las tomé o q no existen o algo parecido ... y q las q me tomo ahora son las q genero de Enero a Abril???
Sé q es muy rebuscado pero me gustaria saber si pueden salirme con ello.
gracias
01/03/2007 04:05
El funcionamiento del foro es muy simple. Si quieres responder algo o añadir algun comentario a un 'hilo' ya abierto (como el que tu abriste antes con el titulo 'vacaciones obligadas') lo que tienes que hacer es entrar en ese hilo y pulsar el boton 'responder', y así tu mensaje se colocará a continuacion del último y todos podremos 'seguir el hilo', leyendo y contestando.

Si abres otro 'hilo' pulsando el botón de 'nuevo mensaje' para 'contestar' algo de otro hilo, montas el lío padre y posiblemente los administradores del foro borren ese mensaje, que posiblmente es lo que ocurrió con esos dos mensajes que dices que 'no están'.

Seguro que si te fijas un poco, lo conseguirás. ¡Ánimo!

01/03/2007 09:27
Las vacaciones te las vana a pagar, las disfrutes o no.

Piensalo:
Si no las disfrutas antes de la terminacion del contrato, aparecen en el finiquito.
Si las disfrutas antes, te las pagan.

Ahora bien, la cantidad de supuestos son innumerables.
01/03/2007 13:17
Mira Kai23, esto es muy sencillo. Como las empresas saben muy bien, lo que no existe por escrito es difícil de demostrar.

Eso quiere decir que si no tienen un papel firmado por ti en el cual comunicas o reconoces haber disfrutado de vacaciones del día tal al cual, si no lo tienen no has estado de vacaciones. Y las vacaciones que no has disfrutado del 2006 y 2007 te las tienen que pagar en el finiquito.

Si te quieren obligar a cogerlas (con una comunicación por escrito) tiene que ser con dos meses de antelación, lo cual quiere decir que ya no les da tiempo. Si te lo comunican te vas al juzgado de lo social y lo denuncias. Es un proceso preferente que ganarás. Si para cuando salga ya has disfrutado las vacaciones quedarán "anuladas" y te las tendrán que pagar igual.

Aparte, ¿estás seguro de que tu contrato temporal no está en fraude de ley? Es decir, que la causa de temporalidad que dice en tu contrato es real y válida como tal. Si no lo fuera podrías denunciarlo y entonces tendrían que pagarte 45 días por año de antigüedad como indemnización en vez de 8. O bien readmitirte como indefinido.
01/03/2007 15:02
Gracias Helenio por la respuesta y a todos los demas, al final ha salido como esperaba.
Lo de la causa de temporalidad creo q no pone nada en mi contrato pero el primer contrato q tuve con esta empresa fue de interinidad por baja maternal, la chica no ha vuelto a su puesto de trabajo y yo creia q cuando eso sucedía yo pasaba a tener las mismas condiciones q ella pero weno suena triste pero no kiero el indefinido , kiero terminar el mes q me keda e irme a otra cosa pq no me compensa trabajar en un sitio q simplemente te trata como mano de obra y punto
Pensaba q mi caso era algo puntual pero al leer los casos de los demas desalienta un monton el ver q las empresas se pasan el trato humano, los estatutos y los convenios por donde le da la gana y juegan al "si no conoces tus derecho aaah se siente" y aquí todo el mundo tiene q "mendigar" dias de vacaciones, indemnizaciones, dias de asuntos propios..etc como si estuviera pidiendo algo a lo q no tuviera derecho..
Sinceramente agradezco a los q habeis creado esta pagina y los q participais sin ánimo de lucro a ayudar a resolver estas pequeñas dudas..