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vacaciones verano

3 Comentarios
 
Vacaciones verano
10/05/2009 10:51
Buenas.
Este año me toca elegir vacaciones.
Cual est la fecha tope/límite para avisar al padre sobre mi decisión, sabiendo que hasta el 30 de junio está conmigo.(se va un mes, julio o agosto)
muchas gracias por vuestra ayuda.
10/05/2009 11:42
Si tiene clara la elección, cuanto antes mejor, es decir, si lo sabe, ya tarda.

Retardar la elección innecesariamente es simple y llanamente una provocación y una inconsciencia, pues al año que viene de lo que se dé ahora, se puede recibir más de lo mismo.
10/05/2009 11:56
gracias por su respuesta, eso ya lo sabía...
lo que realmente quiero saber es si hay un plazo estipulado...como por ej. un mes antes, 2 semanas antes...
..pues estoy a la espera de un evento que ocurrirá durante el verano y claro hasta que no tenga dicha fecha no puedo decidir sobre el periodo, pero claro sé que tampoco puedo estar esperando eternamente, por eso preguntaba si había un "margen legal"... entre otras cosas para atenerme a ello pues la otra parte me está ya presionando..
gracias.
10/05/2009 12:44
Hola, Ccltrhrd:

Legalmente, que yo sepa, no existe una fórmula para estos cálculos de tiempos prudenciales, a menos que venga recogido en el respectivo convenio de separación o divorcio. Lo aconsejable es hacerlo con suficiente antelación dado que cada progenitor deberá acomodarse a esos períodos. Recordar que, en muchos trabajos, no se pueden pedir vacaciones si no es con, al menos, un mes de anticipación. Para mí, esto no es una ciencia exacta, sería recomendable comunicarlo con dos meses de antelación, al menos, pero, como comenta Samaruc, cuanto antes mejor, si ya se sabe.

Salvo mejor opinión, que la habrá.

Un cordial saludo
vacaciones verano | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
Vacaciones verano
10/05/2009 10:51
Buenas.
Este año me toca elegir vacaciones.
Cual est la fecha tope/límite para avisar al padre sobre mi decisión, sabiendo que hasta el 30 de junio está conmigo.(se va un mes, julio o agosto)
muchas gracias por vuestra ayuda.
10/05/2009 11:42
Si tiene clara la elección, cuanto antes mejor, es decir, si lo sabe, ya tarda.

Retardar la elección innecesariamente es simple y llanamente una provocación y una inconsciencia, pues al año que viene de lo que se dé ahora, se puede recibir más de lo mismo.
10/05/2009 11:56
gracias por su respuesta, eso ya lo sabía...
lo que realmente quiero saber es si hay un plazo estipulado...como por ej. un mes antes, 2 semanas antes...
..pues estoy a la espera de un evento que ocurrirá durante el verano y claro hasta que no tenga dicha fecha no puedo decidir sobre el periodo, pero claro sé que tampoco puedo estar esperando eternamente, por eso preguntaba si había un "margen legal"... entre otras cosas para atenerme a ello pues la otra parte me está ya presionando..
gracias.
10/05/2009 12:44
Hola, Ccltrhrd:

Legalmente, que yo sepa, no existe una fórmula para estos cálculos de tiempos prudenciales, a menos que venga recogido en el respectivo convenio de separación o divorcio. Lo aconsejable es hacerlo con suficiente antelación dado que cada progenitor deberá acomodarse a esos períodos. Recordar que, en muchos trabajos, no se pueden pedir vacaciones si no es con, al menos, un mes de anticipación. Para mí, esto no es una ciencia exacta, sería recomendable comunicarlo con dos meses de antelación, al menos, pero, como comenta Samaruc, cuanto antes mejor, si ya se sabe.

Salvo mejor opinión, que la habrá.

Un cordial saludo