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vacaciones y personal externo

1 Comentarios
 
Vacaciones y personal externo
12/04/2012 17:30
Hola esta es mi pregunta.
EN el departamento en el que trabajo , contamos con personal externo. Tenemos que elegir las vacaciones de este año y me han dicho que me tengo que poner de acuerdo con un externo para elegirlas. ¿Me puedo negar ya que mi convenio de empresa, oficinas y despachos y el estatuto de los trabajadores no dice nada al respecto?

Graciasss
12/04/2012 23:44
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
vacaciones y personal externo | PorticoLegal
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Vacaciones y personal externo
12/04/2012 17:30
Hola esta es mi pregunta.
EN el departamento en el que trabajo , contamos con personal externo. Tenemos que elegir las vacaciones de este año y me han dicho que me tengo que poner de acuerdo con un externo para elegirlas. ¿Me puedo negar ya que mi convenio de empresa, oficinas y despachos y el estatuto de los trabajadores no dice nada al respecto?

Graciasss
12/04/2012 23:44
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.