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valor del bien

5 Comentarios
 
Valor del bien
08/03/2006 12:12
Cuando se acude a hacer inventario ante el secretario del juzgado para un tema de division de herencia ¿en esa comparecencia ha de establecerse el valor de los bienes de la herencia o eso es un trámite que se hace con posterioridad?

Gracias
perfil AZ
08/03/2006 14:51
Yo lo he hecho y no tuve que señalar el valor de los bienes. lo que sí te van a agradecer enormemente es que lleves hecho ya el inventario en un disquete o CD, y sobre eso, ya se pronunciarán los demás herederos.
09/03/2006 12:04
Gracias AZ.
No creo quesea necesario, porque el inventario va a ser el más corto de la historia...
Un saludo.
09/03/2006 12:24
Suelen ser muy breves, para alivio del AUXILLIAR/tramitador que debe mecanografiar muchísimo menos, y para el Il.Sr. Secretario, que pierde menos tiempo con ese mero trámite (tan inútil como lo eran las "conciliaciones").
A juicio.
10/03/2006 12:03
Para AZ y anonimo:

¿Podeis contar un poco como fue el acto, paso a paso?.

Gracias
10/03/2006 14:05
Por lo general, tras reseñar a los comparecientes, abierto el acto, concedida la palabra a cualquiera de ellos, y como primera cuestión que se pregunta, se constata (gracias al Altísimo) que como era previsible (sucede en un enorme porcentaje de casos) NO hay acuerdo en algún punto de la relación de los bienes integrantes del caudal.
Con lo que no cabe otra posibilidad, ex art 794, que cerrar el act@ y citar a vista.
Otra maravillosa jaimitada de la nlec, hecha por profesores universitarios que se jactan de no haber pisado un juzgado en su vida.
Otro trámite innecesario, ilógico y dilatorio.
Capri, c´est fini.
Saludos.