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Valoración grado personal concurso traslados AGE

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Valoración grado personal concurso traslados age
13/12/2004 11:38
Soy funcionario, Grupo C, y participé en un concurso de traslados de la AGE, solicitando una plaza del mismo Grupo. No me la adjudicarón por 0,25 puntos. Al funcionario al que se la adjudicarón le están valorando con 0,50 el grado personal consolidado (el 12) a pesar de que no hacía 2 años que había accedido por promoción interna al Grupo C. He leido en el R.D. 364/95, que los funcionarios que por promoción interna accedan a otro Grupo, como este caso, podrán solicitar que se les conserve el grado personal consolidado en el anterior Grupo, a petición propia y siempre que se encuentre en el intervalo de niveles del nuevo Grupo (dudo que lo haya hecho) según este R.D. el internavo va del 11 al 22; también y según el Acuerdo Administración-Sindicatos del año 1998 el nivel mínimo del Grupo C es el 14 y dice textualmente: "para la valoración de méritos en las convocatorias de puestos de trabajo se tendrá en cuenta los niveles establecidos con carácter mínimo en el presente Acuerdo a efectos de valoración de grado y de puesto desempeñado". Me gustaría saber como veis el tema para el contencioso y si hay alguna sentencia al respecto.
Un saludo. Gracias.
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13/12/2004 11:38
Soy funcionario, Grupo C, y participé en un concurso de traslados de la AGE, solicitando una plaza del mismo Grupo. No me la adjudicarón por 0,25 puntos. Al funcionario al que se la adjudicarón le están valorando con 0,50 el grado personal consolidado (el 12) a pesar de que no hacía 2 años que había accedido por promoción interna al Grupo C. He leido en el R.D. 364/95, que los funcionarios que por promoción interna accedan a otro Grupo, como este caso, podrán solicitar que se les conserve el grado personal consolidado en el anterior Grupo, a petición propia y siempre que se encuentre en el intervalo de niveles del nuevo Grupo (dudo que lo haya hecho) según este R.D. el internavo va del 11 al 22; también y según el Acuerdo Administración-Sindicatos del año 1998 el nivel mínimo del Grupo C es el 14 y dice textualmente: "para la valoración de méritos en las convocatorias de puestos de trabajo se tendrá en cuenta los niveles establecidos con carácter mínimo en el presente Acuerdo a efectos de valoración de grado y de puesto desempeñado". Me gustaría saber como veis el tema para el contencioso y si hay alguna sentencia al respecto.
Un saludo. Gracias.