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varias penas acumuladas

4 Comentarios
 
Varias penas acumuladas
14/05/2007 12:45
Les queria hacer una pregunta a los profesionales o gente que este en esta misma situacion, tengo a un familiar en prision con varias penas la maxima es de 6 años ya con sentencia firme pero le queda un juicio pendiente por faltas lleva en prision 19 meses y no sabemos cuando se puede solicitar algun tipo de permiso, si se puede solicitar ya o hay que esperar a que se cumpla sentencia de la ultima condena.Gracias de antemano.Un cordial saludo
14/05/2007 22:49
Bien:

1º.- La condena por faltas no se castiga con prisión;
2º.- En cuanto a los permisos, habrá que agotar 1/4 de la condena, es decir, si la condena es de 6 años, p.e., condición -una de ellas- es haber estado preso (preventivo el tiempo condenado) durante:

6 años= 72 meses/4=18 meses,

Es decir, si la condena es de 6 años -usted dice que es una de ellas- ha sobrepasado por un mes el requisito, y puede pedir el permiso, de hecho se pide antes.

Otro requisito es haber observado buena conducta, aqunue con matices, pues los partes que tenga cancelados cuentan relativamente;
14/05/2007 22:50
Otra cosa: como son variaspenas acumuladas, que pida al juez la refundición de condenas.
15/05/2007 00:17
Un par de detalles;

Las cuentas para la cuarta parte de la condena es para la suma de las condenas, no para la mayor. Las prisiones manejan hojas de situación procesal de los reclusos, a las que estos suelen tener acceso a través del criminólogo, en las que se reflejan todas las condenas pendientes, el total de días, e incluso establecen las fechas en que se puede acceder a cada uno de los beneficios penitenciarios.

Por otro lado, lo primero que ha de saber es si está clasificado o no; si no lo está, está en condición de preventivo, por que tiene pendiente algún juicio; las simples faltas no afectan a esto.

Además, una vez clasificado, se realiza por el equipo de la prisión el PIT (programa individualizado de tratamiento si no me equivoco), en el que puede que le propongan fechas específicas para acceder a los distintos beneficios.

Con todo, el consejo es que, una vez clasificado y aclaradas las fechas de cumplimientos, antes de llegar al cuarto de la condena se empiece a "trabajar" los permisos, por que de buen seguro que los primeros que pida le serán denegados; no desespere por ello, insista por un lado, y recurra por otro cualquier arbitarariedad que se pueda olfatear en las denegaciones.

Un saludo.
15/05/2007 09:22
queria daros las gracias por toda esta informacion.
Un saludo