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Vecino cobra por Administrador

65 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 65 comentarios
24/04/2007 17:22
Vista la intervención del Sr. Sánchez Dragó únicamente me cabe decir que no tengo nada que objetar. Es su opinión y es muy respetable. Eso sí, como él bien reconoce, toda generalización acarrea injusticias y a título personal no me he visto reflejado en la descripción que hace del españolito de a pie. Imagino, a juzgar por sus palabras, que él tampoco se siente identificado con esa descripción y supongo que al igual que yo, ha nacido en territorio español y disfruta de la misma nacionalidad.
24/04/2007 15:54
Muy simple, si no quiere nadie hacerse cargo se buscan un Administrador(a). Toda comodidad tiene su coste y en al ambiente de Libre Mercado que tanto nos gusta, se debe de ajustar a las normas que éste dispone, por eso pagamos Combustibles, Taxis, etc..
Lo difícil es encontrar un vecino con tiempo y HONRADO. Solo hay actualmente Jubilados que cobran una miserable pensión y el dinerillo les tienta., como lo he vivido en mi comunidad, Creíamos que era muy honrado pero tanto va el Cántaro al Agua que termina como termina, cosas de la Naturaleza y son inevitables.
Encontrar una buena administración no es fácil, pero las hay. Hagan un contrato renovable cada año, así no entráis en posibles apaños; si no les gusta, lo cambian.
Si un profesional les falla, su Colegio les controla para que no abusen. Si un Vecino les falla, se tendrán que comer “la gorda” porque no se atreverán a demandarlo y creará conflictos o divisiones entre vecinos amigos favorecidos del Chorizo y afectados por los mas desfavorecidos.
Lo mejor en estos casos en un Administrador ya sea de Fincas o Empresarial licenciado.
23/04/2007 21:10
Hola foreros
Se `puede saber si alguien lo sabe que acciónes, gastos,o circunstancias son las que se pueden considerar como logicas o legales, para que un Administrador o Presidente de una Comunidad que no sea Colegiado o profesional del ramo, pueda ser retribuido por ejercer cualquiera de lkos dos cargos honradamente, por lo que si es cierto es que tiempo se lleva mucho y gastos de transporte y de escritorio, teléfono, etc,etc.
Ademas son cargos que generalmente sulen hacerlo pewrsonas que tienen tiempo libre, que suelen ser gente jubilada, o en paro, ya que los más jovenes como ocurre en mi edificio suelen trabajar los dos y cuando terminan a parte de no tenet tiempo tampoco tienen ganas a las 10 de la noche ponerse en contacto con los profesionales a los que hay que recurrir cuando hay averias.
Digo esto por que yo no cobro como Presidente, pero estoy apunto de terminar mi periodo y estan comenzando a plantearse el dilema de quien lo va a coger si nadie tiene tiempo.
23/04/2007 16:53
A ver A.Benavides, nadie ha dicho que no se admitiese a un copropietario (solo así y a secas). El tema es QUIÉN tiene derecho a recibir una remuneración por ejercer.
La respuesta es que si es un profesional “Licenciado” o “Colegiado”, SI que puede ejercer y remunerarse su ejercicio aunque sea copropietario, porque cumple el requisito fundamental, el ser un profesional.
Este hilo de Foro lo he sacado porque en mi Finca hay un Vecino, coopropietario al que se le ha remunerado por ejercer y no tiene preparación de ninguna índole respecto a Economía, luego el recibir una remuneración se estaría practicando “EL INTRUSISMO PROFESIONAL”, por lo que tendría que ser denunciado.
Inicialmente tenía la duda y gracias a preguntar y releer la LPH ya me queda claro.
23/04/2007 14:53
Véase el Real Decreto 693/1968 (vigente) regula entre otros el acceso directo a la profesión de Administrador de Fincas como tal (Licenciados en Derecho, Políticas, Económicas etc).

La LPH si admite copropietarios

Hay jurisprudencia difusa sobre el tema. Verificar antes de intentar llevar administraciones sin estar titulado convenientemente. Por si las flies!.
14/04/2007 01:52
Yo tampoco estoy de acuerdo con ese fragmento de renegar ser español, pero puede ser entendible sobretodo cuando uno mismo ha sido víctima de esa “basura” y encima te acusan; obviamente habrán defensores en contra (aprovechados, los listillos) aludidos por este DRAGO que saldrán al paso.
Yo cambiaría esa frase por NO PUEDO CALLAR POR… , pero lo cúrsil que sonaría no tendría el efecto del original.
He sacado esto aquí porque he leído en ocasiones de más de algunos que escriben consultando para utilizar “la picaresca” y no es ese el sentido de este Foro. Es una gran fuente de información que nos vamos aclarando y enterando de los pies que cojea la legislativa y no caer en errores por ignorancia y defendernos de “los supuestos pícaros” (=sinvergüenzas) que abundan no solo en España.
13/04/2007 20:01
Hombre pues sí, lo he visto y dice mucha verdad, en especial cuando hace referente a los pícaros. Este es un país lleno de pícaros y de sinvergüenzas y salen cada día en TV ( el marido o querido de la Pantoja por ejemplo) y también cuando habla de la envidia. Ya escribión Diaz Plaja "el español y los siete pecados capitales" de gran exito en su tiempo y decía cosa parecida a Sanchez Drago.

No estoy de acuerdo con lo de lamentarse de ser español.
13/04/2007 19:32
Devieran ir a la cárcel ese y el otro, es decir cada sinverguenza. Si como resultados de unas sentencias no se mete gente a la Carcel ¿poríamos decir que se esta haciendo Apología de la delincuencia?.
El señor que habló lo suyo en la TV, ha acertado todos sus dardos, Y QUE DARDOS, VERDAD PURA, copia este Link y velo:
http://www.youtube.com/watch?v=HJ1Wo_fpaSE
12/04/2007 17:19
¡¿Ir a la cárcel por administrar su finca?!

Si Farruquito, que no tenía carné, ni seguro, ni vergüenza, ha matado a un inocente trabajador, ha ido de puro churro a la cárcel y después de la repesca ¿cómo van a meter a un idefenso propietario por llevar su comunidad y cobrar unos durillos?.

No perdamos los nervios por favor.

12/04/2007 15:28
Helenio dice:
Hay que tener cuidado con las palabras, sobre todo cuando se aparenta no tener NI IDEA de lo que se habla. NADIE EN ESPAÑA HA IDO JAMÁS A LA CÁRCEL NI JAMÁS IRÁ por una tontería como cobrar un dinerillo por administrar su finca. Suponiendo que no se esté quedando dinero trucando las cuentas, en cuyo caso cometería delito de falsedad, por el que difícilmente iría a la cárcel si no tuviera antecedentes.

"Noticia fresca, se vende hielo" En España nadie va a la carcel ni incluso ......
12/04/2007 12:48
Los que sí que disfrutan son los malos Administradores y los malos Presidentes. Con el sudor y el sacrificio de los demás, claro.

Viciosos, no se si seremos, pero si exportáramos degenerados se equilibraría nustra balanza de pagos.
Y de paso nos libraríamos de unos cuantos Administradores de Fincas.
11/04/2007 22:28
Lo principal es en todo caso tener claro el terreno que pisamos. La finalidad del tema planteado se me ha aclarado y aunque luche contra la corriente, si la ley dice que no se puede hacer, Pos no se hace, es decir el sinverguenza ese no debe de cobrar.
Hay gente que gracias a dios al menos puede decir la realidad por TV, como este: http://www.youtube.com/watch?v=HJ1Wo_fpaSE
No se trata de estar de acuerdo, sino de una triste realidad Sres discolo y DickTurpin.
10/04/2007 23:59
eso, ahí, ahí,... que así "semos".....

...más palmitas... OLE, OLE, y OLE
10/04/2007 21:44
Pues para ser el culo de Europa es donde más se disfruta.

Se ve que somos unos degenerados y unos viciosos.

De todos modos, prefiero vivir en España (aunque sea el culo de Europa) que en cualquiera de los otros países miembros.

Quizá en los demás no vivas en el culo, pero seguro que huelen a mierda tanto o más que en el nuestro.
10/04/2007 18:04
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
09/04/2007 20:53
Esso. OLE, OLE y OLE. Esta es mi España querida.
RETORCIDO: “discolo” ¿dices que la ley no los define?, en ambos temas la ley catalana lo deja muy claro, otra cosa es retorcer los textos para ganar una partida.
TORERO: “Helenio” lo que mas aparentas tú es jugar a la TORERA, típico nuestro ¿NO?. Por no tener idea en principio fue que inicié la pregunta, pero hoy encontramos tantos Foros como Webs de informaciones y he rebuscado y si mas de uno ha ido a la cárcel por “DINERILLOS” como tu dices no es porque yo tenga o no tenga idea. Prueba en malversar o usurpar dinero Público y me lo cuentas si NO TENGO IDEA. Muy buena idea y gran consejo das para que lo sigan otros sinvergüenzas. Comprar con favores a los pocos vecinos que bajan a Reunión y así no se piden CUENTAS y OLE, OLE y OLE. Hoy un profesional no puede “jugarla” como hace algunos años, su Colegio le controla y puede retirarle su Licenciatura. ¿QUIÉN CONTROLA AL SINVERGÜENZA DE MI VECINO SI DEPENDE SOLO DE LOS VOTOS COMPRADOS O COMPROMETIDOS?. Ser un sinvergüenza ¿es según votación democrática o según actitud delictiva?. Vamos hombre, que entiendo que sea aquí en España donde mas se torea, pero si no te das cuenta, muy poco se ha ganado desde que se ha entrado a la Comunidad Europea.
CULTURA: ¿Qué es nuestra cultura?, esto los europeos lo tienen clarísimo, por eso acá hacen lo que en su país nunca hacen, solo hay que encontrar el truco y fuera Toro.
Por eso repito mi OLE, OLE y OLE mi España querida.
Qué concluir entre Chorizos y Toreros:
1.- ¿Demandamos al Chorizo?, con lo que cuesta, nos sale un Torero y entonces es mejor nos dejamos estafar para así no perder tanto tiempo y Dinero.
2.- Que un profesional es un Chorizo porque te cobra un arancel anual,…. suena a ENVIDIA, ¿por qué? ¿es que como yo no estudié una profesión debo reprocharlo porque no SUDA la gota cuando trabaja?. Ya, si, no hace nada,… ¿sabemos lo que hay que hacer?. Ah, si, sabemos de todo ¿NO?.... OLE, OLE y OLE
3.- Así nos quejamos que los europeos nos tienen como el culo de Europa, ¿dejaremos alguna vez de serlo?.
FINAL: A los aprovechados de siempre no les conviene que lo veamos claro. Entre mas revuelta la mierda, mucho mejor. ¿NO LO HAS NOTADO?,…… si no te lo crees, vuelve a leer desde el primer escrito.
27/03/2007 10:47
“2. Un vecino normal, NO PUEDE COBRAR y menos en su propia comunidad. Si lo hiciese, le puede caer una grande a la comunidad de sobre 30.000 Ers mas cárcel para el que ha cobrado.
ASI DE CLARO. “

Hay que tener cuidado con las palabras, sobre todo cuando se aparenta no tener NI IDEA de lo que se habla. NADIE EN ESPAÑA HA IDO JAMÁS A LA CÁRCEL NI JAMÁS IRÁ por una tontería como cobrar un dinerillo por administrar su finca. Suponiendo que no se esté quedando dinero trucando las cuentas, en cuyo caso cometería delito de falsedad, por el que difícilmente iría a la cárcel si no tuviera antecedentes.

Vamos a ponernos en el caso real. ¿Cuánto puede cobrar un vecino por administrar? No más de lo que cobra un administrador. Eso depende del número de vecinos de la comunidad, pero desde luego no va a vivir de eso.

¿Que en cataluña no puede cobrar un vecino pero sí un "profesional"? Pos fale. Lo único que tiene que hacer el vecino, si quiere, es hacerse profesional y entonces sí puede pagar su comunidad por un lado y cobrarle la administración por otro. O sea, se da de alta en el IAE, que es gratis, y emite una única factura anual a la comunidad. No hace falta que se de de alta como autónomo si esa factura es de menos del SMI anual.

Otra forma, mucho más sencilla, es simplemente no poner nada por escrito. Se hace una reunión en la que un vecino se ofrece a llevar la administración (bien llevada, se entiende) a cambio de x € al mes (normalmente es tan sencillo como no pagar comunidad). No se hace acta de que es el admintrador (pero sí presidente, que alguien tiene que serlo), no se le nombra administrador, no se hace nada por escrito. Los vecinos pagan su comunidad en metálico y los pagos se hacen también en metálico y todos contentos. Si llega una inspección se va a encontrar con nada de dónde agarrarse. Y sobre todo que ningún inspector tiene tiempo ni ganas (eso sobre todo) de meterse en un lío de tres pares por una tontería así.

¿Que no es muy legítimo? Pues ME LO PASO POR AHÍ... comparado con lo que "hacen" la mayoría de los mal llamados "administradores profesionales", salvo excepciones, que dicen que las hay.
27/03/2007 06:52
cachepofree ha puesto:
“1. Solo personas LICENCIADAS en profeciones relacionadas con Económicas o Administración pero LICENCIADAS (esto solo lo otorgan las universidades), Colegiadas o NO, pueden cobrar por administrar una comunidad. “

La legislación vigente no se define sobre la titulación de los que lleven a cabo la administración de comunidades por cuenta ajena, y puede resultar bastante problemático el definirla cuando la propia LPH, al establecer que puede ser llevada a cabo por cualquier COPROPIETARIO, QUE NO VECINO (¿por qué esa manía de confundir sobre todo por los Admis?), no establece más que una condición implícita: NO ESTAR INCAPACITADO.

“2. Un vecino normal, NO PUEDE COBRAR y menos en su propia comunidad. Si lo hiciese, le puede caer una grande a la comunidad de sobre 30.000 Ers mas cárcel para el que ha cobrado.
ASI DE CLARO. “

La legislación vigente tampoco se define sobre la remuneración de la actividad por parte de un COPROPIETARIO, QUE LOS VECINOS NO PINTAN NADA AQUÍ, pero no lo prohibe expresamente. Otra cosa son las obligaciones legales que tanto la Comunidad como el administrador, uno como ente pagador y el otro como ente cobrador, tengan que cumplir como tal (retenciones a profesionales, declaraciones de IVA, etc).
25/01/2007 17:03
Mas simple se diría:
Solo personas LICENCIADAS en profeciones relacionadas con Económicas o Administración pero LICENCIADAS (esto solo lo otorgan las universidades), Colegiadas o NO, pueden cobrar por administrar una comunidad.
Un vecino normal, NO PUEDE COBRAR y menos en su propia comunidad. Si lo hiciese, le puede caer una grande a la comunidad de sobre 30.000 Ers mas cárcel para el que ha cobrado.
ASI DE CLARO.
Ahora, para denunciar ¿hay que cooperar con el sistema legislativo y pagar para que se cumpla la ley? (TEMA NUEVO)
25/01/2007 11:00
Yo creo que no es correcto tampoco en territorio común.

La legislación catalana en esta materia es fiel trasunto en este apartado concreto del derecho civil común que se aplica subsidiariamente a la LPH.

En realidad la única diferencia que veo es que la legislación catalana lo declara expresamente y a la LPH se aplica con carácter subsidiario el CC que indica exactamente lo mismo que el catalán en esta materia.
Vecino cobra por Administrador | PorticoLegal
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Viendo 21 - 40 de 65 comentarios
24/04/2007 17:22
Vista la intervención del Sr. Sánchez Dragó únicamente me cabe decir que no tengo nada que objetar. Es su opinión y es muy respetable. Eso sí, como él bien reconoce, toda generalización acarrea injusticias y a título personal no me he visto reflejado en la descripción que hace del españolito de a pie. Imagino, a juzgar por sus palabras, que él tampoco se siente identificado con esa descripción y supongo que al igual que yo, ha nacido en territorio español y disfruta de la misma nacionalidad.
24/04/2007 15:54
Muy simple, si no quiere nadie hacerse cargo se buscan un Administrador(a). Toda comodidad tiene su coste y en al ambiente de Libre Mercado que tanto nos gusta, se debe de ajustar a las normas que éste dispone, por eso pagamos Combustibles, Taxis, etc..
Lo difícil es encontrar un vecino con tiempo y HONRADO. Solo hay actualmente Jubilados que cobran una miserable pensión y el dinerillo les tienta., como lo he vivido en mi comunidad, Creíamos que era muy honrado pero tanto va el Cántaro al Agua que termina como termina, cosas de la Naturaleza y son inevitables.
Encontrar una buena administración no es fácil, pero las hay. Hagan un contrato renovable cada año, así no entráis en posibles apaños; si no les gusta, lo cambian.
Si un profesional les falla, su Colegio les controla para que no abusen. Si un Vecino les falla, se tendrán que comer “la gorda” porque no se atreverán a demandarlo y creará conflictos o divisiones entre vecinos amigos favorecidos del Chorizo y afectados por los mas desfavorecidos.
Lo mejor en estos casos en un Administrador ya sea de Fincas o Empresarial licenciado.
23/04/2007 21:10
Hola foreros
Se `puede saber si alguien lo sabe que acciónes, gastos,o circunstancias son las que se pueden considerar como logicas o legales, para que un Administrador o Presidente de una Comunidad que no sea Colegiado o profesional del ramo, pueda ser retribuido por ejercer cualquiera de lkos dos cargos honradamente, por lo que si es cierto es que tiempo se lleva mucho y gastos de transporte y de escritorio, teléfono, etc,etc.
Ademas son cargos que generalmente sulen hacerlo pewrsonas que tienen tiempo libre, que suelen ser gente jubilada, o en paro, ya que los más jovenes como ocurre en mi edificio suelen trabajar los dos y cuando terminan a parte de no tenet tiempo tampoco tienen ganas a las 10 de la noche ponerse en contacto con los profesionales a los que hay que recurrir cuando hay averias.
Digo esto por que yo no cobro como Presidente, pero estoy apunto de terminar mi periodo y estan comenzando a plantearse el dilema de quien lo va a coger si nadie tiene tiempo.
23/04/2007 16:53
A ver A.Benavides, nadie ha dicho que no se admitiese a un copropietario (solo así y a secas). El tema es QUIÉN tiene derecho a recibir una remuneración por ejercer.
La respuesta es que si es un profesional “Licenciado” o “Colegiado”, SI que puede ejercer y remunerarse su ejercicio aunque sea copropietario, porque cumple el requisito fundamental, el ser un profesional.
Este hilo de Foro lo he sacado porque en mi Finca hay un Vecino, coopropietario al que se le ha remunerado por ejercer y no tiene preparación de ninguna índole respecto a Economía, luego el recibir una remuneración se estaría practicando “EL INTRUSISMO PROFESIONAL”, por lo que tendría que ser denunciado.
Inicialmente tenía la duda y gracias a preguntar y releer la LPH ya me queda claro.
23/04/2007 14:53
Véase el Real Decreto 693/1968 (vigente) regula entre otros el acceso directo a la profesión de Administrador de Fincas como tal (Licenciados en Derecho, Políticas, Económicas etc).

La LPH si admite copropietarios

Hay jurisprudencia difusa sobre el tema. Verificar antes de intentar llevar administraciones sin estar titulado convenientemente. Por si las flies!.
14/04/2007 01:52
Yo tampoco estoy de acuerdo con ese fragmento de renegar ser español, pero puede ser entendible sobretodo cuando uno mismo ha sido víctima de esa “basura” y encima te acusan; obviamente habrán defensores en contra (aprovechados, los listillos) aludidos por este DRAGO que saldrán al paso.
Yo cambiaría esa frase por NO PUEDO CALLAR POR… , pero lo cúrsil que sonaría no tendría el efecto del original.
He sacado esto aquí porque he leído en ocasiones de más de algunos que escriben consultando para utilizar “la picaresca” y no es ese el sentido de este Foro. Es una gran fuente de información que nos vamos aclarando y enterando de los pies que cojea la legislativa y no caer en errores por ignorancia y defendernos de “los supuestos pícaros” (=sinvergüenzas) que abundan no solo en España.
13/04/2007 20:01
Hombre pues sí, lo he visto y dice mucha verdad, en especial cuando hace referente a los pícaros. Este es un país lleno de pícaros y de sinvergüenzas y salen cada día en TV ( el marido o querido de la Pantoja por ejemplo) y también cuando habla de la envidia. Ya escribión Diaz Plaja "el español y los siete pecados capitales" de gran exito en su tiempo y decía cosa parecida a Sanchez Drago.

No estoy de acuerdo con lo de lamentarse de ser español.
13/04/2007 19:32
Devieran ir a la cárcel ese y el otro, es decir cada sinverguenza. Si como resultados de unas sentencias no se mete gente a la Carcel ¿poríamos decir que se esta haciendo Apología de la delincuencia?.
El señor que habló lo suyo en la TV, ha acertado todos sus dardos, Y QUE DARDOS, VERDAD PURA, copia este Link y velo:
http://www.youtube.com/watch?v=HJ1Wo_fpaSE
12/04/2007 17:19
¡¿Ir a la cárcel por administrar su finca?!

Si Farruquito, que no tenía carné, ni seguro, ni vergüenza, ha matado a un inocente trabajador, ha ido de puro churro a la cárcel y después de la repesca ¿cómo van a meter a un idefenso propietario por llevar su comunidad y cobrar unos durillos?.

No perdamos los nervios por favor.

12/04/2007 15:28
Helenio dice:
Hay que tener cuidado con las palabras, sobre todo cuando se aparenta no tener NI IDEA de lo que se habla. NADIE EN ESPAÑA HA IDO JAMÁS A LA CÁRCEL NI JAMÁS IRÁ por una tontería como cobrar un dinerillo por administrar su finca. Suponiendo que no se esté quedando dinero trucando las cuentas, en cuyo caso cometería delito de falsedad, por el que difícilmente iría a la cárcel si no tuviera antecedentes.

"Noticia fresca, se vende hielo" En España nadie va a la carcel ni incluso ......
12/04/2007 12:48
Los que sí que disfrutan son los malos Administradores y los malos Presidentes. Con el sudor y el sacrificio de los demás, claro.

Viciosos, no se si seremos, pero si exportáramos degenerados se equilibraría nustra balanza de pagos.
Y de paso nos libraríamos de unos cuantos Administradores de Fincas.
11/04/2007 22:28
Lo principal es en todo caso tener claro el terreno que pisamos. La finalidad del tema planteado se me ha aclarado y aunque luche contra la corriente, si la ley dice que no se puede hacer, Pos no se hace, es decir el sinverguenza ese no debe de cobrar.
Hay gente que gracias a dios al menos puede decir la realidad por TV, como este: http://www.youtube.com/watch?v=HJ1Wo_fpaSE
No se trata de estar de acuerdo, sino de una triste realidad Sres discolo y DickTurpin.
10/04/2007 23:59
eso, ahí, ahí,... que así "semos".....

...más palmitas... OLE, OLE, y OLE
10/04/2007 21:44
Pues para ser el culo de Europa es donde más se disfruta.

Se ve que somos unos degenerados y unos viciosos.

De todos modos, prefiero vivir en España (aunque sea el culo de Europa) que en cualquiera de los otros países miembros.

Quizá en los demás no vivas en el culo, pero seguro que huelen a mierda tanto o más que en el nuestro.
10/04/2007 18:04
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
09/04/2007 20:53
Esso. OLE, OLE y OLE. Esta es mi España querida.
RETORCIDO: “discolo” ¿dices que la ley no los define?, en ambos temas la ley catalana lo deja muy claro, otra cosa es retorcer los textos para ganar una partida.
TORERO: “Helenio” lo que mas aparentas tú es jugar a la TORERA, típico nuestro ¿NO?. Por no tener idea en principio fue que inicié la pregunta, pero hoy encontramos tantos Foros como Webs de informaciones y he rebuscado y si mas de uno ha ido a la cárcel por “DINERILLOS” como tu dices no es porque yo tenga o no tenga idea. Prueba en malversar o usurpar dinero Público y me lo cuentas si NO TENGO IDEA. Muy buena idea y gran consejo das para que lo sigan otros sinvergüenzas. Comprar con favores a los pocos vecinos que bajan a Reunión y así no se piden CUENTAS y OLE, OLE y OLE. Hoy un profesional no puede “jugarla” como hace algunos años, su Colegio le controla y puede retirarle su Licenciatura. ¿QUIÉN CONTROLA AL SINVERGÜENZA DE MI VECINO SI DEPENDE SOLO DE LOS VOTOS COMPRADOS O COMPROMETIDOS?. Ser un sinvergüenza ¿es según votación democrática o según actitud delictiva?. Vamos hombre, que entiendo que sea aquí en España donde mas se torea, pero si no te das cuenta, muy poco se ha ganado desde que se ha entrado a la Comunidad Europea.
CULTURA: ¿Qué es nuestra cultura?, esto los europeos lo tienen clarísimo, por eso acá hacen lo que en su país nunca hacen, solo hay que encontrar el truco y fuera Toro.
Por eso repito mi OLE, OLE y OLE mi España querida.
Qué concluir entre Chorizos y Toreros:
1.- ¿Demandamos al Chorizo?, con lo que cuesta, nos sale un Torero y entonces es mejor nos dejamos estafar para así no perder tanto tiempo y Dinero.
2.- Que un profesional es un Chorizo porque te cobra un arancel anual,…. suena a ENVIDIA, ¿por qué? ¿es que como yo no estudié una profesión debo reprocharlo porque no SUDA la gota cuando trabaja?. Ya, si, no hace nada,… ¿sabemos lo que hay que hacer?. Ah, si, sabemos de todo ¿NO?.... OLE, OLE y OLE
3.- Así nos quejamos que los europeos nos tienen como el culo de Europa, ¿dejaremos alguna vez de serlo?.
FINAL: A los aprovechados de siempre no les conviene que lo veamos claro. Entre mas revuelta la mierda, mucho mejor. ¿NO LO HAS NOTADO?,…… si no te lo crees, vuelve a leer desde el primer escrito.
27/03/2007 10:47
“2. Un vecino normal, NO PUEDE COBRAR y menos en su propia comunidad. Si lo hiciese, le puede caer una grande a la comunidad de sobre 30.000 Ers mas cárcel para el que ha cobrado.
ASI DE CLARO. “

Hay que tener cuidado con las palabras, sobre todo cuando se aparenta no tener NI IDEA de lo que se habla. NADIE EN ESPAÑA HA IDO JAMÁS A LA CÁRCEL NI JAMÁS IRÁ por una tontería como cobrar un dinerillo por administrar su finca. Suponiendo que no se esté quedando dinero trucando las cuentas, en cuyo caso cometería delito de falsedad, por el que difícilmente iría a la cárcel si no tuviera antecedentes.

Vamos a ponernos en el caso real. ¿Cuánto puede cobrar un vecino por administrar? No más de lo que cobra un administrador. Eso depende del número de vecinos de la comunidad, pero desde luego no va a vivir de eso.

¿Que en cataluña no puede cobrar un vecino pero sí un "profesional"? Pos fale. Lo único que tiene que hacer el vecino, si quiere, es hacerse profesional y entonces sí puede pagar su comunidad por un lado y cobrarle la administración por otro. O sea, se da de alta en el IAE, que es gratis, y emite una única factura anual a la comunidad. No hace falta que se de de alta como autónomo si esa factura es de menos del SMI anual.

Otra forma, mucho más sencilla, es simplemente no poner nada por escrito. Se hace una reunión en la que un vecino se ofrece a llevar la administración (bien llevada, se entiende) a cambio de x € al mes (normalmente es tan sencillo como no pagar comunidad). No se hace acta de que es el admintrador (pero sí presidente, que alguien tiene que serlo), no se le nombra administrador, no se hace nada por escrito. Los vecinos pagan su comunidad en metálico y los pagos se hacen también en metálico y todos contentos. Si llega una inspección se va a encontrar con nada de dónde agarrarse. Y sobre todo que ningún inspector tiene tiempo ni ganas (eso sobre todo) de meterse en un lío de tres pares por una tontería así.

¿Que no es muy legítimo? Pues ME LO PASO POR AHÍ... comparado con lo que "hacen" la mayoría de los mal llamados "administradores profesionales", salvo excepciones, que dicen que las hay.
27/03/2007 06:52
cachepofree ha puesto:
“1. Solo personas LICENCIADAS en profeciones relacionadas con Económicas o Administración pero LICENCIADAS (esto solo lo otorgan las universidades), Colegiadas o NO, pueden cobrar por administrar una comunidad. “

La legislación vigente no se define sobre la titulación de los que lleven a cabo la administración de comunidades por cuenta ajena, y puede resultar bastante problemático el definirla cuando la propia LPH, al establecer que puede ser llevada a cabo por cualquier COPROPIETARIO, QUE NO VECINO (¿por qué esa manía de confundir sobre todo por los Admis?), no establece más que una condición implícita: NO ESTAR INCAPACITADO.

“2. Un vecino normal, NO PUEDE COBRAR y menos en su propia comunidad. Si lo hiciese, le puede caer una grande a la comunidad de sobre 30.000 Ers mas cárcel para el que ha cobrado.
ASI DE CLARO. “

La legislación vigente tampoco se define sobre la remuneración de la actividad por parte de un COPROPIETARIO, QUE LOS VECINOS NO PINTAN NADA AQUÍ, pero no lo prohibe expresamente. Otra cosa son las obligaciones legales que tanto la Comunidad como el administrador, uno como ente pagador y el otro como ente cobrador, tengan que cumplir como tal (retenciones a profesionales, declaraciones de IVA, etc).
25/01/2007 17:03
Mas simple se diría:
Solo personas LICENCIADAS en profeciones relacionadas con Económicas o Administración pero LICENCIADAS (esto solo lo otorgan las universidades), Colegiadas o NO, pueden cobrar por administrar una comunidad.
Un vecino normal, NO PUEDE COBRAR y menos en su propia comunidad. Si lo hiciese, le puede caer una grande a la comunidad de sobre 30.000 Ers mas cárcel para el que ha cobrado.
ASI DE CLARO.
Ahora, para denunciar ¿hay que cooperar con el sistema legislativo y pagar para que se cumpla la ley? (TEMA NUEVO)
25/01/2007 11:00
Yo creo que no es correcto tampoco en territorio común.

La legislación catalana en esta materia es fiel trasunto en este apartado concreto del derecho civil común que se aplica subsidiariamente a la LPH.

En realidad la única diferencia que veo es que la legislación catalana lo declara expresamente y a la LPH se aplica con carácter subsidiario el CC que indica exactamente lo mismo que el catalán en esta materia.