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Vecino insoportable

9 Comentarios
 
18/02/2013 17:57
hola,mi problema es que soy un hombre que me levanto a las cuatro de la madrugada para irme a trabajar,debajo mia tengo un matrimonio bastante mayores que sobre todo ella suele tener el televisor a muy alto volumen hasta las tres de la madrugada,incluso mas.esta dichosa señora tiene un problema de sordera,pero parece ser que le molesta ponerse el audiofono y lo mas grave parece que se queda durmiendo con el volumen dicho del televisor a tope.he tratado por todos los medios de por favor,se amable,comprenda que no puede ser etc etc.pero no hace caso,incluso en algunas ocasiones suelo golpear el suelo para que modere el volumen y se permite incluso de decirme que estoy loco,me llama imbecil etc.no puedo mas,hay alguna persona que me pueda aconsejar los pasos correctos por si decido denunciar o cual seria la mejor solucion.reitero no hace ni puñetero caso por las buenas,incluso le dice a su marido que es mucho mas correcto que ella,que no intente defenderme,que en su casa hace lo que le da la gana.en fin en general con muy mal estilo y haciendo caso omiso a todo.un cordial saludo.
17/03/2004 09:22
Veo que hay mucha gente con muy poca educacion. Espero antxe que te vaya bien.
Donde puedo consultar las leyes donde ponga sobre ruidos y horarios?

Gracias y un saludo.
16/03/2004 11:32
Tomatelo con paciencia, yo ya llevo asi siete meses y no hay manera de que me hagan caso, he hablado con el alcalde de mi pueblo que es amigo mio, la comunidad ha iniciado acciones legales contra ella, (despues de varios avisos amistosos, como bien dice Kar) y todo sigue igual, yo tengo musica puesta a todo trapo desde las 8:00 am hasta las 12:00 de la noche, y a veces hasta la 3:00 am. He llamado a la policia local y como estos buenos señores no tienen medidor de decibelios no pueden hacer nada, y lo unico es darle un aviso a esta buena señora que para unos 15 minutos la musica y cuando la policia local se va vuelve a poner.
Yo estoy desesperada, todos los vecinos que estan alrededor de ella han vendido su casa y de los antiguos propietarios la unica que queda soy yo, y a mi me queda poco para coger e irme por que ya no lo soporto mas, aunque tome la decision de no dejar que me echara de mi casa.
Suerte con lo tuyo y ya nos contaras.
16/03/2004 09:09
Muchas gracias por todo y ya es hora de ponerme manos a la obra. A veces pienso que soy yo, pero cuando pone la musica....es insoportable. Ahora otra vecina se ha acostumbrado a poner la lavadora a medianoche. El otro dia termino el centrifugado a la 1 de la noche....sencillamente insoportable.
perfil Kar
04/03/2004 19:57
...Y ya acabo
ESTE CASO TE PUEDE RESULTAR FAMILIAR
Los ruidos del vecino del quinto
Aumentan las denuncias entre particulares por los sonidos molestos
Vecinos.
La relación a veces se limita a un forzado saludo en el ascensor, seguido de un comentario sobre el tiempo y una mirada clavada en el suelo o en la pantalla que indica las plantas que quedan para dejar de compartir el reducido espacio. A veces, porque en otras “el de al lado” se convierte en el culpable de los ruidos que no dejan dormir o levantan dolor de cabeza. Y es que cada vez son más las denuncias entre particulares por culpa del taconeo de la vecina del piso superior, el programa de centrifugado de la lavadora o el volumen de la cadena de música. El 092 se encarga de medir los decibelios y de tramitar unas denuncias que pueden acabar en multa.
El del quinto.
Ese que pone a toda pastilla el sonido de la cadena de música los domingos por la mañana, temprano y siempre con el mismo cantautor pringoso. Todos los domingos, a la misma hora, como un reloj y tan alto que parece que el dichoso cantante está a los pies de la cama. El del quinto. El que tiene una mujer que ha cogido la costumbre de andar por casa en tacones de aguja. La tarima hace de caja de resonancia y convierte los pasos en taladros que agujerean la paciencia.
El del quinto. El que deja al perro solo durante los fines de semana y el animal no puede evitar expresar su tristeza con ladridos monorrítmicos y con el mismo compás. El del quinto. Ese que se ha empeñado en exprimir al máximo la tarifa nocturna y pone la lavadora a partir de la media noche. Y cuando llena el programa de centrifugado parece que la cama se mueve a la misma velocidad que el bombo.
¿Quién no tiene un vecino del quinto, del sexto o de la altura que sea? Lo que puede parecer una situación anecdótica, que se suele quedar entre las paredes de las viviendas, se está convirtiendo en motivo de sanción.

Medir los decibelios
Como se señala desde la Policía Local, cada vez son más frecuentes las denuncias entre particulares por culpa de los ruidos, unas molestias que hasta hace unos años eran propias de los lugares de marcha y entre los dueños de los pubs y los vecinos. En los últimos meses han proliferado las denuncias entre vecinos. Por lo general, los miembros del 092 suelen actuar de mediadores entres los implicados y las sanciones. En teoría el proceso es sencillo. El coruñés harto de soportar los ruidos se pone en contacto con la Policía Local y, si lo solicita, efectivos del cuerpo se desplazan hasta la vivienda para comprobar si el ruido está dentro de los volúmenes permitidos. Es decir, si no superan los 55 decibelios durante el día y los 45 en la noche. Si la prueba da positivo, el 092 levanta un acta, informa a las partes y envía un expediente al departamento de Aperturas del Ayuntamiento, que es el encargado de tramitar las sanciones.
Multa por molestia
Como se indica desde el 092, cada visita al lugar de los hechos en el que el audímetro dé positivo es una sanción. Las advertencias no cuentan, pero los decibelios sí. En función de la gravedad del ruido las multas van desde las 10.000 hasta las 250.000 pesetas, aunque las más frecuentes son las de 50.000. Esta es la teoría porque en la práctica desde que un vecino se pone en contacto con la Policía Local hasta que se consigue probar la existencia del ruido a veces pasan varias semanas.
En cuestiones de vecindario siempre existe la picaresca que obliga a los policías a visitar hasta cinco o seis veces una vivienda para pillar a la fuente de las molestias. Se han dado casos, incluso, en los que los agentes han tenido que ir vestidos de paisanos para pasar desapercibidos y engañar al vecino ruidoso que controlaba la llegada de la patrulla para bajar el sonido de su cadena musical. A los ruidos más frecuentes, como el del volumen de un televisor al máximo, se le unen situaciones curiosas. En los últimos meses en el 092 han tenido varios casos en los que las clases de piano de los niños se han convertido en la pesadilla que rompe la hora de la siesta y que deja en el recuerdo los ensayos de flauta para aprobar los exámenes de música del colegio.
Con frecuencia la presencia de los policías tiene efecto disuasorio. Los vecinos que organizan una fiesta, que se prolonga y molesta al resto, suelen bajar el volumen de la música e, incluso, irse con la música a otra parte cuando los agentes tocan al timbre. Pero existen casos en los que esta visita se convierte en una excusa para declararse la guerra entre descansillos. Las denuncias llevan nombres y apellidos, y a veces el vecino del quinto no encaja que al resto no les gusta despertarse los domingos con un cantautor.

Espero haberte sido útil. Salu2 desde Gijón
perfil Kar
04/03/2004 19:55
- Vía Penal:
Por este procedimiento se opta en los casos extremos y se aplica cuando los ruidos ocasionan riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas (artículo 45 de la Constitución). En cumplimiento de este mandato, el Código Penal (artículo 325) castiga con penas que oscilan entre los 6 meses hasta los 4 años a quienes infringen este precepto.
Trámites a seguir:
· Se debe presentar denuncia o querella ante el Juzgado. Es conveniente contar con testigos. Se pueden reclamar daños y perjuicios.
· Para interponer querella (o siempre que se intervenga en el procedimiento como acusación particular) se necesita abogado y procurador.
Otras vías de reclamación
También es posible reclamar por exceso de ruido presentando un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, por violación del derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio (art. 18 de la Constitución Española). No obstante, antes de recurrir a esta vía es necesario agotar el procedimiento judicial. Por último, se puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo (Procurador del Común, Ararteko, Síndic de Greuges, ...).



CONSECUENCIAS DEL RUIDO:
Pero el daño del ruido no se limita al oído. La audición, además de una función de primer orden en la vida de relación social, de comunicación con nuestro entorno y con nuestros semejantes, es también un sistema de alerta relacionado con otros órganos. Por ello, una excesiva exposición al ruido puede desencadenar efectos adversos:
· Aceleración del pulso (taquicardia) y elevación de la presión sanguínea.
· Incremento de la frecuencia respiratoria.
· Aumento de la secreción ácida del estómago y de la secreción de hormonas suprarrenales (típico de las reacciones de alarma y de estrés agudo).
· Disminución del estado de vigilancia, dificultad para concentrarse, descenso del rendimiento e incomunicación con el entorno.
· Inquietud, irritabilidad, trastornos del sueño, fatiga. No se ha probado que la reacción de alarma que provoca el ruido, el estrés agudo, afecte a largo plazo a nuestro organismo, aunque numerosos investigadores defienden la teoría de que si se sufre durante un periodo prolongado, el estrés afecta al sistema inmunológico, haciéndolo más susceptible a procesos degenerativos crónicos.

perfil Kar
04/03/2004 19:54
Seguimos

COMO RECLAMAR EL CESE DEL RUIDO:
La primera opción para disminuir un alto nivel de ruido consiste en solicitar de modo amistoso su cese o moderación. Puede ocurrir que quien produce el ruido no sea consciente de las molestias que ocasiona y que tras ser advertido de ello rebaje el nivel de emisiones sonoras. Siempre es recomendable este primer paso, pues si da resultados nos ahorrará farragosos trámites que no siempre son gratuitos. Pero si mediante la vía amistosa no conseguimos nada, hay otros modos para lograr que las inmisiones sonoras desaparezcan o desciendan a niveles soportables.

- Vía Administrativa :
Consiste en denunciar en el Ayuntamiento el exceso de ruido, pues corresponde a los consistorios defender el derecho de los ciudadanos a una convivencia tranquila, aplicando las ordenanzas municipales.
Trámites a seguir:
· Denuncia del particular o de un grupo (si más de un vecino sufre las molestias de ruidos), mediante escrito dirigido al Ayuntamiento.
· Inspección de los técnicos municipales e informe de los mismos.
· Alegaciones del denunciante. En determinados casos se pueden pedir medidas urgentes, como el cese inmediato de la actividad o el precintado de las instalaciones.
· Decreto del alcalde, que establecerá las medidas correctoras y el plazo de ejecución.
· En caso de urgencia, la denuncia puede formularse ante la Policía Municipal, que deberá realizar de forma inmediata una visita de inspección.
· Si el Ayuntamiento no resuelve en el plazo de tres meses desde el inicio del expediente (silencio administrativo), el denunciante podrá formular recurso contencioso administrativo, al entenderse denegada la solicitud o denuncia.

- Vía contencioso-administrativa :
Caso de que la denuncia ante el Ayuntamiento obtenga por respuesta la inactividad administrativa o la permisividad municipal ante inmisiones sonoras superiores a las permitidas, el ciudadano puede seguir reclamando al Ayuntamiento, además del cese de los ruidos, una indemnización por daños y perjuicios en base a la responsabilidad patrimonial de la administración pública.

Vía civil :
Se interpone una demanda contra quien produce las emisiones sonoras molestas. Los trámites varían en función del lugar de donde provengan los ruidos: del propio edificio, de edificios colindantes o de actividades en la calle.
Ruidos originados en locales o viviendas del mismo edificio
La Ley de Propiedad Horizontal prohíbe tanto al propietario como al arrendatario desarrollar en el piso o local actividades prohibidas en los estatutos o que resulten dañosas para la finca.
Trámites a seguir:
· El presidente, a iniciativa propia o de otro propietario o inquilino, requerirá al vecino por escrito fehaciente (buro-fax, carta certificada, etc.) que cese las actividades molestas, informándole de que, en caso contrario, la comunidad iniciará acciones judiciales.
· Si el infractor persiste en su conducta, se convocará Junta de Propietarios para autorizar al presidente a iniciar una acción judicial de cesación.
· La demanda puede ir acompañada de la solicitud de medidas cautelares y una indemnización por daños y perjuicios.
· Si el infractor es inquilino, la comunidad puede solicitar en la demanda que sea expulsado de la vivienda o local. Además, la Ley de Arrendamientos Urbanos faculta al arrendador para rescindir el contrato por actividades molestas y nocivas.
· Si la comunidad de propietarios no actúa al respecto, cualquier propietario afectado también puede acudir a los tribunales por su cuenta.
Ruidos procedentes de edificios colindantes
Tramites a seguir:
· Amistosamente, poner en conocimiento de los responsables las molestias por el exceso de ruido, y solicitarles que lo reduzcan.
· Si no se soluciona: en caso de ruidos de bares, discotecas, fabricas o similares, presentar denuncia en el Ayuntamiento. Si hay urgencia, como en el caso obras, acudir a la Policía Municipal.
· Si la conducta persiste, presentar una demanda con opción a solicitar medidas cautelares en el juzgado civil. Puede alegarse ejercicio antisocial de los derechos en el demandado, responsabilidad extracontractual o intromisión ilegitima en la intimidad. Se necesita abogado y procurador. Cuando el perjudicado es una comunidad de propietarios, convocar con urgencia Junta Extraordinaria de propietarios para autorizar al presidente a iniciar acciones legales.
· Si el perjudicado entiende que la actuación del Ayuntamiento ha sido de pasividad o excesiva permisividad, también puede valorarse una reclamación de responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento.

perfil Kar
04/03/2004 19:51
Buenas tardes
Siento discrepar con Antxe, pero no tienes porque aguantar nada, ni tu ni nadie. Existe una ley sobre el ruido, al menos en mi comunidad autonoma , Asturias. Hay un limite de decibelios. Te paso a continuación informacion que encontré en internet al respecto. Te envio en varios mensajes. Suerte y salu2

Las legislaciones europeas establecen que 65 decibelios diurnos y 55 decibelios durante la noche son los límites aceptables para el ruido. Médicamente, la capacidad auditiva empieza a deteriorarse a partir de los 75 decibelios, y si se superan los 85 decibelios de forma habitual se puede originar lo que se denomina sordera sensorineural progresiva (falta de excitación en las neuronas). Sobrepasados los 125 decibelios aparece el dolor, llegando al umbral del mismo a los 140 decibelios.
En cuanto a los decibelios permitidos en una vivienda, varían de un municipio a otro y dependen del tipo de actividad de que se trate. Es más, algunos consistorios afinan mucho los máximos permitidos y los clasifican incluso por zonas de la casa. Así, el límite de decibelios es distinto para ruidos percibidos en una habitación o en el salón.
Por ello, antes de iniciar cualquier trámite para solicitar el cese de ruidos, conviene informarse sobre qué estipulan las ordenanzas municipales; es decir, qué se considera una actividad molesta y cuáles son los límites admisibles (de decibelios y de los horarios en que se emiten) en cada caso.

04/03/2004 16:29
Yo tengo el mismo problema que tu y estamos con un abogado, pero primero enterate si es propietario, si no lo es puedes "amenazar" al propietario a que eche al inquilino o habra acciones legales contra el, si es propietario propon en la proxima reunion acciones contra este vecino. Pero lo mas importante es tener paciencia.
Vecino insoportable
03/03/2004 15:29
Que puedo hacer con un vecino que desde que ha venido a vivir, es muy dificil vivir tranquilamente con la musica muy alta, ya que me retumba las paredes. Le he avisado dos veces y hace caso omiso. Que puedo hacer?