Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vecinos muy ruidosos.

3 Comentarios
 
Vecinos muy ruidosos.
05/04/2020 02:11
Hace dos meses que han llegado unos vecinos nuevos al edificio. Yo vivo en un ático junto con mi hermana y nuestra madre, ellos en el piso que está justo debajo. El problema es que son unas personas muy ruidosas, incluso cuando mantienen conversaciones entre ellos. Las normas de la comunidad establecen que de Lunes a Viernes entre las 21:00 y las 9:00 no se puede hacer ruido. Esta franja es de 22:00 a 10:00 los sábados y domingos. Pues bien, para ellos es como si nada. he tenido que bajar en varias ocasiones a tocar su puerta y pedirles que dejasen de hacer ruido. Ellos la verdad que nunca se han crispado por esto, es mas, reconocen que hacen ruido y prometen bajar la voz pero al cabo de unos minutos vuelve el escándalo. Yo les he explicado muchas veces cuando me los encuentro en las zonas comunes, que deben respetar dichas normas, que yo madrugo para ir a trabajar y que es imposible conciliar el sueño con ese escándalo. La respuesta por su parte siempre es la misma; que lo sienten mucho, que no volverá a ocurrir, que ellos están acostumbrados a ese jolgorio pero que no volverá a pasar, pero la cosa siempre es igual. Cansados de esta situación, algunos vecinos acudimos a través de la presidencia, al administrador, quien convocó una reunión a la que no asistieron por cierto. También les hizo llegar una carta de advertencia en la que se les recuerda que deben cumplir con las normas de la comunidad, pero aun así la situación no cambia. ¿qué más puedo hacer? ¿cuál es el siguiente paso? Gracias de antemano por vuestras respuesta.
05/04/2020 10:39
Ptolocago
El siguiente paso es obtener pruebas suficientes para acudir a los tribunales.
05/04/2020 18:16
Ptolocago
Llame a policía local y que realicen una medición sonora, cuando reuna 6 o 7 actas de ruido, acuda a un abogado.
10/04/2020 13:30
Ptolocago
Buenas tardes,

verá, en esta situación el procedimiento a seguir es que previamente a la reunión el presidente como representante legal de la comunidad, con redacción del escrito por el administrador si es necesario, envíe un requerimiento a los propietarios para el cese inmediato de realización de actividades en este caso molestas, advirtiendo de que en caso contrario se procederá a la solicitud de inicio de acciones legales contra los mismos.
Una vez obtenido justificante de la comunicación anterior, es cuando se puede realizar una asamblea para la aprobación del inicio de la vía judicial, la anterior es la extrajudicial previa obligatoriamente a realizar para la plena validez del proceso.

Un saludo