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vencimiento contrato arras

2 Comentarios
 
Vencimiento contrato arras
18/07/2006 19:05
el dia 28 vence un contrato de arras 6000€ de la venta de mi casa tanto la inmobiliaria como yo no sabemos nada del comprador y esta ilocalizable, que pasa si llega el dia 28 y no aparece, se incumple el contrato pero puede reclamarme algo. gracias.
20/07/2006 11:28
Entiendo que el día 28 se deberá formalizar la escritura.

Enviale burofax señalando día, hora y notario al que debe acudir, todo ello en base a vuestro contrato de compraventa.

Si el día 28 os da plantón que levante acta el notario, y requiera al comprador para que comparezca a la firma de escrituras en el plazo de treinta dias. Pasado ese plazo sin que de señales de vida los 6000 eros son tuyos, sin más trámite.
20/07/2006 13:46
arras confirmatorias o penitenciales?

coincido con Ignacio, envía burofax señalando día y hora.

SI SON CONFIRMATORIAS: ante la incomparecencia del comprador, deberás enviar requerimiento notarial resolviendo el contrato de compraventa y haciendo tuyas las arras.

SI SON PENITENCIALES: que el notario levante acta de que el comprador no ha acudido a la notaría y haces tuyas las arras sin más trámites.
vencimiento contrato arras | PorticoLegal
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vencimiento contrato arras

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Vencimiento contrato arras
18/07/2006 19:05
el dia 28 vence un contrato de arras 6000€ de la venta de mi casa tanto la inmobiliaria como yo no sabemos nada del comprador y esta ilocalizable, que pasa si llega el dia 28 y no aparece, se incumple el contrato pero puede reclamarme algo. gracias.
20/07/2006 11:28
Entiendo que el día 28 se deberá formalizar la escritura.

Enviale burofax señalando día, hora y notario al que debe acudir, todo ello en base a vuestro contrato de compraventa.

Si el día 28 os da plantón que levante acta el notario, y requiera al comprador para que comparezca a la firma de escrituras en el plazo de treinta dias. Pasado ese plazo sin que de señales de vida los 6000 eros son tuyos, sin más trámite.
20/07/2006 13:46
arras confirmatorias o penitenciales?

coincido con Ignacio, envía burofax señalando día y hora.

SI SON CONFIRMATORIAS: ante la incomparecencia del comprador, deberás enviar requerimiento notarial resolviendo el contrato de compraventa y haciendo tuyas las arras.

SI SON PENITENCIALES: que el notario levante acta de que el comprador no ha acudido a la notaría y haces tuyas las arras sin más trámites.