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venir mi novia de peru a España

15 Comentarios
 
Venir mi novia de peru a españa
20/04/2008 18:31
hola que tal?bueno mi caso soy español residente en españa.mi novia es de peru yo ya he stado dos veces en peru y ahora ella quiere venir a españa de vacaciones mas concretamente canarias.bueno quiera saber como puedo hacer para que ella venga porque le es dificil cumplir los requisitos del visado y queriamos informarnos de como es el sistema de la carta de invitacion y que requisitos necesita ella y yo.gracias espero su respuesta
22/04/2008 12:42

En primer lugar, como Vd dice, le hará falta tramitar un visado de turista ( visado de estancia) que es el documento que le permitira entrar en territorio Español.

Este visado lo ha de tramitar en la sede consular de España en la ciudad en la que resida.

En segundo lugar, tambien le hará falta la carta de invitación. Este documento se tramita en la comisaria del lugar donde la persona que invita ( es decir Vd. ) resida. En las comisaria le proporcionaran un " modelo" de carta de invitación pero yo le aconsejeria que encargará su tramitación a un abogado.

Un saludo
23/04/2008 23:11
para la carta de invitacion debes tener por lo menos tres ultimas nominas y aparecer como propietario o arrendatario de un piso, ademas debes presentar un certificado de empadronamiento colectivo, ademas de otras cosas.
03/05/2008 21:12
es valido un matrimonio civil celebrado en Perú entre una peruana y un español? gracias
04/05/2008 04:24
Hola:

De acuerdo con el siguiente enlace del Ministerio del Interior:

http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regimen_general/Carta_de_invitacion/requisitos.html

los requisitos para la solicitud de una carta de invitación son los siguientes:

• El particular que pretenda obtener una carta de invitación a favor de un extranjero deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, que será la competente para su tramitación y expedición.
• La solicitud deberá contener los siguientes extremos:
1. Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número del documento de identidad o pasaporte, cuando se trate de español, o pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o lugar completo de residencia.
2. Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que será el arriba indicado, bien en una segunda vivienda, en cuyo caso, determinará el lugar concreto.
El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros, de acuerdo con la legislación civil vigente).
3. Relación o vínculo que mantiene con el invitado.
4. Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de su residencia o domicilio y número de pasaporte del invitado.
Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo aconseje, la invitación podrá referirse a varias personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos antes mencionados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas.
5. Período durante el cual está prevista la estancia del invitado, especificando, de manera aproximada, el primer y el último día de la misma.
6. Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.
7. En la solicitud, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:
a) El Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre de 1995, tipifica como delito, en el artículo 318. bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión».
b) La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1. de la citada Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
c) Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Comisaría General de Extranjería y Documentación, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Por otra parte nena63 nos indica que:

“para la carta de invitacion debes tener por lo menos tres ultimas nominas y aparecer como propietario o arrendatario de un piso, ademas debes presentar un certificado de empadronamiento colectivo, ademas de otras cosas.”


04/05/2008 04:27
Agradecería enormemente que nena63 me hiciera una referencia legal, me suministrara un enlace, donde aparecieran claramente especificados estos requisitos. Ya de por sí me parece de una impresentabilidad total que los requisitos que menciona nena63 no aparezcan en los requisitos expuestos por el Ministerio de Interior, pero, no obstante, me gustaría tener estas referencias legales. Quedaría muy agradecido.

Para pesk29. Dejando aparte cuestiones profesionales, si en algo me he convertido en especialista, es en los temas España-Perú. Toda mi experiencia está a tu disposición de forma gratuita y desinteresada. Te puedo remitir toda la información que desees. Mi E-Mail es aitz_mendi@yahoo.es

Para quiero-saber. Un matrimonio civil en el Perú es válido en España siempre y cuando lo legalices mediante inscripción consular. Es más, un matrimonio celebrado bajo el rito católico también tiene validez y menos papeleo, dicho sea de paso, siempre que lo inscribas en el consulado español, dándose incluso la paradoja de que el matrimonio católico no es válido en Perú a efectos civiles pero si en España supuesto estado no confesional. Te hago el mismo ofrecimiento que a pesk29.

Saludos

Emigrante
04/05/2008 12:35
Los requisitos para la carta de invitación son los que comentas, pero varían entre provincias, lo mejor será que te acerques a la comisaría donde se debe tramitar y preguntes cuales son los requisitos concretos.

Un saludo.
04/06/2008 21:55
muy inteeresante tantas recomendaciones y requisitos para el español, pero los visados los niegan SIEMPREEEEEE que la persona de alli no PUEDA demostrar que tiene motivos suficientes para NO quedarse aqui, o sea que tenga buen empleo, que tenga casa propia en fin que tenga mucho alli que demuestre que no hace falta venir a quedarse aqui lo digo por experiencia propia. La gente del consulado de españa ya se cansaron de expedir visados de turista a gente que se quedaba aqui, asi vinimos todos como turistas y aqui vamos.
06/06/2008 17:25
Emigrante, no te enfades, lo que dice nena 63, tiene mucho sentido, seguro que lo hizo de buena fé, no olvides, que cantidad de objeciones que la administración pone cuando quiere fastidiar, al igual piden papeles que se inventan ellos, pues la ley no los relaciona, igual lo que dice VIONDA es la gran realidad.
13/06/2008 16:05
He leido atentamente todos los mensajes y gran parte de ellos se aplica a mi tema: entrada de argentinos menores a espaÑa. No obstante y al carecer de tiempo para hacer estas gestiones, quería saber si demostrando con la documentación que envío certificada a estas niñas, que además de estar legal en este país, tengo los medios necesarios para solventar sus gastos y lugar donde hospedarlas. También al ser las hijas de mi hermano y de mi cuñado, ellas tienen los mismos apellidos que mi esposa y el mio.
Supongo que a fines legales eso no tiene ninguna validez, y de querer negarle la entrada al país de mi sobrina Argentina, lo podrían hacer sin ningún miramiento. Pensé también en enviarle 1500 euros por los 18 días que viene de vacaciones, parq ue tenga dinero al entrar a España.
25/06/2008 00:00
Vionda dices que "así vinimos todos y nos quedamos", será que tú lo hiciste, quizás no eres peruana, y de serlo serás una de las pocas que vino y estuvo ilegal; en el caso de Perú es poco probable haber hecho eso ya que desde 1991 se exigen todos esos requisitos, demostrar solvencia económica y arraigo en Perú , entre otros requisitos , asi que dificilmente (por no decir imposible) un peruano que cumple esos requisitos va venir a España para ser inmigrante.
25/06/2008 00:39
Soy colombiana y soy de las MUCHAS personas que llegaron y se quedaron de eso ya hace 9 años, y no es dificil para nada que una persona aun con arraigo y solvencia en cualquier pais, llamese colombia, peru, ecuador etc... y quiera venir como emigrante aqui, o a otro pais. Yo tengo residencia permanente, mi madre tiene 73 años tiene una pension en colombia y casa propia, y le han negado el visado de turista el año pasado, invitandola yo que reuno todos los requisitos para poder mantenerla por 1 mes que era lo que se pretendia, aparte de que me hicieron comprar un seguro medico de viaje que me costo 400 euros, para que le dijeran NO en consulado, sera que se pensarian que mi madre venia a quitar un puesto de trabajo? o sea que a mi no me cuenten historias de visados porque eso es un sorteo sin base alguna, o que me expliquen lo de mi madre porque escribi al consul pidiendo por lo menos una explicacion por la negativa y todavia sigo esperando la respuesta.
25/06/2008 03:36
Hola:

Osvaldo, no me enfado, todo lo contrario. Lo que pretendo poner de manifiesto, es lo que he venido denunciando, en este y otros foros, durante mucho tiempo. Los trámites relacionados con temas de extranjería son la casa de tócame Roque, hacen lo que les da gana, no existen procesos transparentes, claramente definidos, son procesos oscuros que se deben desarrollar a golpe de bola de cristal, que es como decir que el funcionario de turno hace lo que le salga de sus reales. Lo demostré en uno de mis post en este foro.
Ana abogada me lo viene a confirmar.
Por tanto, estoy muy de acuerdo con las apreciaciones y, seguramente, indignación de Vionda. Así está el patio en este país.
Conozco, indirectamente, como actúan los consulados españoles en varios países.
Conozco, directamente, como actúa el Consulado General de España en Lima.
Soy ciudadano español, tres hijos nacidos en El Perú, mantengo la residencia en El Perú, pero me encuentro en España como desplazado forzoso por la violencia, por violaciones de derechos humanos contra mi persona en El Perú. Durante más de dos años y medio estuve defendiendo mi propia vida por mis propios medios, ante la pasividad del Estado Peruano, debiendo portar armas 24 horas al día y, en no pocas ocasiones repeler intentos de agresión. Es por ello que puedo y debo hacer las siguientes afirmaciones sobre el Consulado General de España en Lima:

1.- Ante una situación insostenible, con gran riesgo para mi vida, solicité mi repatriación al citado consulado. De forma escueta puedo decir que se burlaron de mí a la cara y, después de hacerme desplazarme 1600 Km. desde mi residencia, me dejaron “TIRADO”, teniendo que retornar a mi país como Dios me dio a entender. Ni perdono ni olvido.

2.- Gracias a la burla constante de dicho consulado reflejada en el incumplimiento de sus obligaciones se me impidió ejercer mi derecho a voto durante tres años. Dicha situación persiste hoy en día a pesar de las quejas presentadas.

3.- En no pocas ocasiones se me sometió a los mismos tratos que tienen que pasar los ciudadanos peruanos cuando realizan trámites en dicho consulado. Dichos tratos los considero vejatorios como español, dudo mucho que no lo sean, así mismo, para un peruano.

4.- Los procesos en los cuales interviene un ciudadano español y un ciudadano de otro país y, en especial, cuando están casados, también los considero vejatorios, tanto para el nacional como para el no nacional.

5.- Una buena parte de la legislación sobre extranjería, reiterando, carece de transparencia, constituyéndose en una de las innumerables burlas institucionalizadas en este país.

6.- Hoy en día, cada día, en España, se violan los principios sobre los que se asienta la Declaración Universal de Derechos Humanos, llegando incluso a realizar interpretaciones unilaterales, doble violación, de la Convención Universal de Derechos Humanos, así se está legislando en España actualmente. Esta realidad se constituye en proceso involutivo y nos aleja de los valores que deben imperar en un estado demócratico.

Ni que decir tiene que cuando un estado trata así a sus nacionales, sobran comentarios sobre como puede tratar a los que no lo son.

Como veis, no estoy en contra vuestro, ni me enfado, todo lo contrario, mi lucha es vuestra lucha, pues es la lucha de cualquier ser humano por recuperar su pisoteada dignidad. Aparte de ser inmigrante también, pero desde España a otros países, más de los que puedo recordar, curioso ¿no?

Dadas las afirmaciones vertidas en este escrito, una vez más, considero justo no ampararme en anonimato alguno. Creo hacer buen uso de mi derecho a expresarme libremente, mi derecho a replica y mi derecho a denunciar públicamente estos, la punta del iceberg, y cualesquiera otros hechos que considere oportuno. El que quiera encontrarme me hallará que nunca fui de los que tiró piedra y escondió la mano.

Para Michelle1.- Te doy la razón y con mucho conocimiento de causa.

Para ppass.- Que te puedo decir, sobre papeleos todo lo que quieras, probablemente. Sobre que consigas tus propósitos, ante lo descrito, tan sólo desearte mucha suerte.

Saludos y un fuerte abrazo

José Ramón Bernabé Sáiz
DNI 14582668
25/06/2008 16:59
emigrante, me he quedado sin palabras y al mismo tiempo tengo mucho que decir, estoy haciendo la reagrupacion familiar de mis 2 hijos, y se tardaron 6 meses para darme una cita que me dieron para los 3 meses siguientes y ya han pasado 4 meses desde que presente la documentacion y aqui sigo esperando, y conozco una persona que presento documentacion falsa de nominas y demas requisitos y en un mes le concedieron la reagrupacion de sus dos hijas mayores de edad porque tambien falsifico sus pasaportes para poderlos reagrupar ante esto que conclusion puedo sacar?, te invito a que visites mi blog donde estoy reflejando todo mi dolor y angustia por tener mis hijos a 10000 km de distancia, y no poder hacer otra cosa mas que esperar. www.enfemenino.com/blog/vionda1234
17/08/2008 10:05
Hace mucho que no pasaba por este foro, respondiendo a Vionda que dice "Soy colombiana y soy de las MUCHAS personas que llegaron y se quedaron de eso ya hace 9 años, y no es dificil para nada que una persona aun con arraigo y solvencia en cualquier pais, llamese colombia, peru, ecuador etc... "
Pues no sabes nada sobre Perú, debes hablar sobre Colombia que es tu país y del que conocerás mucho y nos podrías ilustrar, pero en Perú te aseguro que NADIE, que cumple todos los requisitos que se piden para venir de turista a España, va venir como inmigrante a trabajar y menos ahora que hay crisis, porque lo que piden es excesivo y la gente que cumple esos requisitos no va salir de su país teniendo dinero, en ese caso vendrán a hacer negocios, estudiar o hacer tuerismo pero para "sacar adelante a su familia" pues NO , porque ya en Perú lo hacen; y aunque suene mal pero mucho de ellos no quieren venir España a estudiar, esa gente de dinero envia a sus hijos a estudiar a EEUU, Inglaterra o Francia.
Claro los demás, la mayoría, el pueblo, esta sumergida en la miseria.
17/08/2008 13:30
Hola, Michelle1:

Pues creo que tanto Vionda, conozco bastante de su caso, como tú tenéis razón.
Hace 9 años la situación era distinta, hoy en día la legislación es mucho más dura.
En mi caso, me casé en el 94 en el Condado de Harris, Houston, TX, USA. Mi esposa peruana y yo español. Inscribimos el matrimonio en el Consulado General de España en Houston. El Libro de Familia nos lo dieron después de esperar ¡tres horas!, el visado de entrada (múltiple) por reagrupación familiar en ¡48 horas! En una semana estábamos en España con todas las bendiciones del Estado Español ¡Vete tú a hacer esos trámites ahora!
Todo ha cambiado y a peor desde luego. El trato es vejatorio y no sólo para el no nacional sino también para el nacional y, desde mi punto de vista, claramente discriminatorio para este último frente al resto de nacionales. La presunción de inocencia, como en muchos otros temas, brilla por su ausencia en este país.

Has tocado un tema en el que soy un auténtico experto, a fuer de ser violados mis más básicos derechos tanto por parte del Estado Peruano – en la Corte Interamericana de Derechos Humanos de San José de Costa Rica nos veremos - como del Estado Español.

Vionda accedió a España bajo unas condiciones mucho más favorables que las actuales.

Estoy totalmente de acuerdo contigo en tus apreciaciones. Para el pueblo que “chambea”, “recurseándose” como puede, está claro que la visa de turista para acceder a España no es una opción viable, sobretodo cuando el Consulado General de España en Lima se reserva unos cuantos ases en la manga. A pesar de poder cumplir con los leoninos requisitos para expedir semejante visado corres el riesgo de que te lo denieguen, pues pueden hacer lo que les salga de sus reales, en último término, aunque no están obligados a darte explicación alguna, se referirán al viejo truco de ampararse en el Principio de Soberanía Nacional. Las leyes de extranjería son una burla precisamente por esto.
De ahí que al pobre en El Perú prácticamente sólo le queden dos vías para acceder a España:

- Los famosos contratos de trabajo firmados en El Perú por acuerdo entre los Ministerios de Trabajo Español y Peruano. Si eres peruano/a sabrás la gran bajada de pantalones que supuso esto para el Dr. Alan García. Cuando pretendía atacar a una de las multinacionales españolas afincadas en El Perú, Telefónica del Perú SAA, tengo bases para denunciarla por un delito de estafa consumada, bastó con una visita del señor Aznar, aún no siendo ya presidente, para que todo se olvidara, tú te olvidas de esto y yo te doy contratos de trabajo para peruanos en España. No creo en casualidades en política.
- Casarse con un español, española. Los requisitos son leoninos y el procedimiento vejatorio. Ya casi alcanza, y como en España somos más papistas que el Papa superará, los procedimientos de la “migra” estadounidense. Entrevistas para intentar determinar si es un “matrimonio blanco” con preguntas que atentan contra el derecho a la intimidad. Al tiempo, que cuando interese se publicarán ofertas de empleo en España, al más puro estilo USA y de ello doy fe aunque no por experiencia propia, donde entras por una puerta y sales por otra, la que te lleva al camión que te va a deportar.

Como ves estoy curtido como emigrante español o inmigrante, depende de cómo se mire. Y de El Perú con contarte de que soy empresario allá y estoy aquí, en España, como refugiado-desplazado por la violencia, ya es suficiente. España va bien y El Perú no veas.

Saludos