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Venta de la Empresa con quien la Sociedad tiene un contrato.

4 Comentarios
 
Venta de la empresa con quien la sociedad tiene un contrato.
11/10/2007 18:58
necesitaria me pudieran responder a unas dudas.
Mi marido es el dueño de todas las acciones de una SL. Tiene firmado un contrato de prestacion de servicios con una empresa. Esta empresa, tiene dificultades economicas, hoy nos hemos enterado que va a ser vendida a una tercera empresa en los proximos dias.
1- Este cambio de propietario deja sin efecto el contrato existente? Debe la Empresa avisar a la SL que va a tener lugar esta venta?
2-Tiene problemas para cobrar, le estan pagando con dos meses y medio de demora: se puede utilizar esto para romper el contrato por incumplimiento por su parte? En el contrato no se menciona nada al respecto.
3-La empresa que compra, se tiene que hacer responsable de las deudas pendientes ?
Que nos aconsejan, la situacion es cada vez mas seria y aun tiene un vinculo de contrato de dos meses.
Anticipadamente les doy las gracias por su aportacion. Un saludo
11/10/2007 19:44
1) La compra de la empresa no tiene que originar necesariamente la resolución del contrato. Los nuevos dueños normalmente se subrogaran en los contratos que la empresa tenga vigentes.
2) La demora en el pago puede suponer un incumplimiento contractual que origine la rescisión del contrato (cumplimiento tardío de sus obligaciones).
3) Usted reclamará las deudas pendientes a la empresa con la que contrató, independientemente de quienes sean sus socios o propietarios y de cuales sean los acuerdos contractuales a los que han llegado dichas empresas para regular la responsabilidad por las deudas anteriores a la compra de la empresa.
12/10/2007 17:23
rick, muchisimas gracias por responder.
cuando me referia a si se deja el contrato en vigor sin efecto al cambiar de dueño la empresa, porque mi marido esta deseando finalizar el draconiano contrato que firmo. En concreto quisieramos saber si puede rescindirlo. porque me imagino que la subrogacion tiene que ser por acuerdo entre ambas partes? Si la SL no desea continuar con la nueva empresa no tendria obligacion, no es asi?
Cuando se refiere que la demora puede suponer un incumplimiento contractual , es una afirmacion o queda un poco en el aire , pendiente de quien sea el juez que llegado el caso lo interpretara? Mil gracias.
15/10/2007 13:15
Cualquier causa de resolución contractual debe ser susceptible de ser probada ante un Juez, por si acaso la otra parte la pelea.
Pero, si un empresario ha pactado con su cliente una fecha determinada para la realización de los pagos, el incumplimiento reiterado de los plazos de pago puede causar unos daños y perjuicios para el empresario (claro que no bastará con un incumplimiento puntual de un día o dos).
Si su marido tiene establecido que los clientes paguen antes del día 5, por ejemplo, es porque el día 6 tiene que pagar a sus proveedores, el día 7 tiene que pagar las nóminas...
16/10/2007 15:24
Por eso mi insistencia en la pregunta! En el contrato no viene plazo de pago alguno, aunque se sobreentiende que sera a mes vencido sino dice lo contrario, no cree? Esa es la duda. Muy amable por contestarme. Saludos