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Venta de piso arrendado amueblado por el vendedor

7 Comentarios
 
Venta de piso arrendado amueblado por el vendedor
06/10/2009 16:44
Buenos tardes,

En caso de que el arrendador venda el piso que tiene alquilado, está claro que el adquirente se subroga respecto a los derechos y obligaciones del vendedor/arrendador. ¿Pero que pasa si se alquiló amueblado? El arrendador/vendedor querra llevarse sus muebles ¿Esta obligado el nuevo arrendador a sustituir los muebles? Entiendo que si, que opinais.
Gracias
06/10/2009 16:54
Debera reflejar en la escritura de compraventa si recibe un precio adicional por los muebles, o el inmueble se vende como cuerpo cierto.
07/10/2009 09:26
El inmueble se enajena como cuerpo cierto, los muebles no son objeto de trasmisión. Es por ello por lo que el arrendador/vendedor quiere retirar sus muebles. ¿El nuevo arrendador deberá sustituirlos a su cargo?
Gracias
07/10/2009 09:30
Los muebles los podra recuperar cuando finalice el contrato de alquiler.
07/10/2009 11:40
Pero, si el arrendador/vendedor ha trasmitido la propiedad al nuevo comprador, y este se ha subrogado en la posición del arrendador, asumiendo todos los derechos y obligaciones inherentes a esa condición, ¿que le obliga al arrendador/vendedor a mantener alli sus muebles? El arrendador comprador al adquirir el inmueble conoce la existencia de un arrendamiento, y se le ha informado que tal arrendamiento es de un piso amueblado, con una renta fijada es en atención a esas condiciones. Si al perfecionar la venta se trasmite el inmueble con exclusión de dichos muebles ¿No tiene derecho la venderora a lleverse sus muebles? Si no fuese así, el nuevo arrendador percibiría un renta acorde con un piso amueblado, cuando el realmente no pone a disposición de los inquilinos enser alguno. Al Producirse la subrogación del contrato, el vendedor deja de tener obligación alguna respecto a dicho arrendamineto, ¿por qué motivo continuaría obligado si ya ha dejado de ser parte firmante de dicho contrato de arrendamiento?
Podrías fundamenter jurídicamante tu respuesta.
Muchisimas gracias
07/10/2009 12:12
Se subroga en el misma posición del arrendador. El traspaso debe ser transparente para el inquilino, eso es lo fundamental del contrato de transmisión, y no lo firmado entre comprador y vendedor.

El inquilino tiene el derecho a permanecer con los mismo enseres que venia disfrutando. ¿No tiene derecho la venderora a lleverse sus muebles? Con que derecho puede entrar sin consentimiento del inquilino. El tiempo de retirada de los muebles quien resarce al inquino por las molestias.

Es simplemente sentido común.
07/10/2009 18:26
Lo que puede hacer el inquilino, es permitir la retirada de los muebles por el arrendador vendedor, cuando el arrendador comprador lleve a la vivienda los muebles de sustitución, no antes.
07/10/2009 20:00
Y si se niega??

Y como sera imposible encontrar los mismos muebles, y si se quja el inquilino???

No tiene razon de ser cambiar unos muebles, se deberia haber especificado en el contrato de compraventa.