Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Venta de vivienda, reconocimiento de deuda y cobro de embargos

0 Comentarios
 
Venta de vivienda, reconocimiento de deuda y cobro de embargos
10/02/2018 13:23
Hola Buenas tardes;

Son varias cosas que derivan en un mismo punto, así que les expongo mi situación :

1.- Mis padres tenían una cafetería con un socio ( el cual llevaba una sala de máquinas colindante y que pertenecía al mismo negocio ) , pues bien , mi padre a causa de una enfermedad tuvo que dejar la cafetería y pasó a manos de mi madre. En la ultima revisión de contrato de mi madre con el socio ( porque mis padres le subarrendaron la cafetería al socio y ellos la trabajaban ) , este le incluyó un reconocimiento de deuda a mi madre ( la cual firmó sin saber que estaba ese reconocimiento de deuda, pecó de confiada y pensando que no se la jugaría más adelante ), total, que más adelante tuvieron que dejar mis padres el negocio y debiendo mi madre ese dinero que había firmado al "socio".

2.- Ahogados por las deudas tuvimos que vender una vivienda que teníamos y debido a la urgencia de la venta aceptamos una parte del pago de dicha venta que nos la pagaría poco a poco, cosa que nunca pasó y que con un juicio posterior se le está embargando lo que se puede para saldar esa deuda que tiene contraída con mis padres. Tengo que aclarar que la vivienda era de mis padres pero que la demanda la interpuso mi madre.

3.- El "socio" de mis padres le embargó a mi madre su parte proporcional de la herencia de la casa de mis abuelos.

4.- Los embargos que se le realizaban al que le vendieron mis padres la casa viene a nombre de mi madre ( ya que ella fue la que interpuso la demanda )

Mi madre falleció hace aproximadamente 4 meses y siguen llegando embargos procedente del que le vendieron la casa mis padres. Pero estos embargos vienen a nombre de mi madre como ya comente más arriba.

Espero haberme explicado porque es un poco lioso.
Mis preguntas son las siguientes :

1.- ¿ mi padre puede cobrar los embargos que le hacen al que le vendieron la casa ? La vivienda era de mi madre y mi padre pero la demanda la interpuso mi madre ya que mi padre a causa de la enfermedad no podía.

2.- En el caso de que pudiese cobrar los embargos :
2.1 - ¿ cómo podría cobrar los embargos ?
2.2 - ¿ el "socio" podría embargarle algo ? recordemos que mi padre ya no formaba parte del negocio cuando se fueron.

3.- El otro día me reuní con el abogado que nos llevó el caso de la reclamación de deuda interpuesta contra la persona a la que le vendieron mis padres la vivienda, y este me comentó que de lo que le fuesen embargando a la persona a la que le vendieron mis padres la casa , él ( el abogado ) iría adquiriendo parte de estos embargos para saldar su minuta. Pero me he informado después de la reunión y he entendido que la minuta la debería de exigir a la persona a la que se le vendió la vivienda y la cual perdió el juicio y con ello la obligación de pagar las costas de los abogados.

Espero haberme explicado y no haberme dejado nada en el tintero.
Un saludo y gracias de antemano.
Venta de vivienda, reconocimiento de deuda y cobro de embargos | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Venta de vivienda, reconocimiento de deuda y cobro de embargos

0 Comentarios
 
Venta de vivienda, reconocimiento de deuda y cobro de embargos
10/02/2018 13:23
Hola Buenas tardes;

Son varias cosas que derivan en un mismo punto, así que les expongo mi situación :

1.- Mis padres tenían una cafetería con un socio ( el cual llevaba una sala de máquinas colindante y que pertenecía al mismo negocio ) , pues bien , mi padre a causa de una enfermedad tuvo que dejar la cafetería y pasó a manos de mi madre. En la ultima revisión de contrato de mi madre con el socio ( porque mis padres le subarrendaron la cafetería al socio y ellos la trabajaban ) , este le incluyó un reconocimiento de deuda a mi madre ( la cual firmó sin saber que estaba ese reconocimiento de deuda, pecó de confiada y pensando que no se la jugaría más adelante ), total, que más adelante tuvieron que dejar mis padres el negocio y debiendo mi madre ese dinero que había firmado al "socio".

2.- Ahogados por las deudas tuvimos que vender una vivienda que teníamos y debido a la urgencia de la venta aceptamos una parte del pago de dicha venta que nos la pagaría poco a poco, cosa que nunca pasó y que con un juicio posterior se le está embargando lo que se puede para saldar esa deuda que tiene contraída con mis padres. Tengo que aclarar que la vivienda era de mis padres pero que la demanda la interpuso mi madre.

3.- El "socio" de mis padres le embargó a mi madre su parte proporcional de la herencia de la casa de mis abuelos.

4.- Los embargos que se le realizaban al que le vendieron mis padres la casa viene a nombre de mi madre ( ya que ella fue la que interpuso la demanda )

Mi madre falleció hace aproximadamente 4 meses y siguen llegando embargos procedente del que le vendieron la casa mis padres. Pero estos embargos vienen a nombre de mi madre como ya comente más arriba.

Espero haberme explicado porque es un poco lioso.
Mis preguntas son las siguientes :

1.- ¿ mi padre puede cobrar los embargos que le hacen al que le vendieron la casa ? La vivienda era de mi madre y mi padre pero la demanda la interpuso mi madre ya que mi padre a causa de la enfermedad no podía.

2.- En el caso de que pudiese cobrar los embargos :
2.1 - ¿ cómo podría cobrar los embargos ?
2.2 - ¿ el "socio" podría embargarle algo ? recordemos que mi padre ya no formaba parte del negocio cuando se fueron.

3.- El otro día me reuní con el abogado que nos llevó el caso de la reclamación de deuda interpuesta contra la persona a la que le vendieron mis padres la vivienda, y este me comentó que de lo que le fuesen embargando a la persona a la que le vendieron mis padres la casa , él ( el abogado ) iría adquiriendo parte de estos embargos para saldar su minuta. Pero me he informado después de la reunión y he entendido que la minuta la debería de exigir a la persona a la que se le vendió la vivienda y la cual perdió el juicio y con ello la obligación de pagar las costas de los abogados.

Espero haberme explicado y no haberme dejado nada en el tintero.
Un saludo y gracias de antemano.