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Venta derecho hereditario inmueble con personas viviendo dentro

8 Comentarios
 
Venta derecho hereditario inmueble con personas viviendo dentro
08/06/2018 12:11
Quería saber si de las tres viviendas que voy a heredar se puede vender derecho hereditario de una única vivienda pues la quiero vender a gente que se dedica a comprar este tipo de vivienda,en ella viven familiares que no querrán vender ni irse de ella.Yo lo que quiero es quitarme de problemas y obtener beneficios de la herencia.Esta a nombre del fallecido y su mujer la vivienda,y hay hijos desheredados por abandono durante una larga enfermedad de años,estaban divorciados y con juicios de por medio de los ex y de los hijos hacia el testamentario,yo solo quiero vender sin tener relación con ellos De las otras dos viviendas, son libre de cargas.
08/06/2018 14:20
Lara78
Sí, se puede. También podrías venderla después de asignarte la herencia, eso ya como tú veas.
11/06/2018 18:53
Lara78
Puedes vender tus derechos hereditarios globalmente, pero sobre un bien en concreto, mientras no sea tuyo, en todo o en parte, no puedes hacerlo.
En la partición de herencia que hagáis, podéis hacer dos cosas: Adjudicaros los bienes en proindiviso, y entonces si serías propietaria de parte de esa vivienda y por supuesto puedes hacer con tu parte lo que quieras, o adjudicaros propiedades enteras cada uno, en cuyo caso podrás disponer de lo que se te adjudique, pero no del resto.
12/06/2018 14:21
1996
Entonces entiendo que no puedo hasta que no se adjudique? Porque yo quiero un piso en concreto venderlo a esta empresa para poder seguir con los trámites de la herencia puesto que no tengo dinero para los abogados ni pagar impuestos de sucesiones y estas cosas. Mi idea era vender este piso para tener liquidez y seguir con los trámites oportunos de la herencia.
12/06/2018 14:24
1996
1996 decir que, los herederos son mis hijos menores y la pareja del fallecido, los hijos están desheredados,es decir que los únicos herederos son mis hijos y está mujer que si está de acuerdo conmigo en vender, ella tiene un tercio de libre disposición.Os agradezco muchísimo vuestra ayuda
12/06/2018 17:15
Lara78
Por partes. No te agobies que todo tiene solución y si no la tiene... lo intentaremos.
Primero tus hijos tienen que ser dueños Dado que son menores, hay dos vias para la aceptación y adjudicación de la herencia: que te la autorice la familia del padre de tus hijos, o que te la autorice la Fiscalia. Si tienes problemas familiares, intuimos que probablemente solo te quede la segunda via. Con la autorización de la Fiscalia, ya puedes ir al Notario junto con la pareja de tu ex y firmais la aceptación y adjudicación de herencia. Gastos hasta este momento, serían los del Notario.
Segundo. Te queda por liquidar Impuesto de Sucesiones y Plusvalia. Si no tienes dinero para ninguna de estas dos partidas puedes pedir prorroga de seis meses (ojo, tienes que hacerlo antes de que venza el quinto mes despues del fallecimiento de tu ex). Tendrias en total un año desde la fecha de fallecimiento.
Primero pide la solicitud de prorroga del Impuesto de Sucesiones (en Hacienda de tu Comunidad Autónoma) , cuando te la hayan sellado te vas al Ayuntamiento de donde esté la vivienda y tambien pides prorroga de seis meses (en total un año, igual que para el Impuesto de Sucesiones).
Hasta ahora no has pagado ninguno de estos impuestos, aunque ya sabes que no se te olviden los plazos, porque el recargo es caro, caro, carísimo...
Con los resguardos de ambas prorrogas y la escritura de adjudicación de herencia, puedes ir al Registro de la Propiedad e incribir a nombre de tus hijos el porcentaje que les corresponda. Harán una anotación de que quedan pendientes de liquidar los impuestos que has pedido prorroga.
Y ahora, en principio se podría vender, salvo que tus hijos son menores.... así que te toca solicitar autorización a la Fiscalia para poder vender en nombre de tus hijos, y por supuesto el producto de la venta quedaría en una cuenta "intocable" a nombre de ellos. (podrías hablarlo cuando solicites al principio la autorización para la adjudicación de herencia). Y con parte del saldo de la cuenta de tus hijos pagas los impuestos que has pedido prorroga.
Espero haberte ayudado.
12/06/2018 17:26
1996
Muchísimas gracias por su explicación.El fallecido es el abuelo de mis hijos. Es más complejo que todo esto,en Agosto murió el bisabuelo y en septiembre murió el abuelo, a mi me nombró administradora de mis hijos.El que murió era mi ex suegro.Desde que se murió yo he sido la única que se ha movido por bancos,etc para solicitar certificados todo todo, incluso teniendo albacea y abogada.No se quieren mover ningúna porque hasta ahora he echo frente a todo, pero de momento no puedo seguir hasta que no vea algo de dinero.No sabía nada de emplazamientos sobre impuesto de sucesiones,no me han comunicado nada al respecto mi abogada.Estoy atada de pies y manos y aquí solo pasa el tiempo y cada vez será todo más complejo y caro por lo que veo.Estamos en una situación difícilisima por lo que veo
12/06/2018 17:30
Lara78
Pues primero habrá que hacer la testamentaría del bisabuelo, ya que falleció antes. Y sobre la parte del abuelo ahí ya si te puedes mover.
12/06/2018 17:30
1996
Y luego otra,hay dinero en el banco, bastante,como 20.000 euros, con el emplazamiento de Hacienda que dices y lo del notario podrían darnos lo correspondiente? O tenemos que esperar? Porque seguro que quieren impugnar testamento y demás los hijos, que como digo están desheredados