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Venta vivienda habitual

4 Comentarios
 
Venta vivienda habitual
25/08/2004 23:56
Tengo en propiedad una vivienda que desgravo como vivienda habitual, y estoy pensando en venderla antes de los 3 años, cambiar de trabajo a otra ciudad y comprar otra vivienda en la segunda cuidad.

Mis dudas son:

- ¿que condiciones exije hacienda para que el traslado laboral justifique la venta de la vivienda habitual entes de los 3 años?, tengo entendido que no lo justificaría si (como es mi caso) es por razones voluntarias, y no por obligación, aunque creo que si estuviera inscrito en el INEM, y en situación de parado, o si las condiciones laborales mejoraran la actuales si que se consideraria justificado el cambio de residencia.

- ¿Cómo puedo justificar el cambio de domicilio por traslado laboral? ¿Que documentación devo pedir a las administraciones locales, y a las dos empresas para estar completamente seguro de que no me pillo los dedos?

- ¿Hay algún tipo de limitación en cuanto a la destancia entre las dos localidades? sería evidente la maniobra de cambiarse a otra localidad situada a pocos KMs donde por ejemplo existiera delegación o sucursal de mi actual empresa.

Muchas gracias y un saludo.
23/09/2004 18:04
Por el mero hecho de estar empadronado en otra cuiudad por razón de traslado por motivos laborales, entras en lo de vender antes de tres años. Si te llaman para aclarar, con aportar el certificado de empadronamiento del ayuntamiento y el contrato laboral bastaría.

un saludo
24/09/2004 12:07
en mi opinión no bastaría con la aportación de esos documentos, ya que es necesario que el cambio de domicilio se realice por causa ajena a la voluntad del contribuyente.
01/10/2004 18:52
Yo creo que si, dado que es muy subjetivo lo de voluntad del contribuyente. Por ejemplo se traslada porque va a ganar más en su nuevo trabajo, quién es el guapo dentro de los "AEATianos" que te dice que no cumples.

un saludo
04/10/2004 10:30
nos guste o no, el hecho es que son ellos quienes deciden si cumples o no, es la Administración quien valora las pruebas. Y si se trata de un cambio porque ganas más en otro lado, aunque la lógica nos diga que debería ser causa suficiente, la ley no nos ampararía. Todo lo que sea por conveniencia del contribuyente no será admitido.
En cada cual está el arriesgarse a hacerlo de todos modos.