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Verbal u ordinario?

2 Comentarios
 
Verbal u ordinario?
05/03/2008 13:59
A ver si me podéis ayudar. Tengo que demandar a una empresa por un tema de préstamo encubierto. La cuantía del procedimiento es indeterminada puesto que en realidad lo que se pide es la revocación de un contrato y la anulación de una financiación.
Mi pregunta es:
1) ¿ Debo llevarlo por juicio verbal puesto que la cuantía es inferior a 3000 euros?
2) ¿ O debo llevarlo por ordinario al ser de cuantía indeterminada ?
3) Por otro lado, el art 250.1º.12 dice que se decidirán por verbal las demandas que supongan el ejercicio de la acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores y usuarios.
4) Estoy un poco confusa, ¿podríais echarme una mano?
Gracias
06/03/2008 18:05
POrqué quieres interponer la acción de cesación del 250.1º.12?

Con independencia de lo anterior, lo veo como un verbal, porque imagino que la cantidad inferior a los 3000, es la que figura en el contrato de préstamo encubierto. Yo no pondría indeterminada, por el tema de las posibles costas

SAlvo mejor criterio
10/03/2008 11:52
Muchas gracias maramur, me había decantado ya por el verbal y con tu ayuda no tengo duda.
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Verbal u ordinario?
05/03/2008 13:59
A ver si me podéis ayudar. Tengo que demandar a una empresa por un tema de préstamo encubierto. La cuantía del procedimiento es indeterminada puesto que en realidad lo que se pide es la revocación de un contrato y la anulación de una financiación.
Mi pregunta es:
1) ¿ Debo llevarlo por juicio verbal puesto que la cuantía es inferior a 3000 euros?
2) ¿ O debo llevarlo por ordinario al ser de cuantía indeterminada ?
3) Por otro lado, el art 250.1º.12 dice que se decidirán por verbal las demandas que supongan el ejercicio de la acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores y usuarios.
4) Estoy un poco confusa, ¿podríais echarme una mano?
Gracias
06/03/2008 18:05
POrqué quieres interponer la acción de cesación del 250.1º.12?

Con independencia de lo anterior, lo veo como un verbal, porque imagino que la cantidad inferior a los 3000, es la que figura en el contrato de préstamo encubierto. Yo no pondría indeterminada, por el tema de las posibles costas

SAlvo mejor criterio
10/03/2008 11:52
Muchas gracias maramur, me había decantado ya por el verbal y con tu ayuda no tengo duda.