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Violencia de genero

2 Comentarios
 
Violencia de genero
20/04/2015 11:52
Buenos días;
Me gustaría hacer una consulta referente a una sentencia de violencia de genero,
En el año 1998 se dicto la sentencia a mi favor siendo la afectada y mis hijas como victimas, ya han pasado mas de 15 años, y mi dudas son las siguientes:
¿La sentencia aun puede valer después de tantos años?
¿aun tengo derechos ayudas para mi o para mis hijas?

Gracias,
Saludos.
20/04/2015 12:47
Buenos días,
desde SBA entendemos que el planteamiento es erróneo: no se trata de que la sentencia no valga después de tantos años, sino que los derechos en ella reconocidos, y considerando en este acaso que se reconocían determinadas ayudas por parte de la seguridad social, están sujetos a determinados plazos de prescripción y de caducidad.

Habría que acudir a la Ley General de la Seguridad Social, que regula en sus artículos 43 y 44, los plazos de prescripción y caducidad respectivamente. la diferencia fundamental se relaciona con el interés jurídicamente protegido en cada una de estas instituciones y así se afirma que mientras en la prescripción predomina el interés individual del sujeto pasivo en oponerse a un ejercicio tardío del derecho, en la caducidad está presente el interés general en la rápida certidumbre de determinadas situaciones jurídicas.

En cualquier caso, los referidos plazos son mucho menores de 15 años, por lo que no creemos posible que pueda usted cobrar a estas alturas las ayudas a las que tuvo derecho, por haberse sobrepasado los plazos jurídicos.

Esperamos haberle sido de ayuda, y para una consulta más detallada y concreta, no dude en acudir a nosotros en:

STRATEGY BUSINESS ADVISORS, S.L.
C/Velázquez, 157. Bajo derecha.
CP: 28002 - Madrid
Tlf: 914 11 33 51 - 685 10 13 30
email: info@sbadvisors.es
www.sbadvisors.es

20/04/2015 12:51
Muchas gracias por su aclaración.
Un saludo.
Violencia de genero | PorticoLegal
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Violencia de genero
20/04/2015 11:52
Buenos días;
Me gustaría hacer una consulta referente a una sentencia de violencia de genero,
En el año 1998 se dicto la sentencia a mi favor siendo la afectada y mis hijas como victimas, ya han pasado mas de 15 años, y mi dudas son las siguientes:
¿La sentencia aun puede valer después de tantos años?
¿aun tengo derechos ayudas para mi o para mis hijas?

Gracias,
Saludos.
20/04/2015 12:47
Buenos días,
desde SBA entendemos que el planteamiento es erróneo: no se trata de que la sentencia no valga después de tantos años, sino que los derechos en ella reconocidos, y considerando en este acaso que se reconocían determinadas ayudas por parte de la seguridad social, están sujetos a determinados plazos de prescripción y de caducidad.

Habría que acudir a la Ley General de la Seguridad Social, que regula en sus artículos 43 y 44, los plazos de prescripción y caducidad respectivamente. la diferencia fundamental se relaciona con el interés jurídicamente protegido en cada una de estas instituciones y así se afirma que mientras en la prescripción predomina el interés individual del sujeto pasivo en oponerse a un ejercicio tardío del derecho, en la caducidad está presente el interés general en la rápida certidumbre de determinadas situaciones jurídicas.

En cualquier caso, los referidos plazos son mucho menores de 15 años, por lo que no creemos posible que pueda usted cobrar a estas alturas las ayudas a las que tuvo derecho, por haberse sobrepasado los plazos jurídicos.

Esperamos haberle sido de ayuda, y para una consulta más detallada y concreta, no dude en acudir a nosotros en:

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Tlf: 914 11 33 51 - 685 10 13 30
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20/04/2015 12:51
Muchas gracias por su aclaración.
Un saludo.