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Visado para casarse en España.

12 Comentarios
 
Visado para casarse en españa.
16/05/2013 14:05
Buenas tardes,

Soy colombiana y quisiera saber y vivo en Colombia. Si decidiera casarme en España con mi novio, qué visado puedo solicitar ante el consulado de España en Colombia, con el fin de hacer el cambio de residencia allí mismo en España sin tener que regresar a Colombia?

Por ejemplo, si voy como estudiante, podemos casarnos allí y hacer el cambio del permiso allí mismo o cual sería la mejor opción? Turista y luego casarme?

Gracias y un saludo.
16/05/2013 18:40
Hola.

No existe un visado específico para viajar a España con la finalidad exclusiva o principal de contraer matrimonio con un español o con un extranjero residente en España (en otros países sí que existe, especialmente en el mundo anglosajón, pero aquí no).

Sí puede casarse estando en España como estudiante, como turista e incluso, es posible casarse en España hallándose en situación irregular, siempre que quede acreditado que, al menos, uno de los contrayentes es de nacionalidad española o si es extranjero, está domiciliado en España. El derecho a contraer matrimonio es considerado un derecho fundamental, que no puede vulnerarse, ni obstaculizarse su ejercicio. Pero, debe ajustarse a las condiciones fijadas por la normativa del Estado donde se va a celebrar.

El expediente matrimonial previo, con todo, puede llegar a tardar, sobre todo, en ciudades grandes. Por ello, quien viene como turista, de pronto se enfrenta a una larga espera y se verá obligado a solicitar prórroga de estancia, para mantener la legalidad de su permanencia en España.

Si se casa en España con un español, una vez que tenga en su poder el certificado literal de matrimonio, debe solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. La tarjeta puede tardar de 30 a 45 días en ser expedida.

Un cordial saludo.



17/05/2013 13:43
Hola lo mejor es que vengas como estudiante e introduzcas el expediente de matrimonio (trae todos los papeles apostillados) y casate aca. Una vez casada soliciten la tarjeta de familiar comunitario para ti y ya.
El visado como turista para los colombianos les ponen muchas pegas, mejor como estudiante.
Saludos
17/08/2015 00:53
Hola.

Mi pareja es colombiana y quisiéramos casarnos, si ella viniera de turista ,podríamos casarnos en un periodo de 15 días si ya viniese con los papeles correspondientes ?, si fuera así que papeles harían falta .

un saludo, muchas gracias.
18/03/2016 20:32
Hola, Soy venezolano y mi pareja es de italia. Estoy como turista en Italia y me propusieron matrimonio. Mis 90 dias de turista finalizan el 3 de mayo, pero tengo mis documentos para casarnos en España. 1) Debo esperar a que finalice mi visado de turista para poder casarme en España? 2) Si me caso antes que finalice mi visado de turista, igual debo regresarme a mi país o puedo quedarme por estar casado con alguien de Italia?
3) me reconocerán mi matrimonio en Italia, sabiendo que aún en Italia no han implementado la ley de matrimonio igualitario?

Muchas Gracias.
15/10/2017 12:31
teresita34
Hola soy venezolana, y tengo un visado de estudiante, llevo dos años acá y me acaban de denegar la renovación de mi visá aun cuando continuo estudiando, que debo hacer en este caso, mi chico que es español me dice que nos casemos y así me ahorro el proceso de renovación y preocupación por denegacion anual, es eso posible cual es la mejor solución y como debo proceder?
15/10/2017 20:22
Damag
Hola:

1.- Si le han denegado la prórroga de autorización de estancia por estudios debe esperar a recibir la notificación oficial para conocer con exactitud el motivo. Tendrá el plazo de un mes para interponer recurso potestativo de reposición.

2.- No indica en qué Comunidad Autónoma reside, pero antes que el matrimonio, más rápido resultaría formalizar una unión de pareja estable e inscribirse en un Registro Público establecido para el efecto. En España no hay un Registro estatal de uniones de hecho, sino que son autonómicos o municipales. Por es es importante conocer en qué Comunidad Autónoma reside. Si se inscribe como pareja de hecho en cualquier Registro autonómico o municipal de España, tendrá derecho a la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
16/10/2017 06:58
teresita34
Hola buenas noches esperó puedan ayudarme con mi duda. Yo soy venezolana y mi novio es francés, queremos casarnos en España. Al casarnos en España con estatus de turista (en mi caso) yo debo regresar a Venezuela para cambiar mi estatus?
04/09/2018 10:24
teresita34
¿Puedo casarme en mi situación irregular con un extranjero en España?
29/03/2021 03:04
Buenas noches si mi oreja que es colombiano, viene como turista y queremos casarnos o hacernos pareja de hecho en cuánto tiempo nos podríamos casar yo tengo nacionalidad española. Si en el transcurso de esa semana llegan los documentos apostillados y yo vivo en Hospitalet Barcelona
29/03/2021 14:47
Janka
Hola:

1.- El matrimonio tarda porque requiere la previa tramitación de un expediente registral. Entre la cita que debe solicitar para la presentación de la solicitud y documentos para la incoación del expediente, su tramitación, la audiencia por separado, la evacuación del informe del fiscal y la resolución, puede tardar algunos meses y luego otro tiempo más para la celebración de la boda en el mismo Registro Civil o en el Ayuntamiento (a menos que decida casarse ante notario). Y además, le requerirán muchos documentos y existe la posibilidad de que, si a juicio del juez encargado del Registro Civil o del fiscal, se trata de un matrimonio de complacencia, se deniegue la celebración del matrimonio.

El Registro Civil en España está a cargo de jueces, que su bien en su calidad de encargados del Registro Civil no ejercen funciones jurisdiccionales sino de oficiales del Registro Civil, su actividad se desarrolla siguiendo la ritualidad propia del ámbito judicial y eso hace que todo vaya mucho más lento y más en municipios grandes o en municipios donde el Registro Civil no está a cargo de un juez que se dedica exclusivamente a esa función sino que además ejerce funciones jurisdiccionales (Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, con funciones de Registro Civil, muy común en muchos municipios de España).

2.- En cambio, la formalización de unión de pareja estable aquí en Cataluña se puede hacer ante notario sólo con estar empadronados los dos en la misma vivienda. No se exige un tiempo previo de convivencia cuando se formaliza ante notario. Con todo, hay notarios que exigen un tiempo previo mínimo de empadronamiento en la misma vivienda, pero eso es un criterio de actuación que cada notario fija en su notaría, no algo que exija la ley. De modo que, si están empadronados en la misma vivienda, se puede ir a cualquier notaría y formalizar la unión de pareja estable de acuerdo con el Código Civil de Cataluña. Sólo se necesita el DNI de la persona española, el pasaporte de la persona extranjera y las volantes de empadronamiento de ambos en la misma vivienda. Y sería recomendable que la persona española aporte su fe de vida y estado (se solicita en el Registro Civil) y la persona extranjera su certificado de estado civil del país de su nacionalidad con la Apostilla de La Haya o legalización diplomática, según corresponda.

Tras la firma de la escritura, deberá esperar unos días hasta recibir un mensaje de correo electrónico del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya con la resolución de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña.

Y ya con la certificación de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, si la persona española está trabajando por cuenta ajena o propia, o cobrando el paro o si está jubilada cobrando la presentación contributiva de jubilación o si no está en ninguno de los casos anteriores tiene recursos económicos propios suficientes, el conviviente de hecho registrado podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
15/07/2021 22:16
Hola buenas tardes.
Me gustaria saber si yo me caso en España con un alemán residente en España, de que pais debo solicitar la residencia? Tambien me gustaria saber que documentos necesito para casarme con mi pareja alemán en España?
16/07/2021 14:49
Jose3252
Hola:

1.- Si se casa en España y su cónyuge ciudadano de la Unión es residente en España, le corresponderá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en España.

2.- Si su cónyuge es alemán y se casa en España y luego quisiera ir con él a residir en Alemania, deberá solicitar previamente el reconocimiento e inscripción del matrimonio en Alemania.

3.- Con todo, las personas de nacionalidad alemana, para contraer matrimonio fuera de Alemania, deben solicitar a las autoridades competentes de su país un certificado de capacidad matrimonial, para cuya expedición se ha de tramitar un expediente que puede tomar tiempo. Pero si no lo hace, no podrá tener el certificado de capacidad matrimonial, que es el documento que acredita no sólo su estado civil, sino la inexistencia de cualquier otro impedimento matrimonial. En España sólo se exige el certificado de estado civil del país de nacionalidad de ambos contrayentes, pero cada país expide el certificado de acuerdo con su legislación y hay países donde sólo se expide el certificado de estado civil (que se limita a dejar constancia del estado civil de la persona de acuerdo con su legislación) y hay otros países donde se expide un certificado de capacidad matrimonial, que es un documento más completo, pero cuya expedición exige la tramitación de un expediente en el que se determinará la ausencia de impedimentos matrimoniales.

4.- Para casarse en España se requiere, si ambos son extranjeros, que al menos uno esté domiciliado en España. Esto se prueba con el volante de empadronamiento.

Luego, se ha de aportar, además, los certificados literales de nacimiento de ambos y los certificados de estado civil de ambos. Y se ha de tramitar un expediente previo, que desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Registro Civil, se puede hacer ante notario y con eso, ahorrar tiempo.

Los documentos procedentes de países de la Unión Europea no necesitan legalización ni Apostilla y pueden venir con una ayuda de traducción expedida por las autoridades del país de origen, aunque también se admite certificados plurilingües.

Los documentos expedidos por países que no sean miembros de la Unión Europea han de traer la Apostilla de La Haya o la legalización por vía diplomática, según corresponda y si están en un idioma diferente del castellano, deben estar traducidos al castellano por un traductor jurado de la lista oficial publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

Un cordial saludo.
Visado para casarse en España. | PorticoLegal
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Visado para casarse en España.

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Visado para casarse en españa.
16/05/2013 14:05
Buenas tardes,

Soy colombiana y quisiera saber y vivo en Colombia. Si decidiera casarme en España con mi novio, qué visado puedo solicitar ante el consulado de España en Colombia, con el fin de hacer el cambio de residencia allí mismo en España sin tener que regresar a Colombia?

Por ejemplo, si voy como estudiante, podemos casarnos allí y hacer el cambio del permiso allí mismo o cual sería la mejor opción? Turista y luego casarme?

Gracias y un saludo.
16/05/2013 18:40
Hola.

No existe un visado específico para viajar a España con la finalidad exclusiva o principal de contraer matrimonio con un español o con un extranjero residente en España (en otros países sí que existe, especialmente en el mundo anglosajón, pero aquí no).

Sí puede casarse estando en España como estudiante, como turista e incluso, es posible casarse en España hallándose en situación irregular, siempre que quede acreditado que, al menos, uno de los contrayentes es de nacionalidad española o si es extranjero, está domiciliado en España. El derecho a contraer matrimonio es considerado un derecho fundamental, que no puede vulnerarse, ni obstaculizarse su ejercicio. Pero, debe ajustarse a las condiciones fijadas por la normativa del Estado donde se va a celebrar.

El expediente matrimonial previo, con todo, puede llegar a tardar, sobre todo, en ciudades grandes. Por ello, quien viene como turista, de pronto se enfrenta a una larga espera y se verá obligado a solicitar prórroga de estancia, para mantener la legalidad de su permanencia en España.

Si se casa en España con un español, una vez que tenga en su poder el certificado literal de matrimonio, debe solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. La tarjeta puede tardar de 30 a 45 días en ser expedida.

Un cordial saludo.



17/05/2013 13:43
Hola lo mejor es que vengas como estudiante e introduzcas el expediente de matrimonio (trae todos los papeles apostillados) y casate aca. Una vez casada soliciten la tarjeta de familiar comunitario para ti y ya.
El visado como turista para los colombianos les ponen muchas pegas, mejor como estudiante.
Saludos
17/08/2015 00:53
Hola.

Mi pareja es colombiana y quisiéramos casarnos, si ella viniera de turista ,podríamos casarnos en un periodo de 15 días si ya viniese con los papeles correspondientes ?, si fuera así que papeles harían falta .

un saludo, muchas gracias.
18/03/2016 20:32
Hola, Soy venezolano y mi pareja es de italia. Estoy como turista en Italia y me propusieron matrimonio. Mis 90 dias de turista finalizan el 3 de mayo, pero tengo mis documentos para casarnos en España. 1) Debo esperar a que finalice mi visado de turista para poder casarme en España? 2) Si me caso antes que finalice mi visado de turista, igual debo regresarme a mi país o puedo quedarme por estar casado con alguien de Italia?
3) me reconocerán mi matrimonio en Italia, sabiendo que aún en Italia no han implementado la ley de matrimonio igualitario?

Muchas Gracias.
15/10/2017 12:31
teresita34
Hola soy venezolana, y tengo un visado de estudiante, llevo dos años acá y me acaban de denegar la renovación de mi visá aun cuando continuo estudiando, que debo hacer en este caso, mi chico que es español me dice que nos casemos y así me ahorro el proceso de renovación y preocupación por denegacion anual, es eso posible cual es la mejor solución y como debo proceder?
15/10/2017 20:22
Damag
Hola:

1.- Si le han denegado la prórroga de autorización de estancia por estudios debe esperar a recibir la notificación oficial para conocer con exactitud el motivo. Tendrá el plazo de un mes para interponer recurso potestativo de reposición.

2.- No indica en qué Comunidad Autónoma reside, pero antes que el matrimonio, más rápido resultaría formalizar una unión de pareja estable e inscribirse en un Registro Público establecido para el efecto. En España no hay un Registro estatal de uniones de hecho, sino que son autonómicos o municipales. Por es es importante conocer en qué Comunidad Autónoma reside. Si se inscribe como pareja de hecho en cualquier Registro autonómico o municipal de España, tendrá derecho a la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
16/10/2017 06:58
teresita34
Hola buenas noches esperó puedan ayudarme con mi duda. Yo soy venezolana y mi novio es francés, queremos casarnos en España. Al casarnos en España con estatus de turista (en mi caso) yo debo regresar a Venezuela para cambiar mi estatus?
04/09/2018 10:24
teresita34
¿Puedo casarme en mi situación irregular con un extranjero en España?
29/03/2021 03:04
Buenas noches si mi oreja que es colombiano, viene como turista y queremos casarnos o hacernos pareja de hecho en cuánto tiempo nos podríamos casar yo tengo nacionalidad española. Si en el transcurso de esa semana llegan los documentos apostillados y yo vivo en Hospitalet Barcelona
29/03/2021 14:47
Janka
Hola:

1.- El matrimonio tarda porque requiere la previa tramitación de un expediente registral. Entre la cita que debe solicitar para la presentación de la solicitud y documentos para la incoación del expediente, su tramitación, la audiencia por separado, la evacuación del informe del fiscal y la resolución, puede tardar algunos meses y luego otro tiempo más para la celebración de la boda en el mismo Registro Civil o en el Ayuntamiento (a menos que decida casarse ante notario). Y además, le requerirán muchos documentos y existe la posibilidad de que, si a juicio del juez encargado del Registro Civil o del fiscal, se trata de un matrimonio de complacencia, se deniegue la celebración del matrimonio.

El Registro Civil en España está a cargo de jueces, que su bien en su calidad de encargados del Registro Civil no ejercen funciones jurisdiccionales sino de oficiales del Registro Civil, su actividad se desarrolla siguiendo la ritualidad propia del ámbito judicial y eso hace que todo vaya mucho más lento y más en municipios grandes o en municipios donde el Registro Civil no está a cargo de un juez que se dedica exclusivamente a esa función sino que además ejerce funciones jurisdiccionales (Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, con funciones de Registro Civil, muy común en muchos municipios de España).

2.- En cambio, la formalización de unión de pareja estable aquí en Cataluña se puede hacer ante notario sólo con estar empadronados los dos en la misma vivienda. No se exige un tiempo previo de convivencia cuando se formaliza ante notario. Con todo, hay notarios que exigen un tiempo previo mínimo de empadronamiento en la misma vivienda, pero eso es un criterio de actuación que cada notario fija en su notaría, no algo que exija la ley. De modo que, si están empadronados en la misma vivienda, se puede ir a cualquier notaría y formalizar la unión de pareja estable de acuerdo con el Código Civil de Cataluña. Sólo se necesita el DNI de la persona española, el pasaporte de la persona extranjera y las volantes de empadronamiento de ambos en la misma vivienda. Y sería recomendable que la persona española aporte su fe de vida y estado (se solicita en el Registro Civil) y la persona extranjera su certificado de estado civil del país de su nacionalidad con la Apostilla de La Haya o legalización diplomática, según corresponda.

Tras la firma de la escritura, deberá esperar unos días hasta recibir un mensaje de correo electrónico del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya con la resolución de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña.

Y ya con la certificación de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, si la persona española está trabajando por cuenta ajena o propia, o cobrando el paro o si está jubilada cobrando la presentación contributiva de jubilación o si no está en ninguno de los casos anteriores tiene recursos económicos propios suficientes, el conviviente de hecho registrado podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
15/07/2021 22:16
Hola buenas tardes.
Me gustaria saber si yo me caso en España con un alemán residente en España, de que pais debo solicitar la residencia? Tambien me gustaria saber que documentos necesito para casarme con mi pareja alemán en España?
16/07/2021 14:49
Jose3252
Hola:

1.- Si se casa en España y su cónyuge ciudadano de la Unión es residente en España, le corresponderá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en España.

2.- Si su cónyuge es alemán y se casa en España y luego quisiera ir con él a residir en Alemania, deberá solicitar previamente el reconocimiento e inscripción del matrimonio en Alemania.

3.- Con todo, las personas de nacionalidad alemana, para contraer matrimonio fuera de Alemania, deben solicitar a las autoridades competentes de su país un certificado de capacidad matrimonial, para cuya expedición se ha de tramitar un expediente que puede tomar tiempo. Pero si no lo hace, no podrá tener el certificado de capacidad matrimonial, que es el documento que acredita no sólo su estado civil, sino la inexistencia de cualquier otro impedimento matrimonial. En España sólo se exige el certificado de estado civil del país de nacionalidad de ambos contrayentes, pero cada país expide el certificado de acuerdo con su legislación y hay países donde sólo se expide el certificado de estado civil (que se limita a dejar constancia del estado civil de la persona de acuerdo con su legislación) y hay otros países donde se expide un certificado de capacidad matrimonial, que es un documento más completo, pero cuya expedición exige la tramitación de un expediente en el que se determinará la ausencia de impedimentos matrimoniales.

4.- Para casarse en España se requiere, si ambos son extranjeros, que al menos uno esté domiciliado en España. Esto se prueba con el volante de empadronamiento.

Luego, se ha de aportar, además, los certificados literales de nacimiento de ambos y los certificados de estado civil de ambos. Y se ha de tramitar un expediente previo, que desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Registro Civil, se puede hacer ante notario y con eso, ahorrar tiempo.

Los documentos procedentes de países de la Unión Europea no necesitan legalización ni Apostilla y pueden venir con una ayuda de traducción expedida por las autoridades del país de origen, aunque también se admite certificados plurilingües.

Los documentos expedidos por países que no sean miembros de la Unión Europea han de traer la Apostilla de La Haya o la legalización por vía diplomática, según corresponda y si están en un idioma diferente del castellano, deben estar traducidos al castellano por un traductor jurado de la lista oficial publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

Un cordial saludo.