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visado para reagrupación familiar

2 Comentarios
 
Visado para reagrupación familiar
24/07/2019 09:13
Buenos dias, mi consulta es la siguiente:
Quisiera saber si teniendo pareja de hecho en españa podria solicitar visado para reagrupacion familiar para mi pareja. En la pag del consulado indica que se puede reagrupar al conyuge con los papeles del matrimonio, pareja de hecho y matrimonio tienen la misma validez para solicitar dicho visado?
Gracias
24/07/2019 19:14
Itsas
Hola:

Si es usted un extranjero extracomunitario residente legal en España y consta en documento público la existencia de una pareja de hecho, puede ejercer respecto de ella el derecho a la reagrupación familiar, siempre y cuando ni usted ni ella estén casados con terceras personas. En ese caso, se ha de seguir el procedimiento ordinario de solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar establecido en el Reglamento de la ley de extranjería.

Si usted tiene nacionalidad española o de algún otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, a su pareja de hecho le resulta de aplicación el régimen comunitario.

Un cordial saludo.
26/07/2019 10:26
Condedecartagena
Buenos dias, lo primero muchisimas gracias por su rapida respuesta. Me ha ayudado mucho su explicacion.
Gracias.