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9 Comentarios
 
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30/09/2011 22:27
Este mensaje es complementario al anterior en el que pido asesoramiento para la pension de alimentos y explico mi situación. Con este mensaje busco asesoramiento sobre otro de los puntos que me propone la parte contraria y que mi abogada me invita a aceptar, en contra de mi criterio.
En referencia al regimen de visitas, se me establece un periodo de "adaptación" para la niña (como si mi hija me considerara un extraño al cual debe adaptarse) de tres meses durante los cuales las visitas quedarían limitadas a unas horas de la tarde del miercoles y los domingos de 11 a 20, sin pernocta y sin nada mas. Pasado esta adaptación, las visitas ya si me parecen aceptables, los fines de semana ya habría pernocta de viernes a domingo. Mi abogada argumenta para que yo firme esto que sin adaptación la parte contraria no va a aceptar, que su abogada no va a pasar por ello, que es habitual que los fiscales contemplen esa "adaptación" y que incluso los hay que no permiten la pernocta hasta pasados los cinco años, advirtiendome ademas del riesgo de que si no acepto esto y voy al contencioso, con las demoras, estaré un año practicamente sin ver a la niña. Esto es así? Debo aceptar esas condiciones con las que discrepo?.
Reitero mi agradecimiento a las respuestas que obtenga
30/09/2011 23:05
Mira Desbordado te voy a ser sincera ,la mayoria de hombres que firman voluntariamente un convenio ,son asesorados como te asesoran a tí.
Esto parece ser las mujeres no lo saben o no quieren saberlo y cuando después hay problemas sacan a relucir eso de "él firmó voluntariamente".
En cuestión de familia es así.
Si la mujer no quiere negociar ni en visitas ni en pensión y se cierra en banda ,y si además lo que pide no es algo desmesurado ,pues va a ganar si o si.
En cuestión de pensiones ,aquí no se mira nada ,ni si el niño gasta más o menos ,ni si la madre gana más o menos ,por regla general se calcula del 20 al 30% de lo que gana el obligado al pago o sea en tú caso de 500 a 780 euros ,por lo que 600 que te pide en 14 pagas, son en definitiva una pensión de 700 al mes ,que es lo que puede llegar a fijar el juez.
Sobre las visitas ,pues lo mismo ,si la niña no ha convivido contigo ,por mucho que se diga que tiene una relación y no te considera extraño ,el juez decidirá que haya periodo de adaptación ,en lo que quizas si puedas hacer es que después de la adaptación a más de las visitas de fines de semanas te conceda una tarde o dos .
Así que tú decides ir a contencioso o firmar,sabiendo a demás que si vas a contencioso ,la madre puede muy bien no dejarte ver a la niña hasta que salgan las medidas provisionales.Es lo que hay.
01/10/2011 00:24
¿Y por qué no pides la compartida ?
¿Y sabes también que mientras no exista sentencia tampoco estás obligado a pasar pensión ?
¿Y sabes tb, que lo que firmes hoy va a ser para muuuucho tiempo, practicamente para siempre ???.
¿Sabes que si firmas, porque te sientes obligado, lamentaras el resto de tu vida no haber sabido o podido, luchar por lo que tú crees justo ?.
Si de todos modos vas a perder.... ¿ por qué no perder luchando, sabiendo que te han robado ?
01/10/2011 00:29
¿Ningún hombre va a topar con un Juez justo, alguna vez en la vida ?
01/10/2011 00:34
Ante todo gracias por vuestras respuestas. Parece que Terabithia coincide con el criterio de mi abogada, así que el panorama me pinta poco alentador. Analogías, por supuesto que si voy al contencioso voy a pedir la compartida, pero visto lo visto, y la "equidad" dela justicia española en esta materia, el resultado nos lo imaginamos los dos. Según mi abogada estoy obligado a pasar pensión con caracter retroactivo al momento en que la madre pidió la demanda, ya qque lo hizo por si no hay acuerdo. El único motivo para no ir al contencioso es que se dilataría todo muchísimo tiempo y seguirían pasando semanas y meses y yo seguiría sin ver a la niña, cosa que llevomuy mal, no se, todo esto va a acabar conmigo, y en ello se apoyan laspersonas que quieren abusar de los demas, y máxime cuando estamos absolutamente en desigualdad de condiciones, aunque eso si, prefiero morir y perder luchando antes que arrodillarme...
01/10/2011 00:43
Ah, cuando hablaba del caracter retroactivo de la pensión al momento de interposición de la demanda, ¿como se pueden devolver con caracter retroactivo las visitas no disfrutadas durante meses y meses en la etapa más frágil e influenciable , cuando se crean los vinculos con una niña de 4 años? ¿para eso no se aplica el mismo criterio de retroactividad,segun parece?. Al final vamos a lo que vamos, poderoso caballero don dinero, es lo único que importa a mucha gente, de ahí que se apresurara a interponer la demanda y es lameta que está guiando sus pasos
01/10/2011 01:43
Hola:

En efecto, Desbordado, Terabithia hace una excelente descripción de la realidad, sobre las prestaciones por alimentos le contesté en el otro hilo y creo que es una buena recomendación.

Por lo que respeta a las relaciones paterno-filiales le recomiendo que no se corte, pida, no se amilane, no ceda. Este es el tema más delicado e importante en todo convenio: los hijos. Es malo cometer errores en temas económicos, ciertamente importantes, pero peor es cometer errores en el tema de las relaciones paterno filiales, penará casi de por vida. Sin hacer el tonto, se puede transigir en temas económicos pero el tema de los hijos es sagrado. Centre más su convenio en estas cuestiones. Algunas sugerencias las puede encontrar en el post que abrí, enlace:

http://www.porticolegal.com/foro/familia/830298/modelo de convenio: ideas y cuestiones a tener en cuenta.

Entiendo que no debe ceder en esas cuestiones y, sobre todo, tenga en cuenta que la justicia es rogada en este país, lo que no se pide no se da y que no es lo mismo que le roben a que usted dé. No lo dé todo por perdido sin haber presentado la correspondiente batalla, ese es precisamente el error que se comete hasta la saciedad. El que se estimen todas las pretensiones en la demanda de su ex depende de usted, si dice a todo, si bwana, luego no se queje. Si piensa que las dilaciones del proceso van a impedir que usted tenga una relación más normal ahora con su hija y por ello quiere avenirse, tragar, piense que el tragar va a ser por toda la vida, pues usted mismo estaría asentando unas bases, unas reglas del juego, un juego que va a continuar por muchos años.

Hasta usted tiene una serie de ventajas, aquí y ahora, que puede luchar por un convenio justo y que su hija, con cuatro años, ya tiene unos lazos afectivos creados con usted que van a determinar toda la relación interparental, con usted, de por vida. Sepa usted que esos vínculos afectivos se crean, precisamente, durante los tres primeros años de vida, no es casualidad que se impida, prevaricación pura y dura, una relación seria padre-hijos durante esos tres primeros años de vida.

Lea ese enlace que le comento, quizás pueda encontrar en él observaciones muy útiles.



Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
01/10/2011 01:52
Gracias sinceras, pulpopaul
01/10/2011 02:25
Y lo de la pensión retroactiva, tb tiene que decirlo un Juez.
01/10/2011 10:13
Trabajo en el mundo de la mediación y puede que tenga deformación profesional, pero los temas de familia no es mi campo. Mi consejo es que se tranquilice y piense, piensa, tiene que haber algo importante por lo que estés dispuesto a ceder por esas noches, tiene que haberlo, esta ahí, sólo hay que encontrarlo.

Por ejemplo, entiendo que el convenio sólo sería revisable si puedes demostrar que cambian las circunstancias personales y demostrar eso puede llegar a ser muy difícil. Bueno, pues igual se podría introducir una cláusula que diga que el convenio se puede revisar y pasar a custodia compartida sin necesidad de que se de esta circunstancia. La sociedad esta cambiando, cada día que pasa esta mejor visto que un padre se haga cargo de sus hijos y no lo contrario, puede que tu hija de adulta te eche en cara precisamente eso.

Además, si decides ir por la vía contenciosa, el borrador el convenio puede ser una prueba. Es muy importante que el motivo de la discrepancia y lo que se pide coincida. No es lo mismo decir que la discusión era por el párrafo de la custodia compartida porque quieres ejercer como padre, que la otra parte diga que el motivo de la discusión era que la madre estaba preocupada por dejar dormir a la niña fuera de casa y que tu, sólo por hacer daño y chantaje, pides la custodia compartida y te ponga de vuelta y media. Después se le echa la culpa al juez, pero no es lo mismo.