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Vista

3 Comentarios
 
Vista
17/01/2016 22:40
En que momento de la vista plantearíais la excepción de cosa juzgada: Al iniciarse la misma o después de la prueba.
18/01/2016 10:50
Buenos días, la única razón por la que planteo la pregunta es por qué yo entendía que se planteaba como cuestión previa, sin embargo en la última vista solo se me permitió plantearla tras la contestación. Saludos y gracias por las respuestas
18/01/2016 10:53
Salvo mejor opinión, las excepciones se plantean al inicio de la vista.
20/01/2016 12:58
Gracias por tu respuesta pacog. Nadie más se ánima a dar una opinión.
Saludos