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Visto para sentencia

8 Comentarios
 
Visto para sentencia
06/11/2019 15:24
Hoy tuve el juicio de conciliación laboral pidiendo yo una reducción de jornada en un octavo en turno fijo de mañana. la empresa como testigo a llevado al encargado, es decir, al superior jerárquico mío, el cual ha tomado la palabra cuando le ha preguntado tanto mi abogado como el abogado de la empresa. sin embargo a mí ni mi abogado y el abogado de la empresa ni el juez me ha dicho que puedo hablar en ningún momento. he estado una hora, que a durado el del juicio, escuchando las medias verdades de mi encargado y las mentiras del abogado de la empresa. Al salir mi abogada ha dicho que la discusión que tiene el juez ahora es si decidir si el horario mío es lo que pone en el contrato turno de mañana de 7 a 15 horas y rotativo de tarde de 15 horas a 23 horas o bien estoy en turno fijo de mañana de 7 a 15 horas y aquí reducirme la jornada ya que la reducción de jornada la tengo concedida. ¿Cuánto tiempo suele pasar en dictar sentencia? ¿Quién la recibe mi abogada o la recibo yo personalmente? ¿Puedo ir y recurrir la sentencia en caso de que no salga favorable?
06/11/2019 15:26
javier1984
se me olvidaba comentar que el juez tiene esta discusión puesto que en mi contrato pone que puedo trabajar a turno aunque la realidad es que desde hace muchísimo tiempo y estoy trabajando solo en turno de mañana han sacado los registros de fichar y desde el año 2015 he ido a trabajar por las tardes puntualmente por un apretón de trabajo y han sido 96 días mi pregunta es entonces mi jornada ordinaria es de mañana o la jornada ordinaria mía es la que pone en el contrato turno rotativo de mañana y de tarde
06/11/2019 17:53
javier1984
Por regla general la sentencia no sera recurrible, solo en algunos casos en los que se haya vulnerado los derechos fundamentales.
Cinco días para dictar sentencia y dos días para comunicarla a las partes, podría ser un poco mas y no poder hacer nada contra esto, pero no s preocupe tendrá su sentencia antes que acabe el mes con total seguridad.
No le llamaron a declarar, porque su abogado no lo puede llamar como parte del interrogatorio, solo lo puede hacer la empresa. Las partes no se pueden llamar así mismas, por tanto su abogado no lo puede llamar para interrogarlo.
06/11/2019 18:39
Luisconrad
Luis, pues el abogado de la empresa SI llamo al testigo suyo. Y entonces yo ¿como puedo contrarrestar las mentiras que han dicho? Otra cosa .. ¿que es la jornada ordinaria... El horario del contrato.... O el que se hace habitualmente sea lo que sea lo que ponga en el contrato? La indemnización me dijo el abogado que lo más seguro la perdamos ( no busco indemnización...busco mi derecho). ¿Como cree usted que puede acabar? El abogado de la empresa puso como ejemplo una sentencia del TS de Cataluña que negó la reducción al trabajador del año 2013. ¿Eso significa que también yo he perdido?
07/11/2019 09:17
javier1984
Una última cosa. Independiente de si gano la demanda o la pierdo, ¿Me podrían despedir? Es que me han comentado que han escuchado hablar al jefe con el encargado, que a ver si terminamos pronto y me despiden. Estoy en un sin vivir.
07/11/2019 10:03
javier1984
La jornada ordinaria es la que no es extraordinaria, es decir la que no conlleva horas extras, es la que usted hace que esta firmada en el contrato.

Usted no puede hacer nada para contrarrestar las mentiras, el tema ya esta juzgado y si pudiera probar que mintió, tendría que denunciar al testigo en los juzgados de instrucción.

En el juicio cada uno presenta sus pruebas, la empresa presento las suyas incluido un testigo...Ya no hay nada mas que hacer.

Si la empresa lo echa tendrá que poner el demanda por despido nulo.
07/11/2019 10:08
javier1984
¡Ah! la sentencia la recibirá su abogado, que me olvide de contestarle a ello.

Aquí lo que se discute es si la empresa puede o no puede, si le causa un grave perjuicio o no, el darle el turno que usted quiere. En base a ello el juez decidirá. Es imposible decirle nada mas, porque no estuve allí. Hay veces que el juez lo ve adecuado y otras que no... La reducción, es bastante mas fácil de conseguir que la adaptación. Suelen dar ambas si se prueba la necesidad de esa adaptación y/o reducción.
07/11/2019 11:05
Luisconrad
¿Es decir aunque pierda la demanda el despido sería nulo? Es que tengo todas las las papeletas de ser despido. ¿Ahora se supone que el juez leerá todos los documentos no? Muchísimas gracias
07/11/2019 12:44
javier1984
En efecto, usted debería de interponer la demanda con motivo de que el despido sería con motivo de haber hecho uso de la tutela judicial... El hecho de que pierda un juicio no es motivo para que lo echen sin mas. El despido sería nulo si consigue probar que se debe a la toma de represalias. Pero también es cierto que la empresa podría alegar motivos disciplinarios y probarlos, mientras usted haga su trabajo, no hay que temer.