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Vivienda de renta antigua

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Vivienda de renta antigua
10/11/2008 14:59
Hola, el foro me parece muy productivo y las soluciones que dan me parecen muy acertadas, y por eso les vengo a proponer una cuestión.

El caso es que un familiar indirecto es propietario de una vivienda construida en 1970 acogida entonces al R.D.2114/1968, (creo que actualmente según el RD 727/1993 la vivienda es de renta libre ¿no?, es más la placa que había en la entrada del portal que decía literalmente "Ministerio de la Vivienda-Instituto Nacional de la Vivienda Esta casa está a cogida a los beneficios de la Ley de 15 Julio de 1964" ya no está expuesta ) el caso es que la vivienda se alquiló en 1983 y por tanto se rige por la LAU/64.

Las preguntas son varias:

¿Es aplicable la D.T 2ª de la LAU/94?

¿se le puede repercutir al inquilino el IBI que paga el propietario de la vivienda? ¿y los gastos de la comunidad (por ejemplo el agua de la vivienda se paga en la comunidad y no se leen contadores?

Al fallecimiento del inquilino, ¿puede haber subrogación?

En caso que el inquilino solicite una reparación, que parte de la factura pagaría el inquilino y cuanta el propietario?

En caso de cambio de ascensor, se pasa recibo extra (derrama) se le puede repercutir parte al inquilino?

Gracias
Vivienda de renta antigua | PorticoLegal
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10/11/2008 14:59
Hola, el foro me parece muy productivo y las soluciones que dan me parecen muy acertadas, y por eso les vengo a proponer una cuestión.

El caso es que un familiar indirecto es propietario de una vivienda construida en 1970 acogida entonces al R.D.2114/1968, (creo que actualmente según el RD 727/1993 la vivienda es de renta libre ¿no?, es más la placa que había en la entrada del portal que decía literalmente "Ministerio de la Vivienda-Instituto Nacional de la Vivienda Esta casa está a cogida a los beneficios de la Ley de 15 Julio de 1964" ya no está expuesta ) el caso es que la vivienda se alquiló en 1983 y por tanto se rige por la LAU/64.

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¿Es aplicable la D.T 2ª de la LAU/94?

¿se le puede repercutir al inquilino el IBI que paga el propietario de la vivienda? ¿y los gastos de la comunidad (por ejemplo el agua de la vivienda se paga en la comunidad y no se leen contadores?

Al fallecimiento del inquilino, ¿puede haber subrogación?

En caso que el inquilino solicite una reparación, que parte de la factura pagaría el inquilino y cuanta el propietario?

En caso de cambio de ascensor, se pasa recibo extra (derrama) se le puede repercutir parte al inquilino?

Gracias