Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vivienda habitual, diferentes padrones, matrimonio.

4 Comentarios
 
Vivienda habitual, diferentes padrones, matrimonio.
09/01/2019 16:23
Soy residente en Bizkaia, en un piso de VPO, que en mi declaración de IRPF desgravo como vivienda habitual.
Mi pareja es residente en Araba y con dos hijos de su anterior matrimonio de 13 y 15 años. Hace la declaración de IRPF conjunta con sus hijos, como familia monoparental. Ha agotado ya el credito fiscal por lo que no deduce ninguna cantidad por su vivienda, pero tiene sus hijos escolarizados en Araba.
En caso de matrimonio:
1-Puede ella seguir empadronada en Araba(por la escolarizacion de sus hijos) y yo en Bizkaia (tengo aqui mi trabajo), y seguir desgravando mi piso como vivienda habitual?.
2-Puedo tener problemas con Inspeccion de vivienda, al estar empadronados en sitios diferentes?
3-Puede ser un problema si más adelante perdiese el trabajo y fuese al paro?.
4-En caso afirmativo al primer punto, en futuras declaraciones de IRPF:
a-Puede mi pareja seguir haciendo declaracion conjunta con sus hijos en Araba y yo individual en Bizkaia?
b-Si mi pareja hace conjunta la declaracion conmigo, podria meter a sus hijos?. Donde debería de hacerla?. En Bizkaia o Araba?
09/01/2019 19:28
Lasduda
Me temo que tendrá que hacer estas preguntas en un foro de derecho vasco.
10/01/2019 09:11
Pepe123
Agradezco su respuesta.
Por facilitar una posible respuesta que pudiera ser de ayuda para otras personas en situación similar, donde dice Bizkaia, ponga Ud. Valladolid y donde dice Araba, puede poner Palencia. Matices concretos a parte, las diferentes Haciendas proceden de maneras similares en las cuestiones más genéricas.
Gracias.
10/01/2019 18:46
Lasduda
Hola Lasduda, cada Hacienda tiene su propia normativa que es la que hay que aplicar. Por ejemplo en Bizkaia las parejas de hecho forman una unidad familiar de forma obligatoria, en cambio en la A.E.A.T. está prohibido.

1) Administración competente: Dependerá de si la tributación es individual o conjunta.
En tributación individual la exacción del IRPF puede corresponder a dos administraciones distintas (Bizkaia y Araba por ejemplo), pero en tributación conjunta la exacción del impuesto corresponde a una sola Administración.

Cuando los contribuyentes integrados en una unidad familiar tuvieran su residencia habitual en
territorios distintos (Bizkaia y Araba por ejemplo) y optasen por la tributación conjunta, la exacción
del impuesto corresponde a la Administración del territorio donde tenga su residencia habitual el
miembro de dicha unidad familiar con mayor base liquidable.

2) Quienes constituyen la unidad familiar: En caso de matrimonio, y en Bizkaia también las parejas de hecho, la unidad familiar está constituida por ambos cónyuges o miembros de la pareja junto con todos los hijos menores de ambos, da igual que sean propios de uno, propios del otro o comunes de ambos, todos integran la unidad familiar.

3) Opción por tributación conjunta: Solo pueden optar por tributación conjunta las personas
integradas en una unidad familiar. La opción por tributación conjunta abarca la totalidad de los miembros de la unidad familiar. Si uno de ellos presenta declaración individual, los restantes miembros de la unidad familiar deberán seguir el mismo régimen. Esto significa que si un cónyuge o pareja de hecho tributa en declaración individual, el otro cónyuge o pareja de hecho no puede presentar declaración conjunta con sus propios hijos, deben presentar necesariamente declaración individual.

Un saludo.
10/01/2019 19:20
Mar08
Gracias por la respuesta.
Entiendo entonces que aunque la residencia habitual se estableza en un sitio (bizkaia por ejemplo), si la mayor base liquidable corresponde a Araba, no podría desgravarse la vivienda habitual de Bizkaia, a no ser que se hicieran declaraciones separadas. En este caso se desgravaria la residencia habitual de Bizkaia (en Araba no corresponde por estar agotado el credito fiscal), pero mi pareja no podria hacer la conjunta con sus hijos. Es asi?
Por otro lado, es esto viable?. Me refiero a tener dos residencias diferenciadas, con empadronamientos diferentes?. No debe la unidad familiar residir en una única vivienda?.