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vivir en localidad distinta a la del trabajo

14 Comentarios
 
29/07/2005 10:39
A ver Roni, si no firma y se va a vivir fuera, no le echan directamente, sabes que no funciona como la empresa privada, pero te recuerdo que es un deber inherente al desempeño de la función pública y se abriría un procedimiento disciplinario que acabaría en una sanción disciplinaria que en el mejor de los casos implicaría un traslado con cambio de residencia, pero en el peor acabaría con la separación del servicio.

Si firma y tiene un accidente, es como si el accidente lo tuviera conduciendo, por ejemplo, un fin de semana de camino a casa de un amigo, es la consecuencia que tiene la firma.

Casos de no firmar y vivir fuera y que han acabado con la separación del servicio? pues desgraciadamente varios, entre ellos el de algún amigo íntimo. En ese caso es que además no llegó a pedir la autorización necesaria, y cuando la administración le comunicó que tenía 3 meses para cambiar su residencia, él hizo caso omiso y acabo con la separación del servicio, acabó en un Contencioso y perdió.

Evidentemente puedo fallar en mis opiniones, lo que pasa es que en este caso no son opiniones mías, sino de gente como Palomar Olmeda, Sánchez Morón, Parada, etc...

Yo considera esta norma un anacronismo, pero de momento sigue en vigor y se aplica, quizás con demasiado severidad y casualmente en casos donde el funcionario está en el punto de mira por alguna razón.

Por qué le hacen firmar? pues muy sencillo, la administración considera que si se va a vivir fuera del municipio, ello aumenta las posibiliades de accidente in itinere y por tanto, quiera que la gente que se vaya a vivir fuera firme esto, para no tener que asumir ese mayor riesgo. En ese sentido lo veo razonable también, es decir, la administración consiente que el funcionario viva más lejos, pero que sea él quien asuma el mayor riesgo de accidente.



29/07/2005 02:28
Preguntas Landomn:
Si no firma y vive fuera del municipio, que le puede pasar según tu?. le echan directamente

Si firma y tiene algún dia un accidente, que le pasa, que no tiene derecho a nada, ni a protección social, acaso tampoco la asistencia médica, entonces para que cobra MUFACE sus cuotas?.

Cuantos casos conoces en ambas situaciones, es decir que hayan echado por no firmar y vivir fuera y de los que desgraciadamente han tenido un acciidente in itinere y no ha tenido derecho a las prestaciones sociales

Puede ser que tu falles en tus opiniones o es dogma de fe?
27/07/2005 16:06
Roni, fallas en tus dos opiniones:

-No se trata de que o firme o se va a la calle, se trata de que o firma o no le autorizan a vivir fuera del municipio, autorización que necesita expresamente. Podrían echarle si no firma y se va a vivir fuera. Es decir, es muy diferente a lo que tu has dicho. Evidentemente puede no firmar y vivir en el municipio.

-Evidentemente hay derechos irrenunciables, pero no es el caso de estos derechos, por tanto no es nulo. Cuidado con este tipo de consejos, porque si os hace caso y firma pensando que es nulo cuando no lo es, se puede encontrar después con el problema.

Hay que tener en cuenta que esto que le hacen firmar, no es nada del otro mundo, es práctica habitual en muchas de las Administraciones, sobre todo en las de ámbito estatal
27/07/2005 03:35
Yo no me preocuparía demasiado, si eres funcionario, no te pueden plantear la disyuntiva de "o firmas a te vas a la calle", la condición de funcionario no se pierde por negarse a firmar un papel, habría que aplicar el procedimiento disciplinario y que me cuenten que responsabilidad puede llevar negarse a firmar un documento para que te apliquen la máxima sanción disciplinaria.

Por otra parte, el que tu firmes un papel renunciando a la protección de la salud o tus derechos en caso de accidene "in itinere" es lo mismo que firmar un papel mojado, no sirve para nada ,porqué hay derechos irrenunciables y cualquier documento que lo disponga es nulo, es decir como si no existiera, así que yo no me preocuparía tanto.
25/07/2005 15:39
Vamos a ver Borque, me parece que no has entendido lo que te han contestado:

-Tienes derecho a una indemización por vivir lejos y también a la posible por accidente in itinere, por tanto, te están diciendo que renuncies "a cualquier indemnización" y por tanto debes firmar si quieres esa autorización

-Creo que tampoco entiendes que cuando digo que si quieres lo aceptas y si no te gusta lo dejas, es simple y llanamente que esas son sus condiciones y por tanto, las aceptas o no, porque lo pueden hacer, me parece que si lo analizas desde un mente simplona, te puede parecer simplón. Si tu consideras injusto eso, pues te aguantas, porque no lo es. Es un acuerdo, ellos aceptan que tú vivas fuera del municipio, pero a cambio no quieren asumir las posibles concecuencias de eso, es tan fácil como eso. Tú sales ganando porque vives donde quieres y ellos no pierden si tú tuvieras un accidente como consecuencia de ello.
25/07/2005 13:05
Pero si no tengo derecho a la indemnización no hace falta que renuncie a ella firmando un documento, directamente no me la dan y ya está. Eso es lo que a mí me mosquea.
Y lo que dices de que esas son las condiciones, y si quiero las tomo y si no las dejo, lo veo una postura muy simplona, si en esta sociedad se consiguen avances es porque hay gente que lucha contra lo que considera injusto.
25/07/2005 11:33
El artículo 19 no tiene el sentido que se pretende aplicar aquí.
Solamente, como tema rápido, es que nadie ha puesto nunca en duda el artículo 77.

Borque, esas son las condiciones que tienes y te ponen una condiciones para autorizarte, si te parace bien, pues firmas y si no te parecen bien, pues eliges si segguir trabajando y viviendo en la misma localidad o si te vas, pero sin te vas seguramente perderás el puesto de trabajo.
25/07/2005 08:09
Gracias por vuestras respuestas.

La renuncia que me hacen firmar es también para accidentes "in itinere", me consta que es así porque hay casos.

Si os sirve de algo, la administración refererida es el Ministerio de Defensa.
23/07/2005 17:16
Art. 19 de la Constitución Española

"Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el teritorio nacional"

Me imagino que la solicitud no se refiere a que no tengas derecho a ninguna indemnización en caso de accidente, ya que sería accidente profesional "in itinere",se referirá para queno puedas pedir inmenización por desplazamiento y dietas. digo yo..

22/07/2005 18:20
Art. 77 complentamente en vigor.
perfil nel
22/07/2005 17:06
En las legislaciones de funcionarios sigue existiendo el "deber de residencia" en el municipio donde se trabaja y sólo se puede vivir en otro municipio si le dan la autorización, caso que normalmente sucede.
Es evidente que la administración puede pedir alguna condición para no salir perjudicia al respecto y como no es un derecho laboral irrenunicable, pues o aceptas el pacto o no puedes vivir en otro municipina, so pena de perder el puesto
22/07/2005 13:53
Ni hagas la solicitud, ni firmes renuncia. Eres libre de residir donde estimes oportuno con independencia de la distancia y del tiempo que tarde en llegar al lugar de trabajo.
21/07/2005 12:51
Si, pero parece que en algunos sitios vamos a peor.
¿qué harías tú en este caso? Yo creo que no pueden obligarme a firmar esa renuncia.
21/07/2005 12:23
Creo recordar que en legislaciones, ya superadas en temas de funcionarios existia el termino "deber de residencia", pero eso hoy en dia creo que no es efectivo. Incluso hay Administraciones Publicas que otorgan dias de permiso a sus funcionarios para el traslado por cambio de residencia a otros municipios.
Vivir en localidad distinta a la del trabajo
20/07/2005 12:24
Hola, os voy a contar este caso, a ver que opináis.
Soy funcionario, y en la administración en la que trabajo nos obligan a los que vivimos en localidad distinta a la del puesto de trabajo a hacer una solicitud para que nos den permiso para poder vivir en una localidad distinta.
En mi caso no tengo problema, porque vivo en un pueblo a 7 km. y tardo diez minutos en llegar a mi trabajo.
El problema está en que han sacado una orden que además de esa solicitud tenemos que firmar una renuncia expresa a cualquier indemnización que pudiera surgir por esa autorización, por lo que el caso de un accidente en el trayecto de mi casa al trabajo no estaría cubierto.
¿que pensais? creo que no voy a firmar esa renuncia, no sé lo que me pasará.
gracias.