Pues eso es fácil, di va a coger la baja en unos dias mire primero la base de cotización del mes anterior a la fecha de la posible baja y sabra sobre que base se calculara su salario.
No aún no estoy de baja . Preguntaba si se puede hacer y es legal , no pretendo aprovecharme de nada , pero al ser una baja larga , qué sentido tiene que esté con una reducción de jornada ? Y si no volviera al 100% le preguntaba si al estar cotizando ahora mismo como jornada completa , a la hora de lo que cobre de la baja si es en razón de jornada completa como estoy cotizando .
Eso ya lo entendí y me parece aprovecharse del sistema pero en definitiva le repito que puede usted digamos anular la reduccion y volver al 100% eso si tiene que ser con 15 días de antelación y antes de esa baja por maternidad si ya esta de baja hasta que no comience a trabajar, como va a comunicar con 15 días de antelación? Creo entender ahora que usted ya esta de baja, no? SMO
Porque si me quedaste con la reducción de jornada en la baja por maternidad al estar dentro de los dos primeros años cobraría el 100% de la base de cotización , pero de IT también cobraría como si estuviese al 100% ?
Si yo eso lo entendí la primera vez que me contestó usted pero esa no es mi pregunta. A ver , yo ahora mismo tengo la reducción de jornada al 50% , si y sé que la puedo cambiar cuántas veces quiera pero mi duda es la siguiente : me tengo que dar de baja por riesgo en el embarazo y no cobraría lo mismo estando al 50 % aunque este cotizando al 100% por estar dentro de los dos primeros años de reducción de jornada,no? Por eso pregunyo si puedo volver al 100% y automáticamente después darme de baja , me explico ?
A ver si consigo explicarlo, usted puede cambiar su reducción tantas veces como quiera solo tiene que hacerlo enviando un escrito a la empresa, con acuse de recibo), con 15 dias de antelación, por tanto pongamos por caso que tiene usted una reduccion de jornada al 50 % y ahora pretende volver a jornada completa pues escrito al canto con esos 15 dias antes de comenzar esa jornada y viceversa tantas veces como desee cambiar de reduccion entre 1/8 y 1?2
Ya , sé que puedo modificarlo , pero como me tengo que dar de baja , lo que no sé si puedo hacer esto de volver a jornada completa y darme de baja después , me explico ? Porque claro imagino que a la hora de cobrar estando de baja no es lo mismo , aunque estoy dentro de los primeros dos años de reducción de jornada por cuidados de hijos que se cotiza al 100% no? Es decir que a la hora de cobrar en la baja por IT y la de maternidad estando dentro e esos dos años cobraría el 100 % de la base de cotización como si estuviese a jornada completa? No lo entiendo bien
Hola buenos días , tengo reducción de jornada por cuidados de hijos menores de 12 años . Me indicaron que en cualquier momento cuando quisiera podría volver a jornada completa , lo que no sé si debo avisarlo con algún tiempo de antelación. Me acabo de enterar que estoy embarazada y mi ginecólogo me indica que es un embarazo de riego y que debo tener reposo , por lo que me tendré que dar de baja y quería volver antes de darme de baja a la jornada completa . Habrá algún problema ? Gracias.