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votos posteriores a la junta

53 Comentarios
Viendo 41 - 53 de 53 comentarios
28/04/2006 18:27
Creo que te vuelves a confundir María Rosa:
Si en la primera junta lo aprueban CINCO y en la segunda, SEIS deciden contradecirse, pero para peor, esto pone de manifiesto que los que quieren poner puertas al campo no son más, y si se convoca la junta es la mayoría que no va a las juntas, pero que no traga con la modificación de poner cerrojos a las puertas del campo la que votaría en contra, por APLASTANTE diferencia.

osea que si nos atenemos a que un acuerdo aprobado por mayoria simple se puede cambiar por otro aprobado por lo mismo, entonces si se puede cambiar, por el simple hecho de que la votación sería negativa y no habria pues ná que rascar.

P.S. Iganicio. lo que no sé y me gustaría saber es si el tema que nos ocupa se circusncribe en el punto 1 o no del artículo 17.

Saludos.
28/04/2006 18:43
Bueno vecino, pero que No se entere mi administrador, pues hace unos día vi lo que cobran los administradores por sus menesteres y las Juntas extraordinarían hay que pagarlas a parte. Y NO está el horno pa bollos.

Saludos.

28/04/2006 18:51
Pero vecino, ¿Por qué No me has dicho antes que hablavas de puertas? Yo estoy hablando de ascensores y cuotas de participación. ¡haberlo dicho antes!
Sin acrimonia.
Saludos.
29/04/2006 02:24
donde he puesto " hablavas" quise poner hablabas, ese error a sido de "telado", ¡palabra!.
29/04/2006 18:40
;aria Rosa:
¿Pagarles por as xetraordinarisa?=.

Pero, ¿porqué pagarles?.
29/04/2006 19:17
Discolo, he leido, en alguna parte, que las Juntas extraordinarias se pagan a parte, NO se si tu pregunta va por ahí.
Cierto es que a mi administrador NO hay que pagarsela, pues el mismamente se las cobra.

Saludos.
30/04/2006 00:51
A lo que diga el contrato con el administrador.
Claro, si es como el que firmaron los listillos de mi comunidad, contesto estoy porque no me ha quitado el piso, que todo se andará.
30/04/2006 08:59
Voy a preguntarle al administrador a ver si tenemos algún contrato. De lo que sí estoy segura es, que nunca hemos tenido N.I.F., hasta hace 2 años que se aprovó la instalación del ascensor, lo que NO sé si ahora, que ya se ha pagado (el ascensor, nos van a dar de baja en el N.I.F., Eso sí, el I.V.A, nos lo han cobrado siempre.

Saludos.
02/05/2006 13:11
Gran parte de los administradores que yo conozco, cobran el mínimo que indica sus colegios y no suelen cobrar las juntas extraordinarias, es que hay mucha competencia, le(g)al y "desle(g)al", seguramentte por eso no os cobrará, seguro que sabe que puede cobrarlas.
02/05/2006 18:28
Hola Tuno.
Creo que en mi Comunidad NO nos cobran la Juntas extras, pero luego nos las descuenta, creo.
La única vez que hemos tenido una junta extraordinaria (Instalación ascensor), el administrador nos dijo que decidiéramos rápido, “porque NO podía estar convocando Juntas sólo para ese menester. Eso sí, después de esa Junta extra, NO hubo otra hasta dos años después, es decir, en la última Junta ordinaria se han aprobado las cuentas de los dos últimos años.

Cordiales saludos.
02/05/2006 18:59
Es curioso como por defecto, la mayoría de los abogados administradores de fincas profesionales, se arrogan las funciones del secretario, cuando curiosamente el Legislador, lo que pretendió es que los cargos de secretario y administrador fueran desempeñados por personas distintas, ya que entendió que la concentración de funciones (poder), si bien era posible, era perjudicial para la vida de las comunidades.

Observar que también puede existir la figura del Secretario-Presidente, y sin embargo nadie apunta en ese sentido.
02/05/2006 19:04
Por cierto María Rosa, ¿En tu comunidad tampoco se aprueban presupuestos?¿sólo cuentas? ¿Y entonces, de qué presupuestos son esas cuentas?

Eso huele a acuedo contrario a la Ley.
02/05/2006 19:05
¿Por qué sera? ¡¡Adivina!!
Saludos.
02/05/2006 23:54
Vicente, lo de ¡¡adivina!! Era en respuesta a tu penúltimo mensaje.

En mi Comunidad antes de ir a la Junta ya se sabe lo que se va a aprobar (todo) basta con que haya mayoría de los presentes, es decir, van cinco, contando con el administrador (su palabra o “voto” es decisivo) y lo aprueban todo por unanimidad, incluso lo que necesita de unanimidad de todos los comuneros, y el que NO esté de acuerdo? que se .oda. Ahora, desde hace dos años, se que quien NO este de acuerdo puede impugnar, me lo he tomado muy en serio y en ello estoy.
Lo bueno que tiene mi Comunidad es que cuando hay alguna avería de tuberías y/o goteras enseguida se arregla. Nunca nos enteramos quien tiene la culpa pero siempre se le carga a la Comunidad.
Hace 6 meses le salieron goteras a uno del 1º; el del 2º dijo que era de la bajada (terraza), esto lo dijo porque el baño del 3º lo “hizo” él y un amigo suyo, y entonces la humedad tenía que ser de la bajada del tejado (eso que, por aquel entonces andábamos con sequía; pero aprovecharon un día que llovió …...; me preguntaron a mí (vivo en el 4º, por encima de ellos), y les dije que yo NO tenía goteras ni humedad; NO se fiaban y les deje pasar a mi casa; efectivamente, NO había humedad. NO obstante llamaron a alguien (para eso ellos eran el “presi” y “vice”) he hicieron algo en el tejado (1200€, lo ví en la nota de gasto mensuales del tablón de anuncios). 4 meses más tarde la mujer del 1º seguía con goteras en su baño, le abren y dicen que es de arriba, abren en el 2º y sigue siendo de arriba, abren el 3º y la avería está ahí. Al final NO sé si las goteras eran por la chapuza que le hizo el del 2º (“presi”) al del 3º (“vice”) pero lo ha pagado la Comunidad. Yo NO quiero saber nada.

Saludos.