Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vuelta de excedencia

1 Comentarios
 
Vuelta de excedencia
perfilAnónimo
19/08/2016 13:40
Una trabajadora solicita una excedencia por cuidado de hijos de 32 días , el último día que indica en la solicitud es un viernes. Teniendo en cuenta que no trabajamos ni sábado ni domingo , la tengo que dar de alta en seguridad social un sábado y pagarle dos días de salario correspondientes al fin de semana ??? la puedo instar a que solicite la excedencia hasta el domingo??????
19/08/2016 17:54
Anónimo
Pues no es muy grave para la trabajadora la perdida de dos días sin cotización pero tampoco es tan grae para la empresa, ¿no cree?
Todo el periodo de excedencia por cuidado de hijas e hijos (tres años) tiene la consideración de situación asimilada al alta a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social, salvo para la incapacidad temporal, la maternidad y la paternidad.

Los tres años de excedencia por cuidado de hijas e hijos se consideran como cotización efectiva para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
Vuelta de excedencia | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vuelta de excedencia

1 Comentarios
 
Vuelta de excedencia
perfilAnónimo
19/08/2016 13:40
Una trabajadora solicita una excedencia por cuidado de hijos de 32 días , el último día que indica en la solicitud es un viernes. Teniendo en cuenta que no trabajamos ni sábado ni domingo , la tengo que dar de alta en seguridad social un sábado y pagarle dos días de salario correspondientes al fin de semana ??? la puedo instar a que solicite la excedencia hasta el domingo??????
19/08/2016 17:54
Anónimo
Pues no es muy grave para la trabajadora la perdida de dos días sin cotización pero tampoco es tan grae para la empresa, ¿no cree?
Todo el periodo de excedencia por cuidado de hijas e hijos (tres años) tiene la consideración de situación asimilada al alta a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social, salvo para la incapacidad temporal, la maternidad y la paternidad.

Los tres años de excedencia por cuidado de hijas e hijos se consideran como cotización efectiva para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.