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ya tengo la sentencia de divorcio

63 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 63 comentarios
07/04/2008 14:24
Morgana, empiezo a tener una duda, no respecto de las nulidades canónicas (ya te dije en este post que me parecía una buena idea), sino respecto a que una sentencia canónica reconocida civilmente extinga una pensión compensatoria...en qué te basas para decir que se extingue? es que por mucho que lo pienso no lo encuentro, ya que no está como causa de disolución de la compensatoria.

Si me lo pudieras aclarar, te lo agradecería, a ser posible con algún texto legal o jurisprudencia ad hoc. Un saludo
07/04/2008 14:34
No me baso en nada,es que es así,puesto que al anularse un matrimonio es como si jamás hubiera existido y si no ha existido un matrimonio..¿cómo se puede pagar una pensión compensatoria por algo que no ha existido?.Repito no es que lo diga yo es que es así.
07/04/2008 14:45
Extinción de la pensión compensatoria

La pensión se extingue por:

· Cese de la causa que lo motivó, desapareciendo de esta manera el desequilibrio económico entre ellos.
· Por contraer el acreedor nuevo matrimonio o vivir maritalmente con otra persona.
· Fallecimiento del acreedor. Si el que falleciese fuese el deudor, continuaría el derecho del acreedor, aunque los herederos pueden solicitar su reducción o supresión si el caudal hereditario no cubriera la deuda o afectase a sus derechos sobre la legítima.
· Cumplimiento del plazo establecido, si se acordó
· Reconciliación en la separación
· Prescripción
· Declaración de nulidad del matrimonio.

Pensión Indemnizatoria

Cuando el matrimonio es declarado nulo, no cabe pensión compensatoria, aunque si una "pensión indemnizatoria" única, que exige:
· La buena fe del acreedor y la mala fe del condenado al pago
· Que haya existido convivencia matrimonial

Para determinar su cuantía, hay que estar a los mismos aspectos vistos para la pensión compensatoria.

08/04/2008 16:57
Una dua, si transcurrido el plazo pactado para el pago de compensatoria, y tu ex lo denuncia para seguir cobrando, ¿es posible que gane el juicio?
Gracias de antemano por la aclaracion
10/04/2008 02:35
También yo deseo saber la respuesta!
10/04/2008 13:35
joloperos si se termina el plazo para el pago de la compensatoria,no ha lugar a ninguna reclamación,puede denunciar pero se quedara con las ganas.


JuanMCP,en cuanto a la partida de bautismo,he de decirte que en el juzgado,rellenas la solicitud y hay una sección donde se piden los certificados y partidas de otras ciudades(si es que es eso lo que desconoces).Si no lo sabes ellos se encargarán de saberlo.Si les quieres facilitar la tarea y que vayan al grano intenta saberlo por otros medios,amigos familiares etc.
10/04/2008 13:43
Como he dicho siempre, yo soy partidario de la nulidad eclesiástica, así queda cualquier tipo de vínculo extinguido y el matrimonio declarado como nulo.

Eso sí, la sentencia de nulidad canónica, aunque se homologue civilmente, no extingue una pensión compensatoria anterior fijada por un tribunal civil.

Es cierto, como dice morgana6, que hay jurisprudecia que en su momento la extinguía por sobrevenir posteriormente una sentencia de nulidad canónica, como las sentencias de las AAPP de Palma de 25 de mayo del 92 o la de la Málaga del 21 de abril del mismo año.

Pero a partir de la sentencia del Tribunal Supremo de 5 de marzo de 2001, ésto ya no es así ya que por mucho que una sentencia de nulidad declare nulo un matrimonio, ésta no puede ocultar que evidentemente de hecho hubo una convivencia y un desequilibrio procedente de la misma.
10/04/2008 14:20
y el desequilibrio que se produjo cuando se casaron, con lo que una persona que a lo mejor no trabajaba o si lo hacia y cobraba menos....cuando se caso incremento su nivel de vida??

¿Quien compensa esto?
10/04/2008 16:53
matrimonio=acuerdo entre dos partes
11/04/2008 10:37
Si existe jurisprudencia,quiere decir que al haber un precedente se puede acoger a eso y en el caso de la nulidad se puede optar por una cantidad única en concepto de indemnización si se detecta buena fe por alguna de las partes.Una vez dada la indemnización ya no ha lugar a compensatoria.Además hay que luchar para que en los casos de que la ex,tenga medios,edad y posibilidad de acceder al mundo laboral,si es que no está trabajando,como muchas,para que esa pensión compensatoria no la reciban.Solo en casos de desamparo y avanzada edad o enfermedad, es cuando yo la otorgaría.
11/04/2008 11:40
En eso estoy totalmente de acuerdo contigo. Yo sólo daría la compensatoria temporal y durante poco tiempo, pq a día de hoy casi cualquiera tiene acceso al mundo laboral.

Eso sí, el tema de la pensión de viudedad no ayuda nada a ésto, pq ahora todo el mundo querrá una compensatoria en sus convenios reguladores para obtener la de viudedad...
11/04/2008 16:43
Pues en manos del juez está en no otorgar esas pensiones compensatorias,cuando su señoría detecte el "morro" que tienen muchas a la hora de vivir a costa del marido y máxime cuando ese marido no tiene ni donde caerse muerto,que hay muchos casos.
11/04/2008 16:46
¿Como se puede averiguar si mi ex esta cobrando 400 € que da el estado por esta cuidando a una persona invalida?
Gracias
11/04/2008 16:52
Se refiere a la ayuda por la ley de dependencia?.
11/04/2008 16:55
Si, a la ley de dependencia, ¿si la cobra, puedo hacer una revision de las medidas acordadas en su momento para dejar de abonarle pa pensión compensatoria?
gracias
11/04/2008 16:58
Creo que si es por trabajo dedicado al cuidado de mayores,no creo que en la seguridad social le den ningún tipo de información,no siéndo el interesado.Pero puede probar un enlace que le dejo para consultar ese tipo de cosas,no sé el resultado del funcionamiento,pues no lo he probado nunca,peronada sepierde por intentarlo.

http://www.einforma.com/servlet/app/portal/GOO/prod/NEW_USER_PROMOCION_SUBVENCIONES?gclid=CPj_kbyh05ICFQQF1QodLCI_Hg
12/04/2008 12:07
Hola a tod@s.Es la primera vez que escribo en un foro así que perdonad si no lo hago bien. Tengo una duda sobre la pensión de viudedad. Yo estoy divorciada hace un año y tengo un hijo de 14 años. Me casé con 16 años y me separé con 39 años ¿Si me quedo viuda cobro la pensión de viudedad? Nunca trabajé….GRACIAS
12/04/2008 12:21
Si no está cobrando pensión compensatoria,no percibirá pensión de viudedad.
12/04/2008 12:35
No la cobro porque yo en su momento dije que no queria nada para mi solo para mi hijo.¿Tampoco por tener hijo menor de edad?
12/04/2008 12:55
Su hijo heredaría de su padre,pero usted no cobrará pensión de viudedad.