Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

síndrome de alienación parental (sap)

131 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 131 comentarios
11/10/2011 01:36
¿Qué dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?

En el Caso Mincheva contra Bulgaria, Sentencia de 2 septiembre 2010, dice en su apartado 99: “El Tribunal estima igualmente que al no obrar con la debida diligencia, las autoridades internas, con su comportamiento, favorecieron un proceso de alienación parental en detrimento de la demandante, vulnerándose así su derecho al respeto de la vida familiar, garantizado por el artículo 8”. Por tanto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) establece inequívocamente el concepto jurídico “alienación parental” y declara que vulnera el derecho humano al respeto de la vida familiar del progenitor alienado, condenando al Estado cuyas autoridades lo permiten.

De esta forma, sin necesidad de apelar a la psiquiatría o a la psicología, es decir, sin necesidad de síndrome (SAP), desorden o trastorno, queda claro que hacer a un niño ajeno a su padre o a su madre vulnera el derecho humano del progenitor que establece el art. 8 del Convenio. Así lo entiende también nuestro Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, en Sentencia de 30-6-2009, FJ 5 párr. 4º: “Pero de estas sentencias se debe extraer la doctrina según la cual constituye una violación del derecho a la vida familiar reconocida en el Convenio, el impedir que los padres se relacionen con sus hijos”. Ya había dicho nuestro Tribunal Supremo respecto de un niño del divorcio que es “imposible pretender su aislamiento total y permanente respecto a su comunicación con el padre” (TS, Sala de lo Civil, sentencia núm. 115/1999 de 10 febrero FJ 4).

Por ello España ha sido recientemente condenada por el TEDH en el Caso Saleck Bardi contra España, Sentencia de 24 de mayo de 2011: “En los asuntos relativos a la vida familiar, la ruptura del contacto con un niño muy pequeño puede conducir a una alteración creciente de la relación con sus padres”, pese a que la declaración de la niña reveló su “negativa a volver con su madre y a mantener todo contacto con ella”. Las autoridades españolas permitieron hacer a esta niña ajena a su madre, vulnerando su derecho humano al respeto de la vida familiar.

Ahora viene la sorpresa sobre la actitud del órgano de gobierno de los jueces en España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En las pags. 128-132 del documento del CGPJ “Guía de criterios de actuación judicial frente a la violencia de género” se instruye, contra el uso del SAP y de la “alienación parental”, a los Jueces y Magistrados. En la página 129 dice, por remisión: “Términos como alienación parental pueden ser usados para culpar a las mujeres…”. El problema es que se ha vulnerado de forma directa y flagrante el art. 12.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ): “Tampoco podrán los Jueces y Tribunales, órganos de gobierno de los mismos o el Consejo General del Poder Judicial dictar instrucciones, de carácter general o particular, dirigidas a sus inferiores, sobre la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico que lleven a cabo en el ejercicio de su función jurisdiccional”.

Por cierto que el síndrome de alienación parental (SAP) es usado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de forma reiterada. Sólo las dos últimas sentencias: Caso Bordeianu contra Moldavia, Sentencia de 11 de enero de 2011, párrafo 60 (“el cumplimiento de la sentencia en cuestión resultó ser un trámite muy delicado debido al síndrome de alienación parental que padece la niña”); y, Caso Piazzi contra Italia, Sentencia de 2 de noviembre de 2010, párrafo 59 (“los intentos de la madre de enfrentar al menor contra su padre podían desembocar en un síndrome de alienación parental”).

La pregunta que surge es inmediata: en un autoproclamado estado de Derecho ¿puede el órgano de gobierno de los jueces dictar instrucciones (en forma de guías de actuación) a los mismos para que vulneren, en masa, el derecho humano reconocido en el art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos?

http://hayderecho.com/2011/10/08/derecho-al-respeto-de-la-vida-familiar-y-alienacion-parental/
12/10/2011 02:06
...
"El progenitor alienador no es consciente del daño psicoemocional, a corto y a largo plazo, que le causa a su hijo cuando le está programando en contra del otro progenitor..."
12/10/2011 17:48
A lo mejor es que como el que aliena disfruta, disfruta y disfruta, piensa que el menor está gozando.......
13/10/2011 10:49
"... El estado psicoemocional del alienador le impide centrarse en sus hijos, focalizando toda sus acciones en dañar al otro progenitor", explica."
...
14/10/2011 02:05
...
"Y añade: "Es importante que los psicólogos jurídicos tengan formación específica sobre violencia de género y SAP, y manejen protocolos forenses que ..."
14/10/2011 12:41
Hacen lo que hacen sin saber que un dia, otras se lo haran a sus hijos....
15/10/2011 04:01
"...les permitan discernir cuándo se está ante un caso de un adulto que continúa maltratando a sus víctimas, o ante un progenitor que aliena a sus hijos. Del mismo modo todo psicólogo jurídico ha de saber diferenciar cuando se trata de un caso de abuso sexual infantil o de un SAP". "
15/10/2011 17:43
...
"José Antonio B. no tiene duda de que sus hijos viven bajo el síndrome. Tiene miedo de que de mayores no puedan hacer una vida del todo normal. Teme sobre todo por su hijo, al que ve más indefenso y afectado."
...
17/10/2011 00:45
...
" Por eso camina detrás de ellos los tristes minutos que dura la visita del sábado. Les va diciendo frases que se quedan en un frío monólogo. "No quiero que me vean afectado y piensen que ellos son los culpables"."
...
17/10/2011 15:40
...
" Les pregunta qué tal en el colegio, aunque sabe que van muy bien, trata de jugar con ellos, de recordarles los buenos momentos que pasaron juntos. Pero sabe que sufren."
...
18/10/2011 01:12
...
"Un día, cuando todavía subían conmigo a casa, fuimos a comprar al supermercado. Yo iba buscando un producto que no encontraba, no sé qué era, pero en voz alta preguntaba 'dónde estará esto, dónde estará esto'. De repente vi cómo mi hijo mayor se alejaba de nosotros y se plantaba delante de una estantería. Cuando llegué a su altura él miró hacia arriba, señalando el producto que yo buscaba. Quería decirme que estaba allí, pero no podía...", se interrumpe José Antonio B. y llora abiertamente."
...
18/10/2011 02:53
padreEspañol:
Como le explicas a un niño de 9 o 10 años que un día pueden hacérselo al, si da con una esposa como su madre. Los hombres generalmente carecemos de esa astucia depurada con la que cuentan algunas mujeres que tienen la custodia de los hijos (por suerte no todas). Si a eso le sumas la falta de escrúpulos para hundir al ex marido y a ser posible apartar definitivamente al niño del padre. Para esta estrategia no miran si de paso que hunden al padre, también están creando en el menor un problema psíquico en muchos caso para el resto de su vida. El objetivo es la venganza.
18/10/2011 14:40
Marcosev, algo mas arriba dice el experto:
"El progenitor alienador no es consciente del daño psicoemocional, a corto y a largo plazo, que le causa a su hijo cuando le está programando en contra del otro progenitor. El estado psicoemocional del alienador le impide centrarse en sus hijos, focalizando toda sus acciones en dañar al otro progenitor", explica."
19/10/2011 14:13
...
"Otro día le compró unas deportivas y todos se fueron contentos a casa. "Al cabo de un rato sonó el timbre. Era el niño, que venía a devolver las zapatillas porque se lo había mandado su madre". Así lo ha ido anotando José Antonio B. en su diario, el que ya no escribe."
...
20/10/2011 00:16
...
"Antes sospechaban de envenenamiento cuando comían con él, aunque fuera en un restaurante, o se limpiaban cuando él les tocaba."
...
21/10/2011 00:21
..."
Ahora ni siquiera eso es posible, porque la visita, una vuelta rápida a la manzana, llueva o nieve, no permite ningún contacto físico. Y la única voz de falsa alegría que se oye, es la del padre."
23/10/2011 18:37

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Programados/odiar/papa/elpepusoc/20071129elpepisoc_1/Tes
06/11/2011 16:59
http://www.diarioinformacion.com/salud/2011/09/24/hijos-armas-arrojadizas/1171326.html

En contacto con el pediatra
Los hijos como armas arrojadizas
01:54
DRA. ISABEL RUBIO Hace unos días aparecía en prensa la noticia: "Un estudio matemático predice un 50% de aumento de los divorcio en cinco años".

"Un equipo de investigadores del Instituto Universitario de Matemática Multidisciplinar de la Universitat Politècnica de València ha realizado un estudio que predice un incremento del 50% en el número de divorcios en España en los próximos cinco años".

En la mayoría de las separaciones los conflictos son la norma. Los pediatras lo vemos a diario, sufren todos los miembros de la familia, es un proceso doloroso que se resolverá más o menos pronto en la medida que padre y madre sean capaces de poner la mirada en sus hijos y sacar lo mejor de sí mismos.
En el otro extremo está lo que se ha venido a llamar síndrome de alienación parental (SAP), un proceso que se caracteriza porque uno de los progenitores, habitualmente el que tiene la custodia, manipula a los hijos para que rechacen al otro; es al fin y al cabo una forma de maltrato al menor.
Fue el psiquiatra estadounidense Richard Gardner quién introdujo, en 1985, este término y según muchos informes se dá en un tercio de las separaciones contenciosas. Se denomina padre alienador el que quiere excluir (mejor denominarlo "padre aceptado") y padre alienado (mejor denominarlo "padre rechazado") el excluído del mundo afectivo del hijo. Evidentemente hay distintos grados: hablar mal del otro progenitor, hacerles partícipes a los hijos de la rabia que siente hacia el otro o de los conflictos de pareja que han llevado al divorcio, desvalorizarlo, culpabilizar de todo al padre excluído y a veces también al hijo... hasta llegar a una manipulación psicológica del hijo que puede incluir denuncias falsas al otro progenitor.
Hablamos de Síndrome de Alienación Parental cuando existe un maltrato psicológico del progenitor "aceptado" sobre el hijo y el progenitor "rechazado". Está claro que esta forma de maltrato al menor le causará graves problemas, caen en un conflicto de lealtades por el que pagan un precio muy alto.
Detrás de esta situación no hay, como en el caso del Síndrome de Münchausen por poderes (una forma de maltrato infantil en la que el padre o la madre induce en el niño síntomas reales o aparentes de una enfermedad), un problema mental del progenitor "aceptado" es la utilización de los hijos como modo de mitigar su rabia, para hacerle daño al otro al que siente culpable de la situación, por venganza. En la mayoría de los casos, suelen ser personas egocéntricas e inmaduras.
El SAP se detecta sobre todo en niños de 7-14 años de edad. En los más pequeños podemos observar inestabilidad emocional, inseguridad, sentimiento de abandono y al mismo tiempo gran dependencia del padre "aceptado", conductas más infantiles de las que les corresponden por su edad y estallidos de conductas violentas. En las edades de 7 a 11 años viven la lucha entre el rechazo y el recuerdo de momentos vividos agradables con el padre excluído; frente a esta dualidad pueden radicalizar el rechazo. Por encima de los 12 años puede haber otras fuentes de información que dificulten la manipulación del menor, no obstante también se detectan casos. Con el desarrollo del hijo, progresivamente, irá teniendo una visión más objetiva de las relaciones con el padre rechazado y si supera el temor a la respuesta que pueda tener éste, suele darse el acercamiento.
07/11/2011 19:38
http://www.lne.es/sociedad-cultura/2011/01/11/sociedad-gobierno-insta-jueces-descartar-sindrome-manipulacion-progenitores/1017998.html
Lne.es » Sociedad

El Gobierno insta a los jueces a descartar el síndrome de manipulación de los progenitores
Los profesionales que resuelven las rupturas familiares sostienen que hay casos de clara influencia negativa sobre los menores
08:34

Ángel Luis Campo. marcos león
Oviedo, M. S. M.

Las situaciones de manipulación de los menores en el caso de los padres separados han sido siempre polémicas a la hora de adjudicar la tutela a uno de los progenitores. Se ha hablado mucho del Síndrome de Alienación Parental (SAP), situación que los jueces tienen clara desde el punto de vista jurídico aunque manifiestan sus dudas en lo que se refiere a su denominación.

Por Síndrome de Alienación Parental se entiende la actuación de uno de los dos progenitores para obstaculizar las relaciones del menor con la otra parte, y esa actuación se da en muchos casos de separaciones. Ahora el Gobierno quiere que los jueces, abogados, psicólogos y todo tipo de profesionales que medien en los procesos de divorcio dejen de tener en cuenta este síndrome y hablan de «cúmulo de despropósitos», «fraude» y «montaje».

Lo que alegan para emitir esta recomendación es que ni la Asociación de Psiquiatría de Estados Unidos ni la española ni la OMS reconocen científicamente el SAP. Según algunos expertos, la manipulación de un menor no se puede incluir en el catálogo de enfermedades, por eso no consideran adecuado que se le denomine síndrome.

El juez de familia de Gijón Ángel Luis Campo cree que el debate que se plantea ahora tiene que ver únicamente con el nombre del síndrome porque, a su juicio, es difícil poner en duda que se den casos en los que se intenta manipular al menor para que rechace vivir con uno de los padres. Señala además que esta práctica no es sólo de los padres, ya que en muchas ocasiones «también tiene influencia la familia externa».

El juez no cree que el Gobierno deba decir a los jueces si han de tener en cuenta el SAP o no. «Somos independientes y actuamos como creemos que tenemos que hacerlo. Actuamos por ley y partimos de hechos probados. El Gobierno puede hacer leyes que tendremos que acatar pero siempre actuando desde la norma jurídica», subraya.

En ese sentido explica que si un progenitor obstaculiza las relaciones del menor con su padre o su madre hay que hablar de manipulación y «nosostros actuamos en consecuencia». Y esto ocurre cuando alguien no quiere dejar ver al niño sin una causa justificada, se utilice el nombre que se utilice. El juez no entra en la conveniencia del nombre sino en lo que hay detrás de la denominación. Campo no concreta si son los padres o las madres los más perjudicados, pero dice que al ser mayor el porcentaje de mujeres que tienen la guardia y custodia, los datos dan como más manipuladora a la mujer.

http://porlacustodiacompartidajaen.blogspot.com/2011/01/los-profesionales-que-resuelven-las.html
07/11/2011 19:43
lo que veo es que por aqui hay mas de un alineado y enajenado.....cuanta tontada junta, jesussss
síndrome de alienación parental (sap) | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

síndrome de alienación parental (sap)

131 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 131 comentarios
11/10/2011 01:36
¿Qué dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?

En el Caso Mincheva contra Bulgaria, Sentencia de 2 septiembre 2010, dice en su apartado 99: “El Tribunal estima igualmente que al no obrar con la debida diligencia, las autoridades internas, con su comportamiento, favorecieron un proceso de alienación parental en detrimento de la demandante, vulnerándose así su derecho al respeto de la vida familiar, garantizado por el artículo 8”. Por tanto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) establece inequívocamente el concepto jurídico “alienación parental” y declara que vulnera el derecho humano al respeto de la vida familiar del progenitor alienado, condenando al Estado cuyas autoridades lo permiten.

De esta forma, sin necesidad de apelar a la psiquiatría o a la psicología, es decir, sin necesidad de síndrome (SAP), desorden o trastorno, queda claro que hacer a un niño ajeno a su padre o a su madre vulnera el derecho humano del progenitor que establece el art. 8 del Convenio. Así lo entiende también nuestro Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, en Sentencia de 30-6-2009, FJ 5 párr. 4º: “Pero de estas sentencias se debe extraer la doctrina según la cual constituye una violación del derecho a la vida familiar reconocida en el Convenio, el impedir que los padres se relacionen con sus hijos”. Ya había dicho nuestro Tribunal Supremo respecto de un niño del divorcio que es “imposible pretender su aislamiento total y permanente respecto a su comunicación con el padre” (TS, Sala de lo Civil, sentencia núm. 115/1999 de 10 febrero FJ 4).

Por ello España ha sido recientemente condenada por el TEDH en el Caso Saleck Bardi contra España, Sentencia de 24 de mayo de 2011: “En los asuntos relativos a la vida familiar, la ruptura del contacto con un niño muy pequeño puede conducir a una alteración creciente de la relación con sus padres”, pese a que la declaración de la niña reveló su “negativa a volver con su madre y a mantener todo contacto con ella”. Las autoridades españolas permitieron hacer a esta niña ajena a su madre, vulnerando su derecho humano al respeto de la vida familiar.

Ahora viene la sorpresa sobre la actitud del órgano de gobierno de los jueces en España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En las pags. 128-132 del documento del CGPJ “Guía de criterios de actuación judicial frente a la violencia de género” se instruye, contra el uso del SAP y de la “alienación parental”, a los Jueces y Magistrados. En la página 129 dice, por remisión: “Términos como alienación parental pueden ser usados para culpar a las mujeres…”. El problema es que se ha vulnerado de forma directa y flagrante el art. 12.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ): “Tampoco podrán los Jueces y Tribunales, órganos de gobierno de los mismos o el Consejo General del Poder Judicial dictar instrucciones, de carácter general o particular, dirigidas a sus inferiores, sobre la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico que lleven a cabo en el ejercicio de su función jurisdiccional”.

Por cierto que el síndrome de alienación parental (SAP) es usado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de forma reiterada. Sólo las dos últimas sentencias: Caso Bordeianu contra Moldavia, Sentencia de 11 de enero de 2011, párrafo 60 (“el cumplimiento de la sentencia en cuestión resultó ser un trámite muy delicado debido al síndrome de alienación parental que padece la niña”); y, Caso Piazzi contra Italia, Sentencia de 2 de noviembre de 2010, párrafo 59 (“los intentos de la madre de enfrentar al menor contra su padre podían desembocar en un síndrome de alienación parental”).

La pregunta que surge es inmediata: en un autoproclamado estado de Derecho ¿puede el órgano de gobierno de los jueces dictar instrucciones (en forma de guías de actuación) a los mismos para que vulneren, en masa, el derecho humano reconocido en el art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos?

http://hayderecho.com/2011/10/08/derecho-al-respeto-de-la-vida-familiar-y-alienacion-parental/
12/10/2011 02:06
...
"El progenitor alienador no es consciente del daño psicoemocional, a corto y a largo plazo, que le causa a su hijo cuando le está programando en contra del otro progenitor..."
12/10/2011 17:48
A lo mejor es que como el que aliena disfruta, disfruta y disfruta, piensa que el menor está gozando.......
13/10/2011 10:49
"... El estado psicoemocional del alienador le impide centrarse en sus hijos, focalizando toda sus acciones en dañar al otro progenitor", explica."
...
14/10/2011 02:05
...
"Y añade: "Es importante que los psicólogos jurídicos tengan formación específica sobre violencia de género y SAP, y manejen protocolos forenses que ..."
14/10/2011 12:41
Hacen lo que hacen sin saber que un dia, otras se lo haran a sus hijos....
15/10/2011 04:01
"...les permitan discernir cuándo se está ante un caso de un adulto que continúa maltratando a sus víctimas, o ante un progenitor que aliena a sus hijos. Del mismo modo todo psicólogo jurídico ha de saber diferenciar cuando se trata de un caso de abuso sexual infantil o de un SAP". "
15/10/2011 17:43
...
"José Antonio B. no tiene duda de que sus hijos viven bajo el síndrome. Tiene miedo de que de mayores no puedan hacer una vida del todo normal. Teme sobre todo por su hijo, al que ve más indefenso y afectado."
...
17/10/2011 00:45
...
" Por eso camina detrás de ellos los tristes minutos que dura la visita del sábado. Les va diciendo frases que se quedan en un frío monólogo. "No quiero que me vean afectado y piensen que ellos son los culpables"."
...
17/10/2011 15:40
...
" Les pregunta qué tal en el colegio, aunque sabe que van muy bien, trata de jugar con ellos, de recordarles los buenos momentos que pasaron juntos. Pero sabe que sufren."
...
18/10/2011 01:12
...
"Un día, cuando todavía subían conmigo a casa, fuimos a comprar al supermercado. Yo iba buscando un producto que no encontraba, no sé qué era, pero en voz alta preguntaba 'dónde estará esto, dónde estará esto'. De repente vi cómo mi hijo mayor se alejaba de nosotros y se plantaba delante de una estantería. Cuando llegué a su altura él miró hacia arriba, señalando el producto que yo buscaba. Quería decirme que estaba allí, pero no podía...", se interrumpe José Antonio B. y llora abiertamente."
...
18/10/2011 02:53
padreEspañol:
Como le explicas a un niño de 9 o 10 años que un día pueden hacérselo al, si da con una esposa como su madre. Los hombres generalmente carecemos de esa astucia depurada con la que cuentan algunas mujeres que tienen la custodia de los hijos (por suerte no todas). Si a eso le sumas la falta de escrúpulos para hundir al ex marido y a ser posible apartar definitivamente al niño del padre. Para esta estrategia no miran si de paso que hunden al padre, también están creando en el menor un problema psíquico en muchos caso para el resto de su vida. El objetivo es la venganza.
18/10/2011 14:40
Marcosev, algo mas arriba dice el experto:
"El progenitor alienador no es consciente del daño psicoemocional, a corto y a largo plazo, que le causa a su hijo cuando le está programando en contra del otro progenitor. El estado psicoemocional del alienador le impide centrarse en sus hijos, focalizando toda sus acciones en dañar al otro progenitor", explica."
19/10/2011 14:13
...
"Otro día le compró unas deportivas y todos se fueron contentos a casa. "Al cabo de un rato sonó el timbre. Era el niño, que venía a devolver las zapatillas porque se lo había mandado su madre". Así lo ha ido anotando José Antonio B. en su diario, el que ya no escribe."
...
20/10/2011 00:16
...
"Antes sospechaban de envenenamiento cuando comían con él, aunque fuera en un restaurante, o se limpiaban cuando él les tocaba."
...
21/10/2011 00:21
..."
Ahora ni siquiera eso es posible, porque la visita, una vuelta rápida a la manzana, llueva o nieve, no permite ningún contacto físico. Y la única voz de falsa alegría que se oye, es la del padre."
23/10/2011 18:37

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Programados/odiar/papa/elpepusoc/20071129elpepisoc_1/Tes
06/11/2011 16:59
http://www.diarioinformacion.com/salud/2011/09/24/hijos-armas-arrojadizas/1171326.html

En contacto con el pediatra
Los hijos como armas arrojadizas
01:54
DRA. ISABEL RUBIO Hace unos días aparecía en prensa la noticia: "Un estudio matemático predice un 50% de aumento de los divorcio en cinco años".

"Un equipo de investigadores del Instituto Universitario de Matemática Multidisciplinar de la Universitat Politècnica de València ha realizado un estudio que predice un incremento del 50% en el número de divorcios en España en los próximos cinco años".

En la mayoría de las separaciones los conflictos son la norma. Los pediatras lo vemos a diario, sufren todos los miembros de la familia, es un proceso doloroso que se resolverá más o menos pronto en la medida que padre y madre sean capaces de poner la mirada en sus hijos y sacar lo mejor de sí mismos.
En el otro extremo está lo que se ha venido a llamar síndrome de alienación parental (SAP), un proceso que se caracteriza porque uno de los progenitores, habitualmente el que tiene la custodia, manipula a los hijos para que rechacen al otro; es al fin y al cabo una forma de maltrato al menor.
Fue el psiquiatra estadounidense Richard Gardner quién introdujo, en 1985, este término y según muchos informes se dá en un tercio de las separaciones contenciosas. Se denomina padre alienador el que quiere excluir (mejor denominarlo "padre aceptado") y padre alienado (mejor denominarlo "padre rechazado") el excluído del mundo afectivo del hijo. Evidentemente hay distintos grados: hablar mal del otro progenitor, hacerles partícipes a los hijos de la rabia que siente hacia el otro o de los conflictos de pareja que han llevado al divorcio, desvalorizarlo, culpabilizar de todo al padre excluído y a veces también al hijo... hasta llegar a una manipulación psicológica del hijo que puede incluir denuncias falsas al otro progenitor.
Hablamos de Síndrome de Alienación Parental cuando existe un maltrato psicológico del progenitor "aceptado" sobre el hijo y el progenitor "rechazado". Está claro que esta forma de maltrato al menor le causará graves problemas, caen en un conflicto de lealtades por el que pagan un precio muy alto.
Detrás de esta situación no hay, como en el caso del Síndrome de Münchausen por poderes (una forma de maltrato infantil en la que el padre o la madre induce en el niño síntomas reales o aparentes de una enfermedad), un problema mental del progenitor "aceptado" es la utilización de los hijos como modo de mitigar su rabia, para hacerle daño al otro al que siente culpable de la situación, por venganza. En la mayoría de los casos, suelen ser personas egocéntricas e inmaduras.
El SAP se detecta sobre todo en niños de 7-14 años de edad. En los más pequeños podemos observar inestabilidad emocional, inseguridad, sentimiento de abandono y al mismo tiempo gran dependencia del padre "aceptado", conductas más infantiles de las que les corresponden por su edad y estallidos de conductas violentas. En las edades de 7 a 11 años viven la lucha entre el rechazo y el recuerdo de momentos vividos agradables con el padre excluído; frente a esta dualidad pueden radicalizar el rechazo. Por encima de los 12 años puede haber otras fuentes de información que dificulten la manipulación del menor, no obstante también se detectan casos. Con el desarrollo del hijo, progresivamente, irá teniendo una visión más objetiva de las relaciones con el padre rechazado y si supera el temor a la respuesta que pueda tener éste, suele darse el acercamiento.
07/11/2011 19:38
http://www.lne.es/sociedad-cultura/2011/01/11/sociedad-gobierno-insta-jueces-descartar-sindrome-manipulacion-progenitores/1017998.html
Lne.es » Sociedad

El Gobierno insta a los jueces a descartar el síndrome de manipulación de los progenitores
Los profesionales que resuelven las rupturas familiares sostienen que hay casos de clara influencia negativa sobre los menores
08:34

Ángel Luis Campo. marcos león
Oviedo, M. S. M.

Las situaciones de manipulación de los menores en el caso de los padres separados han sido siempre polémicas a la hora de adjudicar la tutela a uno de los progenitores. Se ha hablado mucho del Síndrome de Alienación Parental (SAP), situación que los jueces tienen clara desde el punto de vista jurídico aunque manifiestan sus dudas en lo que se refiere a su denominación.

Por Síndrome de Alienación Parental se entiende la actuación de uno de los dos progenitores para obstaculizar las relaciones del menor con la otra parte, y esa actuación se da en muchos casos de separaciones. Ahora el Gobierno quiere que los jueces, abogados, psicólogos y todo tipo de profesionales que medien en los procesos de divorcio dejen de tener en cuenta este síndrome y hablan de «cúmulo de despropósitos», «fraude» y «montaje».

Lo que alegan para emitir esta recomendación es que ni la Asociación de Psiquiatría de Estados Unidos ni la española ni la OMS reconocen científicamente el SAP. Según algunos expertos, la manipulación de un menor no se puede incluir en el catálogo de enfermedades, por eso no consideran adecuado que se le denomine síndrome.

El juez de familia de Gijón Ángel Luis Campo cree que el debate que se plantea ahora tiene que ver únicamente con el nombre del síndrome porque, a su juicio, es difícil poner en duda que se den casos en los que se intenta manipular al menor para que rechace vivir con uno de los padres. Señala además que esta práctica no es sólo de los padres, ya que en muchas ocasiones «también tiene influencia la familia externa».

El juez no cree que el Gobierno deba decir a los jueces si han de tener en cuenta el SAP o no. «Somos independientes y actuamos como creemos que tenemos que hacerlo. Actuamos por ley y partimos de hechos probados. El Gobierno puede hacer leyes que tendremos que acatar pero siempre actuando desde la norma jurídica», subraya.

En ese sentido explica que si un progenitor obstaculiza las relaciones del menor con su padre o su madre hay que hablar de manipulación y «nosostros actuamos en consecuencia». Y esto ocurre cuando alguien no quiere dejar ver al niño sin una causa justificada, se utilice el nombre que se utilice. El juez no entra en la conveniencia del nombre sino en lo que hay detrás de la denominación. Campo no concreta si son los padres o las madres los más perjudicados, pero dice que al ser mayor el porcentaje de mujeres que tienen la guardia y custodia, los datos dan como más manipuladora a la mujer.

http://porlacustodiacompartidajaen.blogspot.com/2011/01/los-profesionales-que-resuelven-las.html
07/11/2011 19:43
lo que veo es que por aqui hay mas de un alineado y enajenado.....cuanta tontada junta, jesussss