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10% de impuestos en adquisición vivienda segunda mano

4 Comentarios
 
10% de impuestos en adquisición vivienda segunda mano
28/04/2022 16:56
¡Saludos!

Desearía saber si hay condicionantes (por ejemplo, renta limitada) al impuesto del 10% del valor del immueble en una adquisición de segunda mano. Si los hay, cuáles son, y en caso de que no existan supuestos formales bajo los que se pueda evadir ese impuesto, que considero del todo abusivo, si hay algún método para reducir el importe a pagar o dejar de pagarlo en su totalidad.
Por otra parte, quisiera saber si en caso de herencia directa de padres a hijos hay algún tipo de impuesto, como el de sucesión (otro abuso) o si por el contrario este sólo se da en herencias de familiares no directos u otros.

¡Muchas gracias!
28/04/2022 18:56
Unitysearcher
Buenas tardes:

La respuesta a su pregunta depende del tipo de vivienda (libre,vpo,etc..), de la comunidad autónoma en la que esté sita, de si va o no a constituir la residencia habitual, la edad del adquirente... Esto en cuanto al ITP.

Respecto al Impuesto de Donaciones dependerá de la comunidad autónoma donde esté sita la vivienda, edad del donatario...

Un saludo.
29/04/2022 16:56
AGFABOGADOS
Saludos y gracias por la respuesta.

Se trata de una vivienda usada ubicada en Catalunya, el adquiriente tiene 36 años.
En cuanto al impuesto de donaciones también en Catalunya, y la edad del donatario seria pasados los 70.

En ese caso, ¿Cómo seria?

¡Muchas gracias!
29/04/2022 20:10
Unitysearcher
Buenas tardes;

En cuanto a la compra por los datos aportados no hay ningún tipo de reducción, por lo que el ITP sería del 10%

En cuanto a la donación, si el donatario(el que recibe la vivienda) tiene 36 años o menos, la vivienda se va a destinar a vivienda habitual y es donación de padre a hijo o de abuelo a nieto, ,se puede aplicar una reducción del 95% del valor de la vivienda donada, con una reducción máxima de 60.000 euros, por lo que se aplicaría el 5% sobre el valor que resultara de la operación anterior.

Un saludo.
05/05/2022 11:12
En absoluto lo considero abusivo, me parece más abusivo un 21% por unas zapatillas, que es un producto imprescindible para vivir, que un 10% por tener una vivienda en propiedad, cosa que no todo el mundo puede hacer, o una herencia (que se pague menos por un incremento de patrimonio por ser hijo o sobrino de alguien que por el mismo incremento de patrimonio si lo adquieres trabajando y tributas mucho más por IRPF).
Pero filosofías fiscales aparte: es un impuesto que depende de las comunidades autónomas, depende de esta y de las circunstancias puede haber disminuciones o no (vivienda habitual, zonas rurales en despoblación, o el motivo que sea).