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Adjunto nueva ley de vivienda, los arrendadores nos tendremos que espabilar

35 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 35 comentarios
Adjunto nueva ley de vivienda, los arrendadores nos tendremos que espabilar
25/05/2023 09:12
https://boe.es/boe/dias/2023/05/25/pdfs/BOE-A-2023-12203.pdf
25/05/2023 11:24
Una noticia pésima. Se impone tomar medidas. Y seguro que mucha gente lo hará.

Lo malo es para los que pille ya amarrados a un contrato.
25/05/2023 15:25
He estado intentando leer la nueva ley ya publicada en el BOE, pero me pierdo con tanto término jurídico y hay cosas que no las veo claras.
¿La condición de gran tenedor de mas de 5 viviendas, esas 5 viviendas han de estar en la misma zona tensionada? Es decir, si tengo 4 pisos en Sevilla y la declaran zona tensionada, y tengo otro piso en Valencia y no la declaran zona tensionada, sería gran tenedor?.
Tampoco me queda claro si los gastos de la inmobiliaria si el alquiler es de temporada o por habitaciones, también son a cargo del arrendador.
¿Ahora pasarán meses hasta que las zonas se puedan declarar tensionadas o lo harán automáticamente?.
Gracias
25/05/2023 15:28
Pregunto también el caso por ejemplo, de tener 2 pisos en una ciudad que declaren tensionada y otros 3 pisos en otra zona que tambien la declaren tensionada, ¿como son dos zonas distintas, y en ninguna de las 2 zonas se superan las 5 viviendas, seria considerado gran propietario?
25/05/2023 15:31
Y perdón por hacerme pesada, otra pregunta, ¿si un piso está a nombre por ejemplo de 4 hermanos, se considera vivienda entera y les sumaria a todos los hermanos por igual como si fuera una vivienda entera para lo de gran tenedor?
¿Y cuenta la vivienda donde vive la persona, su vivienda habitual ?
25/05/2023 16:52
1.- No creo. Donde la Ley no distingue no debemos distinguir. Si no se dice nada de la misma zona se está hablando en términos absolutos, de modo que si tienes 5 tensionadas las tienes independientemente de donde estén.
2.- La obligación del arrendador de pagar los gastos de la inmobiliaria están en el art. 20 que se encuentra sistemáticamente entre las normas que regulan el arrendamiento de vivienda. Por lo tanto solo afectan al alquiler de viviendas habituales. No afectarían ni a las de temporada ni a los locales.
3.- La declaración de zona tensionada tardará Dios sabe cuanto, e incluso en las CCAA donde gobierna el PP ya han dicho que no lo van a tramitar, es decir, no habrá ninguna declaración de zona tensionada o dejada de tensionar.
4.- Yo creo que la declaración de gran propietario no depende de donde estén las casas. Si tienes 5 gran propietario y punto.
5.- Vivienda con 4 hermanos: es que en realidad no van a considerar gran tenedor a los hermanos sino a la comunidad de propietarios (que aunque no tenga capacidad jurídica independiente sí que tiene capacidad procesal). Por tanto dirán que la comunidad es gran propietario y le aplicarán lo que tengan que aplicarle.
6.- No creo que sean tan, tan insensatos de considerar la vivienda habitual para el cómputo de las 5 para ser considerado gran tenedor.

A todo esto le estamos dando una cantidad de vueltas que ni merece, ni admite. Vamos a ver señores, esto es muy simple: a partir de ahora solo pueden hacerse alquileres de temporada (estudiantes) y a funcionarios o inquilinos muuuy bien pagados (de 4000 al mes parriba). Lo demás puede hacerse pero a riesgo del casero. Todo lo demás que quiera pensarse son ganas de darle vueltas a algo que está bien claro por injusto que nos pueda parecer.
25/05/2023 17:53
Trasto1964
lo positivo
en muchas comunidades autonoma, ésta no declarara zonas tensionadas, asi que a esperar.
solo se aplica en zona tensionada, ejemplo en Retiro de Madrdi, todas en ese sector, pero NO si tienes una en el Reitro y las otras en Carabanchel o en Torrejon de Ardoz. No eres asi tgran tenedor en zona tensionada.
Ahora mismo mi API me dice, que solo tiene dos pisos a alquilar, y pide, dos meses de fianza, seguro de impago, contrato trabajo FIJO con antiguedad de un año.
en fin que los arrendadores vamos a esxigir mucho yno encontrara vivienda el que gane 1200 euros
25/05/2023 17:54
Trasto1964
NO, NO LO SERAS, yo l tengo esparcidadas por la ciudad, pero tengo dos, que quiza declaren zona tensionada por estar en el centro en zona vip, por eso, no sere gran tenedor
25/05/2023 17:55
Trasto1964
no, cada uno tiene un porcentaje de propiedad, y no alcanza a cinco viviendas EN ZONA TENSIONADA Y DECLARADA ASI POR LA CCAA, si las tienes en otro barrio, no te endra estos rollos
25/05/2023 17:57
leonjbr
Ahora mismo mi API me dice, que solo tiene dos pisos a alquilar, y pide, dos meses de fianza, seguro de impago, contrato trabajo FIJO con antiguedad de un año.
en fin que los arrendadores vamos a esxigir mucho y no encontrara vivienda el que gane 1200 euros
25/05/2023 19:51
En mi opinión, el problema principal no es lo de ser gran tenedor, zonas tensionadas, etc.
Hay dos problemas muy importantes con esta ley y esta forma de legislar, el primero es la inseguridad jurídica de los arrendadores, que están al albur de las ocurrencias del gobierno de turno. Ahora te impiden subir el alquiler más de un 2%, con inflación del 7, 8 o ni se sabe, te obligan a prorrogar 6 meses el alquiler al vencimiento, y mañana te impondrán cualquier otra condición que se les ocurra.
Y el segundo, el gran problema, es la defensa ante los inquilinos morosos, que si ya era difícil desahuciarlos, ahora va a ser muchísimo peor. Un porcentaje muy elevado de las viviendas en alquiler es de pequeños propietarios, con una o dos, adquiridas con trabajo y esfuerzo y que les sirven para complementar su salario o su jubilacion, y a esas personas les van a hacer un agujero en su economía, cuando tengan que estar aguantando a un inquilino que no paga, y que tiene más derechos que el propietario.
25/05/2023 19:59
Ya han conseguido lo contrario a lo que pretenden, que haya menos pisos en alquiler y el que gane menos de 3000 euros no le alquilara ni el tato.
El caso que yo expongo es 3 pisos en una ciudad, siendo uno residencia habitual, una segunda residencia en localidad con playa de la misma provincia, pero otro municipio distinto (si el próximo 28 de mayo vuelven a ganar los que ya están, declararán zona tensionada toda la comunidad), y un quinto piso en una ciudad que ya si vuelven a ganar los que estan ahora, han dicho que no la declararán zona tensionada.
Los pisos son de una herencia yacente, y por tanto están en usufructo.
Si llegara el caso de ser gran tenedor, solución vender uno de los pisos o poner la herencia en marcha. Antes que pasar por la voluntad de estos gobernantes.
Por supuesto ya antes de aprobar la ley de vivienda y ni siquiera saber como iba a ser exactamente (aunque se iba imaginando) el piso se puso de alquiler de temporada, cuando se vaya el inquilino, se seguirá poniendo de ese tipo.
Jamás se volverá a alquilar como vivienda.
25/05/2023 21:49
Con esta ley, que sería mejor , seguir con contratos en tácita reconduccion o hacer contratos nuevos?
Si es una persona vulnerable en que caso sería más fácil el desahucio?
Si no he entendido mal, ya que todas las disposiciones transitorias se me escapan lo de gran tenedor con 5 viviendas será en el caso de zona tensionada. Y se incluyen la vivienda habitual y la de veraneo....
Lo de subir el alquiler al finalizar un contrato solo estaría limitado si es zona tensionada
Y gracias por aclararnos estos temas tan peliagudo.
25/05/2023 22:19
1.- Los limites a la subida al cambiar el contrato solo serían en caso de zona tensionada. A su vez eso depende de que cada CCAA declare dichas zonas. El PP ya ha dicho que ellos no van a declarar ninguna.
2.- Vulnerable o no o esto o lo otro: yo lo tengo muy claro porque hablo como abogado. A partir de ahora lo unico sensato es alquilar a personas que ganen mas de 2000 o parejas que ganen mas de 4000. Lo demas es muy aventurado. ¿Que el casero se quiere aventurar? Que se aventure, pero ya está avisado de que como enfrente le caiga un letrado medianamente hábil va a tardar hasta 2 años en echar a quien sea. Y luego, como será alguien vulnerable, no podrá cobrar la deuda probablemente nunca. Esto hay que meterselo en la cabeza porque es la realidad. Quien alquile a personas "normales" lo hace a su riesgo. Él verá.
25/05/2023 22:45
Si la persona posiblemente vulnerable ya está en tácita reconduccion? Será mejor seguir como estamos o hacerle nuevo contrato?
De momento paga pero podría darse el caso.
25/05/2023 23:08
Yo lo dejaría en tácita reconducción: el nuevo contrato sería por cinco años. Y en virtud de la DTª 4ª del nuevo texto se podrían incluso exigir prórrogas adicionales y obligatorias de tres años en zonas tensionadas. Solamente tendría sentido hacer un contrato nuevo si se pacta un plazo de seis años y una fianza de una anualidad.
25/05/2023 23:13
Hoplon
Efectivamente eso que apunta Hoplon esa es otra posible solución: si se pactan duraciones "largas" las garantías pueden ser muy superiores. Estoy casi seguro de que eso va a empezar a darse a partir de ahora. En cuanto al peña tenga una fianza depositada de 6000 euros ya veras como se andan con mucha mas "sensatez".
25/05/2023 23:14
Muchísimas gracias. Seguiremos entonces como hasta ahora en tácita reconduccion.
26/05/2023 08:27
Yo tengo clarísimo, tal y como dice leon, que voy a recomendar a mis clientes contratos temporales, aunque mucho me temo que no tardarán en sacar alguna otra ley que los regule, como también a pisos turísticos, pero mientras tanto, contratos temporales
26/05/2023 08:56
Me surgen muchas dudas que en el BOE no se contemplan, por ejemplo. En caso de que un contrato de renta antigua expire, según la ley habría que mantener la renta que pagaba el último inquilino?