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¿alguien está contento con la corte de arbitraje?

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
¿alguien está contento con la corte de arbitraje?
27/06/2009 10:52
Hola, tengo un contrato de corte de arbitraje y soy propietaria. La inquilina no me paga y voy a ponerlo en marcha
Me estoy metiendo en muchos foros y llego a la conclusión que me quedo igual como estaba
¿hay alguien que me diga que está contento con el servicio? Ya que hasta tengo mis dudas con esto.
Muchas gracias
27/06/2009 19:52
Están muy contentos los que viven de ella...

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid
28/06/2009 09:50
Hola El hoy
Espero que manden muchos mensajes diciendo lo contrario (por mi bien)...Y espero ser tambíen yo una de las que lo haga...
Me parecería decepcionante lo contrario.
Saludos
07/07/2009 12:23
Mi experiencia ha sido negativa. Yo tuve que alquilar mi casa como alternativa a la venta para poder pagarme una casa en otra comunidad en la que tenía que vivir por motivos laborales. 20 días después de entrar en vigor el contrato, mis inquilinos solicitan un alquiler de VPO y dos meses después me dicen que se van. Consulto el tema con varios abogados y estos me dicen que descuente del depósito los meses hasta que se vuelva a alquilar.
Mis inquilinos no están de acuerdo y deciden acudir a la corte de arbitraje. Esta nos manda la demanda a través de un burofax que vamos retirar de correos dentro de los 30 días que marca esta administración y antes de retirar la demanda de correos, redactan el laudo que por supuesto no es favorable a nosotros.
Llamamos a la corte y nos dicen que aunque correos nos da 30 días, que ellos nos dan sólo 7 porque ya está puesto a nuestra disposición. Con lo que deduzco que no me puedo mover de casa, no puedo salir de vacaciones una semana…todavía no doy crédito.
Para más abundancia, todo lo que me demandaban se lo han concedido: la devolución de la fianza y el 100% del depósito, aun cuando el último mes, no me entregaron las llaves hasta el día 9 y no lo pagaron.
Ahora para pedir las acciones de anulación tenemos que ir a la audiencia provincial con abogado y procurador.
En resumen, la corte no sirve para nada, es un “saca perras” y sus procedimientos se alejan bastante de la justicia.
En mi caso les dan la razón basándose en que sus motivos responden a causa de fuerza mayor y un abogado o en su defecto el árbitro debería saber que una causa de fuerza mayor es algo involuntario e inesperado. El solicitar una casa, para incumplir voluntariamente un contrato firmado previamente, creo que se aleja bastante de ser algo de fuerza mayor.
08/07/2009 09:36
mi historia sigue...
Ayer fuimos a hablar con un abogado para que nos gestionara la acción de anulación del laudo. Nos comentó que la corte genera más problemas que los soluciona y que desde luego han encontrado una muy buena fórmula para ganar dinero. La broma nos costara unos 500 euros pero nos ha dicho que es facil que se anule no solo porque se ha vulnerado nuestro derecho a presentar alegaciones, sino porque el laudo se ha hecho en equidad, es decir, que me paso por el forro la ley y sentencio lo que me de la gana.
08/07/2009 15:34
Hola tmateos
Espero que se soluciones pronto tu problema. La verdad es que somos ya muchos los que necesitamos el dinero que percibimos del alquiler para pagar nuestra hipoteca...
Lo que me está mosqueando es que en todos los foros que miro no veo nadie que hable bien de la Corte de Arbitraje (ainsss, espero equivocarme). De todas formas se me pasan muchas cosas por la cabeza....yo soy partidaria de hacerlo todo a buenas, con la ley por delante...Pero si tengo que recurrir a las malas lo haré, el otro día leí en un foro que "mandaron a tres rumanos a acojonar al inquilino y al final se fué". Desde luego no es el mismo caso el mío que el tuyo...pero yo hice el contrato para asegurarme y estar tranquila, si no es así me voy a enfadar mucho.
25/07/2009 10:34
Tener cuidado con la corte de arbitraje, en este foro yo he colgado varios post con mi caso, te recomiendo que te los leas...
30/07/2009 11:07
Hola Mauloa.
He estado buscando pero no consigo ver ningún post tuyo con respecto a este asunto.
Si me pudieras ayudar te lo agradecería en el alma
30/07/2009 12:48
Yo tb lo he buscado y nada de nada. Para mi ha sido un gran error haber contratado el arbitro con esta empresa. Poco profesional, poco transparente, nada efectiva y todo lo malo que pueda decir es poco.
20/06/2011 17:36
Hola amigos.
A lo largo de estos años he realizado unos 8 contratos de alquiler. Siempre he utilizado el impreso de la corte de arbitraje y hasta ahora no he necesitado hacer uso de sus servicios, porque no he tenido ningún problema con los inquilinos.
Pero ahora, por primera vez, he tenido que demandar a uno de ellos, y para ello he usado las "ventajas" que ofrece la Corte de Arbitraje.

Mi inquilino no me pagó el último mes, me dejó un montón de facturas pendientes y me comunicó su marcha con sólo 5 días de preaviso aunque en el contrato está estipulado que tenían que ser 3 meses. En el contrato pone que la indemnización por la falta de aviso en plazo sería de 3 mensualidades. Por las buenas intenté llegar a un acuerdo amistoso. Solicité el pago de la última mensualidad que estaba pendiente, dejando la fianza para el pago de las facturas y lo poco que sobrara como pago de indemnización.
El inquilino no se avino al acuerdo, aunque tengo que agradecerle que abandonara el piso (sucio pero no dañado) dejando las llaves en el buzón.
Acudí a la Corte de Arbitraje con todos los detalles: Contrato, copias de facturas impagadas, comunicaciones entre las partes, etc.
Suponía que el asunto se resolvería en el plazo de 1 mes. Falso. El plazo comienza a contar desde el momento que se inicia el procedimiento. No desde que entregas la demanda.

A los 56 días de presentar la demanda recibí la primera comunicación de la Corte. Me notificaban el nombramiento del Arbitro y el inicio del procedimiento. En el mismo escrito me solicitaban los siguientes documentos probatorios:
"1. Los impagos de renta se deberán probar mediante la aportación de movimientos bancarios o recibos durante el periodo de vigencia del contrato de arrendamiento.
2. Las facturas de suministros, impuestos, tasas y recibos de comunidad de propietarios sólo se podrán reclamar ... cuando se acredite documentalmente el pago.
3.- Los desperfectos en el inmueble arrendado deberán ser probados con claridad, mediante la aportación de documentos públicos (acta notarial o peritaje independiente)...."

Como el piso lo entregó sin grandes desperfectos, hice caso omiso del punto 3º. Como las facturas pendientes las había presentado a la Corte mediante fotocopias, también hice caso omiso.
Con respecto al punto primero, yo sólo reclamaba el pago del último mes. Como en la demanda había aportado copia de los cruces de comunicación (correos electrónicos) entre ambas partes, también hice caso omiso del escrito.

Pues bien, un mes después, recibo un escrito de la Corte con el Auto de Resolución.
Ignoran todos los argumentos que había expuesto, y hacen caso omiso de las copias de facturas y de las cartas cruzadas con el inquilino que presenté como pruebas.

El árbitro dice en su auto lo siguiente:
"Que se aprecia una falta de acreditación en las pretensiones deducidas por la parte Demandante"
"Que se comunicó a la parte Demandante que los impagos de renta se deberán probar mediante la aportación de movimientos bancarios o recibos durante el periodo de vigencia del contrato de arrendamiento"
"Que se procede decretar el sobreseimiento del procedimiento arbitral, al resultar imposible acreditar en qué consisten las pretensiones del actor"
...

Pero lo más sangrante es cuando dice:

"En cuanto a las costas generadas durante la tramitación del procedimiento arbitral, SE CONDENA A LA PARTE DEMANDANTE AL ABONO DE LAS COSTAS COMO CONSECUENCIA DE HABER HECHO CASO OMISO AL REQUERIMIENTO DE PRUEBA".

En resumen. La Corte de Arbitraje es un cachondeo. Solicité su intervención en una demanda. Presenté todas las pruebas que consideré necesarias, pero no presenté copia de los movimientos bancarios porque erróneamente consideraba que era un trámite innecesario. Como consecuencia se desestima mi demanda y se me condena al pago de las Costas, que ascienden a la cantidad de 217, 11 euros.

Si alguien pregunta por experiencias sobre la corte de arbitraje, creo que aquí tienen un buen ejemplo de lo que puede pasar. Como cometas el más mínimo error, pararán el proceso y te condenarán a que tú mismo, aunque seas la parte demandante, pagues los costes del proceso

Estáis avisados de lo que pueda pasar.
26/06/2011 14:05
Santi90,
Siento lo que le ha pasado, por desgracia, no conozco a nadie contento con su política de actuación. En mi caso yo fui la demandada. Mis inquilinos se fueron a los tres meses de haber firmado un contrato de un año, con sólo una llamada por teléfono y todo porque les habían concedido una vivienda de VPO. Me reclamaban la fianza y un depósito de 3.000 euros que se pagó para "el fiel cumplimiento del contrato". Mis inquilinos sabían en todo momento que yo alquilaba la casa por no poderla vender y para hacer frente al pago de otra vivienda a la que me tenía que marchar a 400 km por motivos laborales. A mí me condenaron "por no presentar alegaciones a tiempo". Yo recibí un burofax que correos me permite que recoja en 15 días (creo), yo lo recojo en plazo y presento alegaciones. Dos días más tarde recojo otro burofax con la sentencia no favorable. Llamo por teléfono y una persona poco amable me atiende, le explico las cosas y me dicen que ellos no han recibido la documentación a tiempo. La única solución que me dan en presentar una demanda ante la audiencia provincial. El resultado gasto de abogado 500 euros para un juicio al que no acude nadie de la corte que se suponen que deberían ir. Afortunadamente, el juez me da la razón porque yo cumplia la legislación. Mucho rollo, pero al final tienes que acudir a la justicia ordinaria.
30/06/2011 12:53
Hola:
Tengo un inquilino que en octubre hará 5 años que esta de alquiler. Lleva un retraso en el pago de varios meses y quisiera saber si al cumplir los 5 años de alquiler como debo proceder para comunicarle que no deseo prologar más el contrato.
En caso de que se niegue a dejar la vivienda: ¿Tendría que acudir a los tribunales?, ¿Podría continuar ocupando la vivienda los meses que dure el juicio aunque hayan trascurrido los 5 años? ¿Cuánto tiempo más se podría alargar el desalojo del inmueble?
01/07/2011 06:41
El Arbitraje defiende al que tenga la razón legal... "sea arrendador o sea arrendatario".
04/07/2011 22:28
LEX44, lamento decirle que por mi experiencia ersonal no es así. Yo tuve que acudir a los tribunales y me dieron la razón cosa que la corte NO. Qué casualidad, ¿no?.
04/07/2011 22:31
Jose.gatika.
Creo que tienes que mandarles un burofax con justificación de texto.
05/07/2011 21:30
tmateos, si firmas el Arbitraje (europeo) renuncias a ir a los Tribunales y tienes que acatarlo como una sentencia firme. Qué casualidad ¿no?.

PD.- No es lo mismo El Corte y Arbitraje que El Corte Ingles.
06/07/2011 23:15
Jose.gatika. la ley dice:

Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.

Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.
06/07/2011 23:25
Gracias Lex44
Pero mi duda está en si transcurrido los 5 años y habiéndole enviado un burofax indicando que a finalizado el contrato y no deseo prologarle, Si el inquilino hace caso omiso del aviso, no abandona la vivienda y tengo que recurrir a los tribunales ¿Cuánto tiempo podría estar en el piso?
06/07/2011 23:27
Leo y copio:

¿qué es el arbitraje?

El arbitraje es un mecanismo eficaz alternativo a los que ofrece la justicia ordinaria, permite solucionar los conflictos entre las partes implicadas ante una parte imparcial (arbitro) responsable de determinar y dictaminar la sentencia que debe resolver dichos conflictos. Ambas partes implicadas en el conflicto tienen las mismas oportunidades y deben cumplir obligatoriamente la sentencia, se trata de un proceso rápido y económico que tiene como fundamento los mismos principios esenciales de la Justicia Ordinaria.

El arbitraje se presenta en dos fórmulas, el arbitraje de equidad donde el laudo emitido por el árbitro es bajo su criterio y el arbitraje de derecho, en este caso los árbitros deben ejercer la abogacía y el veredicto debe ser bien documentado y argumentado.

Las sentencias son rápidas, se obtienen en un máximo de 35 días, en cuanto al tema económico, sólo se necesita una provisión de fondos como parte de los honorarios que cobra AEADE y siempre es la parte condenada la que paga. Otro aspecto importante es la flexibilidad para poder llegar a un acuerdo entre las partes que se encuentran implicadas en el procedimiento, algo que mediante la vía jurídica sería mucho más difícil.

Es necesario salvaguardar los derechos de ambas partes y gracias al arbitraje, éstos son bien velados, ya que tanto una parte como la otra pueden instar el arbitraje para hacer valer sus derechos. En fin, es interesante que la cláusula de arbitraje quede contemplada en el contrato por el bien de todos.
11/07/2011 17:33
LEX44
¿Trabaja para la Corte de Arbitraje y teme quedarse sin trabajo ya que nadie dice nada bueno? Si es abogado como sea tan buen profesional como humorista, no le van a dar trabajo ni de limpiador del Corte Inglés. Ahora entiendo porqué funciona tal mal el PNAG.

En fin, volviendo a lo mismo. A mi los tribunales me dieron la razón y dieron por no válido el laudo, por vulnerar principalmente mi derecho a presentar alegaciones. Si los señores del laudo están tan convencidos de que su veredicto es el correto ¿por que no se presentaron en el juicio para defenderse?

Muy bonito lo que pone, pero la realidad no es así. Aqui son muchas las personas que cuentan sus experienciencias y nínguna ha contado nada bueno, por algo será.

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27/06/2009 10:52
Hola, tengo un contrato de corte de arbitraje y soy propietaria. La inquilina no me paga y voy a ponerlo en marcha
Me estoy metiendo en muchos foros y llego a la conclusión que me quedo igual como estaba
¿hay alguien que me diga que está contento con el servicio? Ya que hasta tengo mis dudas con esto.
Muchas gracias
27/06/2009 19:52
Están muy contentos los que viven de ella...

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid
28/06/2009 09:50
Hola El hoy
Espero que manden muchos mensajes diciendo lo contrario (por mi bien)...Y espero ser tambíen yo una de las que lo haga...
Me parecería decepcionante lo contrario.
Saludos
07/07/2009 12:23
Mi experiencia ha sido negativa. Yo tuve que alquilar mi casa como alternativa a la venta para poder pagarme una casa en otra comunidad en la que tenía que vivir por motivos laborales. 20 días después de entrar en vigor el contrato, mis inquilinos solicitan un alquiler de VPO y dos meses después me dicen que se van. Consulto el tema con varios abogados y estos me dicen que descuente del depósito los meses hasta que se vuelva a alquilar.
Mis inquilinos no están de acuerdo y deciden acudir a la corte de arbitraje. Esta nos manda la demanda a través de un burofax que vamos retirar de correos dentro de los 30 días que marca esta administración y antes de retirar la demanda de correos, redactan el laudo que por supuesto no es favorable a nosotros.
Llamamos a la corte y nos dicen que aunque correos nos da 30 días, que ellos nos dan sólo 7 porque ya está puesto a nuestra disposición. Con lo que deduzco que no me puedo mover de casa, no puedo salir de vacaciones una semana…todavía no doy crédito.
Para más abundancia, todo lo que me demandaban se lo han concedido: la devolución de la fianza y el 100% del depósito, aun cuando el último mes, no me entregaron las llaves hasta el día 9 y no lo pagaron.
Ahora para pedir las acciones de anulación tenemos que ir a la audiencia provincial con abogado y procurador.
En resumen, la corte no sirve para nada, es un “saca perras” y sus procedimientos se alejan bastante de la justicia.
En mi caso les dan la razón basándose en que sus motivos responden a causa de fuerza mayor y un abogado o en su defecto el árbitro debería saber que una causa de fuerza mayor es algo involuntario e inesperado. El solicitar una casa, para incumplir voluntariamente un contrato firmado previamente, creo que se aleja bastante de ser algo de fuerza mayor.
08/07/2009 09:36
mi historia sigue...
Ayer fuimos a hablar con un abogado para que nos gestionara la acción de anulación del laudo. Nos comentó que la corte genera más problemas que los soluciona y que desde luego han encontrado una muy buena fórmula para ganar dinero. La broma nos costara unos 500 euros pero nos ha dicho que es facil que se anule no solo porque se ha vulnerado nuestro derecho a presentar alegaciones, sino porque el laudo se ha hecho en equidad, es decir, que me paso por el forro la ley y sentencio lo que me de la gana.
08/07/2009 15:34
Hola tmateos
Espero que se soluciones pronto tu problema. La verdad es que somos ya muchos los que necesitamos el dinero que percibimos del alquiler para pagar nuestra hipoteca...
Lo que me está mosqueando es que en todos los foros que miro no veo nadie que hable bien de la Corte de Arbitraje (ainsss, espero equivocarme). De todas formas se me pasan muchas cosas por la cabeza....yo soy partidaria de hacerlo todo a buenas, con la ley por delante...Pero si tengo que recurrir a las malas lo haré, el otro día leí en un foro que "mandaron a tres rumanos a acojonar al inquilino y al final se fué". Desde luego no es el mismo caso el mío que el tuyo...pero yo hice el contrato para asegurarme y estar tranquila, si no es así me voy a enfadar mucho.
25/07/2009 10:34
Tener cuidado con la corte de arbitraje, en este foro yo he colgado varios post con mi caso, te recomiendo que te los leas...
30/07/2009 11:07
Hola Mauloa.
He estado buscando pero no consigo ver ningún post tuyo con respecto a este asunto.
Si me pudieras ayudar te lo agradecería en el alma
30/07/2009 12:48
Yo tb lo he buscado y nada de nada. Para mi ha sido un gran error haber contratado el arbitro con esta empresa. Poco profesional, poco transparente, nada efectiva y todo lo malo que pueda decir es poco.
20/06/2011 17:36
Hola amigos.
A lo largo de estos años he realizado unos 8 contratos de alquiler. Siempre he utilizado el impreso de la corte de arbitraje y hasta ahora no he necesitado hacer uso de sus servicios, porque no he tenido ningún problema con los inquilinos.
Pero ahora, por primera vez, he tenido que demandar a uno de ellos, y para ello he usado las "ventajas" que ofrece la Corte de Arbitraje.

Mi inquilino no me pagó el último mes, me dejó un montón de facturas pendientes y me comunicó su marcha con sólo 5 días de preaviso aunque en el contrato está estipulado que tenían que ser 3 meses. En el contrato pone que la indemnización por la falta de aviso en plazo sería de 3 mensualidades. Por las buenas intenté llegar a un acuerdo amistoso. Solicité el pago de la última mensualidad que estaba pendiente, dejando la fianza para el pago de las facturas y lo poco que sobrara como pago de indemnización.
El inquilino no se avino al acuerdo, aunque tengo que agradecerle que abandonara el piso (sucio pero no dañado) dejando las llaves en el buzón.
Acudí a la Corte de Arbitraje con todos los detalles: Contrato, copias de facturas impagadas, comunicaciones entre las partes, etc.
Suponía que el asunto se resolvería en el plazo de 1 mes. Falso. El plazo comienza a contar desde el momento que se inicia el procedimiento. No desde que entregas la demanda.

A los 56 días de presentar la demanda recibí la primera comunicación de la Corte. Me notificaban el nombramiento del Arbitro y el inicio del procedimiento. En el mismo escrito me solicitaban los siguientes documentos probatorios:
"1. Los impagos de renta se deberán probar mediante la aportación de movimientos bancarios o recibos durante el periodo de vigencia del contrato de arrendamiento.
2. Las facturas de suministros, impuestos, tasas y recibos de comunidad de propietarios sólo se podrán reclamar ... cuando se acredite documentalmente el pago.
3.- Los desperfectos en el inmueble arrendado deberán ser probados con claridad, mediante la aportación de documentos públicos (acta notarial o peritaje independiente)...."

Como el piso lo entregó sin grandes desperfectos, hice caso omiso del punto 3º. Como las facturas pendientes las había presentado a la Corte mediante fotocopias, también hice caso omiso.
Con respecto al punto primero, yo sólo reclamaba el pago del último mes. Como en la demanda había aportado copia de los cruces de comunicación (correos electrónicos) entre ambas partes, también hice caso omiso del escrito.

Pues bien, un mes después, recibo un escrito de la Corte con el Auto de Resolución.
Ignoran todos los argumentos que había expuesto, y hacen caso omiso de las copias de facturas y de las cartas cruzadas con el inquilino que presenté como pruebas.

El árbitro dice en su auto lo siguiente:
"Que se aprecia una falta de acreditación en las pretensiones deducidas por la parte Demandante"
"Que se comunicó a la parte Demandante que los impagos de renta se deberán probar mediante la aportación de movimientos bancarios o recibos durante el periodo de vigencia del contrato de arrendamiento"
"Que se procede decretar el sobreseimiento del procedimiento arbitral, al resultar imposible acreditar en qué consisten las pretensiones del actor"
...

Pero lo más sangrante es cuando dice:

"En cuanto a las costas generadas durante la tramitación del procedimiento arbitral, SE CONDENA A LA PARTE DEMANDANTE AL ABONO DE LAS COSTAS COMO CONSECUENCIA DE HABER HECHO CASO OMISO AL REQUERIMIENTO DE PRUEBA".

En resumen. La Corte de Arbitraje es un cachondeo. Solicité su intervención en una demanda. Presenté todas las pruebas que consideré necesarias, pero no presenté copia de los movimientos bancarios porque erróneamente consideraba que era un trámite innecesario. Como consecuencia se desestima mi demanda y se me condena al pago de las Costas, que ascienden a la cantidad de 217, 11 euros.

Si alguien pregunta por experiencias sobre la corte de arbitraje, creo que aquí tienen un buen ejemplo de lo que puede pasar. Como cometas el más mínimo error, pararán el proceso y te condenarán a que tú mismo, aunque seas la parte demandante, pagues los costes del proceso

Estáis avisados de lo que pueda pasar.
26/06/2011 14:05
Santi90,
Siento lo que le ha pasado, por desgracia, no conozco a nadie contento con su política de actuación. En mi caso yo fui la demandada. Mis inquilinos se fueron a los tres meses de haber firmado un contrato de un año, con sólo una llamada por teléfono y todo porque les habían concedido una vivienda de VPO. Me reclamaban la fianza y un depósito de 3.000 euros que se pagó para "el fiel cumplimiento del contrato". Mis inquilinos sabían en todo momento que yo alquilaba la casa por no poderla vender y para hacer frente al pago de otra vivienda a la que me tenía que marchar a 400 km por motivos laborales. A mí me condenaron "por no presentar alegaciones a tiempo". Yo recibí un burofax que correos me permite que recoja en 15 días (creo), yo lo recojo en plazo y presento alegaciones. Dos días más tarde recojo otro burofax con la sentencia no favorable. Llamo por teléfono y una persona poco amable me atiende, le explico las cosas y me dicen que ellos no han recibido la documentación a tiempo. La única solución que me dan en presentar una demanda ante la audiencia provincial. El resultado gasto de abogado 500 euros para un juicio al que no acude nadie de la corte que se suponen que deberían ir. Afortunadamente, el juez me da la razón porque yo cumplia la legislación. Mucho rollo, pero al final tienes que acudir a la justicia ordinaria.
30/06/2011 12:53
Hola:
Tengo un inquilino que en octubre hará 5 años que esta de alquiler. Lleva un retraso en el pago de varios meses y quisiera saber si al cumplir los 5 años de alquiler como debo proceder para comunicarle que no deseo prologar más el contrato.
En caso de que se niegue a dejar la vivienda: ¿Tendría que acudir a los tribunales?, ¿Podría continuar ocupando la vivienda los meses que dure el juicio aunque hayan trascurrido los 5 años? ¿Cuánto tiempo más se podría alargar el desalojo del inmueble?
01/07/2011 06:41
El Arbitraje defiende al que tenga la razón legal... "sea arrendador o sea arrendatario".
04/07/2011 22:28
LEX44, lamento decirle que por mi experiencia ersonal no es así. Yo tuve que acudir a los tribunales y me dieron la razón cosa que la corte NO. Qué casualidad, ¿no?.
04/07/2011 22:31
Jose.gatika.
Creo que tienes que mandarles un burofax con justificación de texto.
05/07/2011 21:30
tmateos, si firmas el Arbitraje (europeo) renuncias a ir a los Tribunales y tienes que acatarlo como una sentencia firme. Qué casualidad ¿no?.

PD.- No es lo mismo El Corte y Arbitraje que El Corte Ingles.
06/07/2011 23:15
Jose.gatika. la ley dice:

Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.

Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.
06/07/2011 23:25
Gracias Lex44
Pero mi duda está en si transcurrido los 5 años y habiéndole enviado un burofax indicando que a finalizado el contrato y no deseo prologarle, Si el inquilino hace caso omiso del aviso, no abandona la vivienda y tengo que recurrir a los tribunales ¿Cuánto tiempo podría estar en el piso?
06/07/2011 23:27
Leo y copio:

¿qué es el arbitraje?

El arbitraje es un mecanismo eficaz alternativo a los que ofrece la justicia ordinaria, permite solucionar los conflictos entre las partes implicadas ante una parte imparcial (arbitro) responsable de determinar y dictaminar la sentencia que debe resolver dichos conflictos. Ambas partes implicadas en el conflicto tienen las mismas oportunidades y deben cumplir obligatoriamente la sentencia, se trata de un proceso rápido y económico que tiene como fundamento los mismos principios esenciales de la Justicia Ordinaria.

El arbitraje se presenta en dos fórmulas, el arbitraje de equidad donde el laudo emitido por el árbitro es bajo su criterio y el arbitraje de derecho, en este caso los árbitros deben ejercer la abogacía y el veredicto debe ser bien documentado y argumentado.

Las sentencias son rápidas, se obtienen en un máximo de 35 días, en cuanto al tema económico, sólo se necesita una provisión de fondos como parte de los honorarios que cobra AEADE y siempre es la parte condenada la que paga. Otro aspecto importante es la flexibilidad para poder llegar a un acuerdo entre las partes que se encuentran implicadas en el procedimiento, algo que mediante la vía jurídica sería mucho más difícil.

Es necesario salvaguardar los derechos de ambas partes y gracias al arbitraje, éstos son bien velados, ya que tanto una parte como la otra pueden instar el arbitraje para hacer valer sus derechos. En fin, es interesante que la cláusula de arbitraje quede contemplada en el contrato por el bien de todos.
11/07/2011 17:33
LEX44
¿Trabaja para la Corte de Arbitraje y teme quedarse sin trabajo ya que nadie dice nada bueno? Si es abogado como sea tan buen profesional como humorista, no le van a dar trabajo ni de limpiador del Corte Inglés. Ahora entiendo porqué funciona tal mal el PNAG.

En fin, volviendo a lo mismo. A mi los tribunales me dieron la razón y dieron por no válido el laudo, por vulnerar principalmente mi derecho a presentar alegaciones. Si los señores del laudo están tan convencidos de que su veredicto es el correto ¿por que no se presentaron en el juicio para defenderse?

Muy bonito lo que pone, pero la realidad no es así. Aqui son muchas las personas que cuentan sus experienciencias y nínguna ha contado nada bueno, por algo será.