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¿Alguien sabe cuánto cuesta impugnar un acta?

41 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 41 comentarios
07/01/2009 11:17
La Ley ni es justa ni injusta. Es Ley y por eso no hablo de ello y me limito a contestar a tu exposición.

Lo que tienes que hacer es revisar tu escritura de propiedad y averiguar cual es la cuota de particpación que tiene tu vivienda en gastos comunes.

Una vez hayas averiguado tu cuota de participación debes averiguar si existen disposiciones estatutarias en las que se establezca algún modo especial de reparto de los gastos comunes (lo podrás encontrar en la escritura de división horizontal de la finca o urbanización).

Una vez tengas la información podrás calcular atendiendo al total de gastos comunes si te están repartiendo adecuadamente los mismos.

Si no tuvieras cuota asignada, se presume que los gastos se repartirán por partes iguales, te parezca justo o injusto y para cambiar esa situación deberás iniciar un expediente judicial para que se apliquen las cuotas en el modo descrito en la LPH a cuyo fin deberás demandar sin excepción a todos los propietarios, si antes no has conseguido acuerdo unánime al respecto. Te recomiendo que busques a un abogado para que te asesore adecuadamente.

La verdad es que explicar todo por aquí es complicado.

Saludos.

07/01/2009 22:27
DickTurpin veo que no has leido lo que dije en otros mensajes que dejé escrito un poco más arriba.
Ahí indico que no hay Estatutos, al menos legalmente establecidos, porque escritos si que los hay, pero sin registrar, por lo tanto no tienen validez legal, aunque es una lástima porque en ellos se establece que el gastos se reparta en función del coeficiente.
Como no están registrados, nunca se llevó a cabo ese acuerdo ya que han hecho lo que han querido los que han estado en la dirección durante muchos años, es decir, un reparto a partes iguales, sin tener en cuenta que la diferencia de casas es avismal.

Puntualizo que no es un edificio de pisos, sino chalets con parcelas y algunos están divididos en dos, es decir con dos propietarios, mientras que otros son individuales.

Hay una cosa que no entiendo, si la Ley dice que ha de hacerse el reparto por coeficientes, porqué necesito el apoyo unánime para cambiar este reparto?? no seria al revés, es decir, si estuviera establecido por coeficientes y alguien quisiera que fuera a partes iguales, ese alguien sí debería conseguir el acuerdo unánime para que el reparto fuera a partes iguales, no??

Este punto no lo tengo claro.

Gracias de todos modos.
Un saludo
16/01/2009 18:54
Respecto al punto que no tienes claro te diré que tu afirmación es incorrecta. Reitero lo que te dije el 7 de enero. Revisa tu escritura de propiedad y averigua cual es la cuota de particpación que tiene tu vivienda en gastos comunes. Si no tuvieras cuota asignada, se presume que los gastos se repartirán por partes iguales. Si tuvieras cuota asignada, los gastos deberían reparirse por cuota de participación al no haber disposición estatutaria que establezca otra cosa.

No obstante lo anterior, si la comunidad tumbada que planteas se negara a aceptar dicho postulado tienes abierta la vía judicial para impugnar judicialmente el acuerdo y la demanda a buen seguro prosperaría.
17/01/2009 20:13
Hola de nuevo DickTurpin
Una vez revisada mi escritura, como me has aconsejado, te diré que yo tengo hecha la división horizontal con la vivienda que tengo al lado, es decir el 50% tenemos cada uno, 36% de vivienda y 14% del trastero.
Como he dicho antes, esta urbanización se compone de chalets individuales y otros compartidos (es mi caso).
Respecto a la división horizontal de la comunidad, solo decir que no está hecha, el constructor nunca constituyó legalmente tal comunidad,.
Fueron los primeros vecinos que tuvieron que hacerse cargo de ciertas reparaciones que el constructor no hizo, como al principio eran pocos vecinos, pues decidieron repartir los gastos a partes iguales, pero sin acuerdo unánime, simplemente por decisión de algunos y además ni siquiera lo recogieron en acta.
Con los años, este punto no se ha cambiado y todos religiosamente han ido soportando estos gastos a partes iguales.
Ahora se presentan obras importantes y yo quiero que cada uno pague en función de los m2 que ocupan sus parcelas, es decir por coeficientes.
El próximo sábado, por fin, se celebrará junta extraordinaria, este tema va en el orden del dia, ya que conseguí el 25% de las firmas necesarias, de los propietarios, para que se convocara.
Ya veremos que sale de todo ello, hoy precisamente han intentado convencerme de no seguir adelante con la demanda a la comunidad en el caso de que decida la mayoria seguir con el sistema de reparto antiguo, es decir, a partes iguales.
tengo de plazo 1 año para impugnar el acta, ya veré que hago, ya que tengo abogado, me lo proporciona mi seguro y le he preguntado que si decido impugnar, quien corre con esos gastos, me han dicho que ellos, por lo tanto, que puedo perder??

Un saludo
27/05/2013 17:05
Es un viejo post, pero a ver si queda alguno de los partícipes que pueda decirme como quedó su tema.
Mañana se celebra junta ordinaria en mi comunidad nueva. Mis escritiras dicen :
"Cuota: le corresponde una cuota de participación de cero enteros, setenta y tres centésimas por ciento"
No existen estatutos resgitrados, pero está acostumbrados (por ciertas razones históricas) a pagar por igual. Mañana se votarán nuevos coeficientes, pero si no hay unanimidad en la votación de nuevos coeficientes, yo no sé si tengo que impugnar, y cuales son los coeficientes que legalmente deben aplicar si no hay acuerdo mañana. Yo acepto el incremento de la cuota del 0.73% al 2,5% que es lo que me sale por superficie, pero no voy a aceptar pagra lo mismo que un piso de 70 metros (el mio es un mini estudio de 22 metros).
Alguno de los participantes del post antiguo puden decir como acabó su situación?
Gracias
02/06/2013 23:24
Isolda, hay sentencias que dicen claramente que si se viene pagando por iguales y es demostrable, aunque en los estatutos diga otra cosa, hace falta un acuerdo unánime, es decir, de todos los propietarios, para modificar la forma de reparto.
La costumbre hace ley y los jueces lo tienen en cuenta.

Es decir, si venis pagando por iguales y lo pueden probar, seguiras pagando por iguales, salvo que consigas demostrar una notoria injusticia en el reparto que suponga un enriquecimiento injusto de unos propietarios sobre otros.
Aun así, de fácil nada y un buen y caro abogado.
03/06/2013 00:10
Si en el registro esta por cuota de obra nueva... Puedo negarme a aceptar acuerdo aprobado a pagar por partes iguales?
03/06/2013 01:55
Hola arthemisa,
me gusta su razonamiento porque en el fondo coincide con el mio. Usted dice: "si venis pagando por iguales y lo pueden probar, seguiras pagando por iguales, salvo que consigas demostrar una notoria injusticia en el reparto que suponga un enriquecimiento injusto de unos propietarios sobre otros".
Pero si por ejemplo hubiera mucha disparidad de superficies, el reparto a partes iguales ya supondría un enriquecimiento injusto, y por tanto una injusticia y una inadaptación de los coeficientes de distribución de rentas a los parámetros que la ley consagra como validos, no? Es decir, que siempre acabamos en lo mismo, que los jueces ni deben ni pueden permitir arbitrariedades.

Lo que efectivamente sigue siendo chocante, es que pareciendo tan evidente que las comunidades deben seguir o tratar de seguir unos parámetros en la distribucion de gastos, las nuevas comunidades lo sigan a rajatabla (porque se hacen las cosas bien desde el principio) y en las viejas comunidades cueste tanto hacer las cosas bien. Lo cual enlaza con la paradoja de que la compra mas importante de la vida de la gente esté tan poco protegida.

Arthemisa, si nos da ejemplos de sus sentencias de reparto a partes iguales (en ninguna ley leo que el reparto a partes iguales sea un método de reparto valido, salvo que sea "un acuerdo unánime establecido", pero dentro de eso es que vale efectivamente todo) le podremos echar un vistazo, porque sigue sin cuadrarme la defensa a ultranza de este criterio que solo sale objetivo y por tanto de acuerdo a criterios no arbitrarios cuando las superficies de las viviendas son similares.
05/06/2013 10:42
Doña Isolda hace ya mucho tiempo que no me dirijo a este Foro y que conste que hubo una temporada que no salía de el.
Isolda yo tengo demandada a mi Comunidad hace ya tres años y en Octubre tenemos la vista previa en Alicante, precisamente por la Forma de pago, ya que no estoy conforme con ayudarle a pagar sus cuotas a los pisos grandes. Me busqué un abogado y le día 1700 € y al procurador 350 € cuando termine el juicio al abogado le daré unos 1300 €
y al procurador un poco mas creo.
Bien, Mi Título dice que hay que pagar por coeficientes y mis Estatutos tambien, aunque estos no se hallan registrados.
Se aprueba en un acta por Unanimidad de los presentes para cambiar la fortma de pago a partes yguales y coeficientes, todo cambiado, dos propietaruios asistentes a esta reunión la impugnamos en el Orden del Día del año siguiente, es decir tubo Unanimidad, pero no, esto lo dirá el Juez.
Las sentencias del TS 16-11-04 Rec 3146/1998 TS 22-05-08 Rec 4324/2000 y la TS 3-12-2004 Rec 3126/1998, esta última dice que todo acuerdo contrario a Ley y Estatutos es susceptible de impugnarlo para lograr su anulación .
Sacate estas tres sentencias por internet y verás que cuando las cosas van mal por muchas Unanimidades que cuenten en los acuerdos si estos van contra Ley, Estatutos y se impugnan en un punto del Orden del Día y dices que quieres que se aplique la Ley los otros propietarios lo tienen muy crudo para poder sacar adelante las ilegalidades , aunque alguien por ahí te aconseje otra cosa. Llevate cuidado con los abogados de pacotilla, ahora mismo hay muchos, deseando coger lo que sea para poder subsistir, en fin, caraduras ha habido y habrá, cogete a alguien si decides ir adelante pero experto en Comunidades y sobre todo en la Ley de la LPH.
Compara tu caso con los mencionados en las sentencias que te envio, para ver si son aproximadamente iguales y en ese caso adelante. Has de saber que todo entraña un riesgo y un juicio tambien, aunque dicen que el que no se moja...
Suerte Isolda...
06/06/2013 11:13
Gracias mabelita, me leeré las sentencias que comenta.
Un cuestión importante es todo esto, es lo que usted comenta, la dificultad económica de la impugnación, por mucha razón que se tenga. Mi comunidad de hecho no quiere oír mis razones porque no creen que sea capaz de impugnar y de llevarle a los tribunales, por la alta "inversión" que ello conlleva. En ese sentido la Ley no está bien hecha y favorece las "coacciones" y abusos por parte de las mayorías en las comunidades, pero eso sería otro debate. Y también está el papel de desinformación del administrador, que lleva mas de 30 años en la comunidad y tiene que justificar las cosas que se han hecho mal todos estos años, y la complejidad del asunto, porque no todos los comuneros tienen capacidad para valorar si lo que votan es contrario a los parámetros que la Ley consagra para el cálculo de coeficientes.

Por ejemplo, el argumento que daban para no adecuarse a los coeficientes de superficie, con algunas excepciones hechas para adecuarse a la realidad arquitectónica de la finca (que no me benefician, pero estaba dispuesto a aceptar) es que la diferencia con respecto a lo venían pagando les escocia el bolsillo, justificación evidentemente improcedente en Derecho. Solo saben hablar de cuotas y no de coeficientes, y tenemos unos presupuestos bastante optimizables, yo creo que sus decisiones son tan arbitrarias y poco fundadas (es gente con muy poca formación) que si se baja el presupuesto, y le salen unas cuotas mas bajas, ya aceptarían el pago conforme a los parámetros y coeficientes legales. Un par de vecinos estamos trabajando en esas optimizaciones de presupuestos, pero es una gente que tampoco se deja ayudar.

Mi idea ahora es plantearles un acto de conciliación, para ver si se toman el tema en serio, y para que vean que el tema no es baladí. Ello también me dará creo mas pie a que posteriormente el juez les condene en costas, porque tengo que demostrar que me han hecho incurrir en un gasto para no tener que soportar un perjuicio arbitrario, y un acto de conciliación creo que lo dejaría claro, que todos los intentos , y que hubo varios fueron rechazados arbitrariamente . Quizás si se tiene que dar una vuelta por el juzgado, acaban teniendo que leer algo de jurisprudencia y se les va un poco la inconsciencia sobre lo que sus arbitrariedades provocan.

Como veis la idea del acto de conciliación previa? La ventaja es que es un procedimiento que no requiere abogado y procurador.
Otra idea es tratar de forzar una junta extraordinaria, hay vecinos que no son el presidente que consiguen que se convoquen para sus temas personales, y para temas de interes general las suelen rechazar (paradogico), por lo que no lo veo muy viable. Y sería necesario librarse antes del administrador que confunde mas que aclara, porque sus discursos, con eso de que tiene que respaldar todo lo que se ha hecho en estos años, no resultan coherentes ni convincentes...


06/06/2013 12:15
Isolda lo tienes muy difícil ya que creo que en estos casos y cuando a una cosa no se le ve final hay que optar tarde o temprano por darle una solución, drástica o bien individual o colectiva, algo tendrás que hacer, yo después de 13 impugnaciones y con mi paciencia ya fuera de control decidí demandar, antes que lo hubiese hecho, pues llega un momento en el que dices ¿ hasta aquí hemos llegado ?
Es cierto que todo cuesta un dinero en esta vida, todo... pero no me gusta que nadie me tome el pelo ni se ria de mi, cueste lo que cueste. Mu Vista Previa llega ya en Octubre y se a lo que me expongo, ya que están los jueces en un plan muy borde,,, menos mal que la justicia dijo alguien... que es igual para todos... pero es algo a lo que me
debo exponer y ya saldré por algún lado, ya te contaré...
Saludos...
06/06/2013 13:16
Gracias mabelita,
a que se refiere usted con que realizó 13 impugnaciones? Hay algún procedimiento que implique invitar a la comunidad a aplicar la ley y que no requiera pagar mas de 2000 euros?

He estado revisando la jusrisprudencia que usted me refiere. Lo más aplicable a mi caso sería "la Sentencia del TS de 28/05/2008 donde señala que si bien se exige Unanimidad para establecer un sistema de gastos distinto del legal de cuotas, sólo se requiere MAYORÍA SIMPLE PARA VOLVER AL SISTEMA LEGAL". En mi caso se descartó volver al sistema legal, y se ha aprobado por mayoría simple algo enrevesado y arbitrario, para que no les "escociese al bolsillo" a la mayoría.
Si eso es así, podría impugnar con todas las de ley, porque además salvé mi voto para ello.

Alguien puede corroborrar o matizar esta sentencia si dice lo he parafraseado?



12/06/2013 19:29
Hola Mabelita, por la jurisprudencia que aporta veo que usted ha profundizado en los temas de las impugnaciones, y por tanto habla con conocimiento de causa.
Nos puede por favor aclarar por que habla de 13 impugnaciones?
Gracias, porque sus experiencias y vivencias seguro que pueden ser útiles para otros foreros
Saludos!
12/06/2013 21:49
Perdona que haya estado unos días sin aparecer por estas paginas del foro pero es que he tenido mucho trabajo.
Mira... yo tengo a mi Comunidad denunciada, la vista previa tendrá lugar en el mes de octubre y he puesto toda la carne en el asador para ello, te comento... A lo largo de los años he estado impugnando los presupuestos anuales que se presentaban modificandolo todo y sin venir en el Orden del Día y así hasta 13 veces y ya cuando me cansé vino la demanda que yo creo que el juez tendrá en cuenta pues estaba muy harto. De todas maneras esto de un juicio es una aventura y hay que exponerse. Pienso que esto te valdrá de muy poco ,aunque yo espero que el juez lo tenga en cuenta, no obstante los acuerdos que van contra Ley y Estatutos aunque se aprueben por Unanimidad, en un momento determinado se impugnan y puede pasar de todo...segun sentencias que te adjunté anteriormente y yo a eso le voy a añadir otras cosas que se han ido juntando a lo largo del tiempo.
La sentencia que mencionas no es de fecha 28-5-2008 si no de 22-8-2008,Rec 4324/2000.
Consultalo con algún amigo abogado pero que entienda de estos temas y no te engañe, pues ahora mismo hay mucho "farfullero", pon lo que te ocurre en el foro de " Blog Garcia Collado" y a ver si ahí alguien te puede aconsejar tambien.
De todas maneras lo tienes dificil ya que parece ser que despues de impugnar deberás denunciar al juzgado y esto vale un dinero...y si no se avienen por las buenas deberás de gastarte el dinero y tirar para adelante...
Suerte...
13/06/2013 09:48
Gracias mabelita por sus comentarios.
En ese blog hay un caso identico al mio, y la respuesta es la misma que las conclusiones a las que yo había llegado, indagando en muchos sitios. Es un blog interesante y muy objetivo y coherente. Lo que ocurre es que la "tutela judicial efectiva" en este pais deja mucho que desear, y es precisamente esto lo que propicia que algunas comunidades y administradores cometan todo tipo de abusos. He leido que precisamente fue el colegio de administradores el que logro que se impusieran tantas trabas a las impugnaciones, es un gremio que aunque presuma de ética fomenta muchas cazicadas en las comunidades, como de todos es conocido.
Lo que no me queda claro es por que dice que impugnó 13 veces. ¿Presentó alegaciones durante 13 años, o impugno de verdad judicialmente durante 13 años? Porque las comunidades que hacen lo que quieren no creo que atiendan a alegaciones.
Efectivamente, yo defiendo su criterio, que también defienden muchos jueces, de que las supuestas unanimidades no convalidan ciertos acuerdos que van contra la Ley, porque muchas falsas unanimidades, que claramente perjudican a algunos comuneros, no son mas que resultado de manipulaciones, y tretas, que algunos manipuladores de juntas llevan a cabo. Pero el tema de las unanimidades es bastante complejo, lo mejo es oponerse claramente en tiempo y forma, para romper esas apariencias de unanimidad. Para ganar un juicio en este pais, primero se tiene que tener razón, después no cometer ningun error de procedimiento, y después estar decidido a invertir el dinero necesario para hacer valer tus derechos
13/06/2013 11:41
Isolda me alegra mucho que el Blog de García Collado te haya ayudado un poco a esclarecer algunas dudas que tenias al respecto. es un Administrador de Fincas de lo mejor con muchos casos y sentencias diversas.
De todas formas yo decidí hace unos 3-4 años impugnar despues de tanto aviso y aunque mi abogado no tenía ni idea de la LPH ni casos similares al mio a día de hoy me atrevo a decir que sabe mas que el primero, solo espero que me defienda u pelee mi caso llegado el momento con la documentación que yo le aporte.
Si no arreglas por las buenas solo te queda la opción de gastarte el dinero y lo siento de veras, pero esto es así.
Mis impugnaciones fueron para tratar de arreglar las cosas por las buenas impugnando ante la Junta todos los años y amenazándoles con demandarles, pero no me hicieron caso, hace un año me dijeron que me legalizaban a mi solo y lo demás quedaba todo igual, pero les dije que no estaba dispuesto ya que cuando entrara un nuevo propietario tarde o temprano volveríamos a las mismas si no estaba todo correcto y bien legalizado,cuando en una Comunidad de 20 propietarios hay 3-4 que se ahorran un dinero todos los años, cuesta mucho deshacer lo andado. Por lo que te he expuesto decidí continuar a delante yo solo, ya que lo demás todo son parches, pan para hoy y hambre para mañana, en fin... yo soy así de chulo y legal, el dinero no me sobra pero de mi no se rie nadie.
Me han dicho que retire la demanda y sacarán un punto en el Orden del Día para legalizarlo todo, y les he dicho que primero lo legalicen todo y lo saquen en el Orden del Día y despues es posible que hablemos, son ellos los que deben de dar el primer paso y los demandados, mientras que eso no ocurra así no me retiro pues en la Comunidad hay 3-4 propietarios de pisos grandes de 120 m2 y yo tengo 50 m2 que no me pueden ver.
Isolda piénsatelo y tu veras lo que haces, aunque depende de las economias de cada uno.
Suerte...
14/06/2013 01:51
Hola Mabelita,
conmigo se están portando igual. En la junta del mes pasado deje constancia de salvaba mi voto para impugnar. 4 analfabetos que no entienden nada de leyes decían que les demandase, que no había ningún problema, como si tuviesen algo legal en esa comunidad.

Mi piso tiene 22 metros (es un mini estudio raro, que viene encima de una expediente de dominio, y se registro el año pasado, aunque la finca es del 65). No es que las demás viviendas sean muy grandes, pero hay pisos de 65 metros, predominan los de 50 metros y sólo hay dos mini estudios de 22 metros. La historia de que estos mini estudios paguen tanta comunidad viene de que los propietarios necesitaban el favor de la comunidad para registrarlos, así que no les importaba pagar mas, para poder registrarlos y venderlos, y que el nuevo comprador se apañase después con la comunidad. Yo soy nuevo, y se creen con derecho de exigirme lo que les exigieron a los antiguos propietarios, que les pusieron una cuota 3 veces lo que correspondería, a cambio de hacerles el favor de poder registrarlos para venderlos. Pero tiene todo descuadrado, mi coeficiente de escrituras han puesto que es un 0,73% (mas bajo de los real) y quieren que pague como un 5%, no tienen estatutos de la comunidad, el administrador confunde mas que informa...

Usted al menos por lo que cuenta ha conseguido que le tomen en serio. No sabía que un proceso de impugnación durase tanto, de 3 a 4 años.
Se le ve curtido en el tema.
Si no es indiscrección, si le facilito una dirección de email, podría recomendarme algún abogado especialista en temas de comunidades? A ser posible de la zona de Madrid...
Por cierto que no sé si dispongo de 3 meses o de un año para impugnar. En la junta del 28 de mayo se aprobaron unas cuotas arbitrarias y raras, son tan analfabetos que no quieren oir ni hablar de coeficientes sino de cuotas absolutas (no saben ni lo que son las proporciones), que por se mayoría de pisos grandes, creen que las pueden imponer a su antojo, sin tener en cuanta las superficies. Sé que si no me retraso en la impugnación lo que han votado sólo valdría para este año (no quieren hacer las cosas bien, y prefieren que haya enfrentamiento todos los años, no se dan cuenta de que eso crea inseguridad para todos), pero me gustaría intentar impugnar ya, porque si se les cede un poco con este tipo de gente son capaces de querer cada año mas, porque encima tienen la impresión de que haciendo pagar a un minipiso cuya superficie real supone un 2,5%, un 5% del presupuesto de la comunidad encima me están haciendo un favor. Usted aguantó 13 años las arbitrariedades de sus vecinos, yo espero tener que aguantar bastante menos, pero la "guerra" no ha hecho mas que empezar, y no se antoja sencilla tampoco.

PD: no soy Isolda, parece que Isolda no interviene de nuevo para contar como le fue su tema. Mi problema viene de hace 4 meses, desde que me engañaron en la compra de un pequeño estudio (ocultacion de derramas, comunidad desproporcionada, problemas de aislameinto, etc). Gracias por sus comentarios, porque se le ve muy puesto en el tema, yo la verdad que llevo porquito con estos problemas
14/06/2013 12:59
Voy a tratar de ser un poco breve yo haría lo siguiente, y soy yo, pero a la vista de que he actuado de una manera ahora mismo lo haría de la siguiente:
Al año que viene y con tiempo me buscaría un abogado y a traves de el le enviaría una comunicación al Presidente de la Comunidad o al Administrador para que vea que vas en serio. El escrito se lo mandas unos dias antes de la reunión para que saquen un punto en el Orden del Día en estos terminos:
" Aprobación sobre la forma de reparto del gasto entre los propietarios " este escrito que se lo envie tu abogado a la Comunidad para que vean que vas en serio y ya en la Reunión les manifiestas que te están ocasionando un grave perjuicio económico ya que tu quieres que se pague todo por coeficiente y de conformidad con la Ley y se aplique el coeficiente
que viene en el Título y ya de hecho tu vas a empezar a pagar por coeficientes tu próxima cuota y que conste en el acta que se levante a los efectos oportunos, que sean ellos y no tu la que de el primer paso.
Provoca que sean ellos los que te denuncien y ya veremos lo que hacen...
Se tendrán que buscar abogado y procurador y poner unos 1500 € para empezar, es posible que entonces se lo piensen...antes de dar el primer paso..
Los acuerdos que van contra Ley son susceptibles de impugnarlos segun la TS 3-12-2004 Rec 3126/1998 que te envie.
Exígeles en la Reunión del año que viene que hemos mencionado antes que quieres que se de cumplimiento a lo estipulado en el Título de Constitución de de la Comunidad y para ello vas a pagar por coeficientes a partir de ahora ...y si no que te denuncien...
Esto es lo que yo haría ahora mismo, provocarlos a ellos a ver si entran al trapo...
Podrías posiblemente demandarlos ya al haber votado en contra de los presupuestos por no ajustarse a ley me imagino y teniendo un año... pero yo haría las cosas mejor yo te asesoro de esta manera tu piensatelo antes...
Suerte


15/06/2013 01:41
Hola Mabelita,
ya estoy pagando según mi coeficiente de participación de escrituras desde que soy el nuevo propietario. Con eso y una par de escritos que no han podido evitar ya les forcé a que se debatiese el tema en la junta pasada. Pero creo que se necesita algo mas contundente para hacer reflexionar a estos paletos.

Hasta ahora creo que tengo las espaldas cubiertas, pero lo que se han decidido en junta es vinculante, y si no lo impugno bastaría un simple monitorio o juicio verbal para que me condenasen. La ley es muy desigual y fuerza al comunero perjudicado a invertir una buena cantidad de dinero en una impugnación, cuando un monitorio es, en principio, un procedimiento muy sencillo. No entiendo esta disparidad, que fomenta la "tiranía de las mayorías" en las comunidades. El administrador lo sabe, y también sabe que se han hecho muchas cosas mal en esa comunidad, por eso disimula y da discursos de los mas incoherente, porque sabe que si no le acusaran de haber hecho las cosas mal, y lo tirarán.

Puedo seguir "tocándoles las narices" y pagar por mi coeficiente, que es un 0.73%, pero si no va acompañado de una impugnación tengo las de perder. Les he ofrecido pagar un 2,55%, que es lo que sale de verdad por mi superficie, en relación a la de todas las viviendas (según el catastro), pero ellos quieren que pague un 5%, y la finca es vieja, vendrán obras, y no voy a pagar las derramas a nadie. Igual es buena idea jugármela un año, pero si actúan me condenarán a pagar sí o sí. Yo podría impugnar al año siguiente. Pero tiene riesgo, y no estaría yo haciendo las cosas bien. Por eso si tuviese un año para impugnar y no tres meses podría jugar un poco más, y esperar a que ellos me demanden para interponer la impugnación judicial. ¿Cree usted que tengo tres meses o un año para impugnar?

En cuanto a lo de que pueda usted pasarme alguna referencia del algún letrado especialista en la materia, como lo ve?
Muchas gracias por su ayuda.
16/06/2013 20:53
Pues al final yo creo que tengo un año para impugnar, en función del art 18.3 de la LPH:
"3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el artículo 9."
Ello me da un cierto margen para ver si los paletos recapacitan de que tiene que respetar la Ley. Mañana voy a solicitar una junta extraordinaria, y si se niegan les pondré un acto de conciliación previa la demanda judicial. Así al menos les fuerzo a que reflexionen y se informen, y quizás lleguen a la conclusión de que no pueden imponer sus normas caprichosas y arbitrarias, cuando un comunero exige que se aplique la Ley.
En fin, nunca entenderé el tinglado/negocio que hay montado en este país para poder tener "la tutela judicial efectiva", con el tiempo que nos ahorraríamos si un juez interviene para poner un poco de orden en esta comunidad....
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¿Alguien sabe cuánto cuesta impugnar un acta?

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07/01/2009 11:17
La Ley ni es justa ni injusta. Es Ley y por eso no hablo de ello y me limito a contestar a tu exposición.

Lo que tienes que hacer es revisar tu escritura de propiedad y averiguar cual es la cuota de particpación que tiene tu vivienda en gastos comunes.

Una vez hayas averiguado tu cuota de participación debes averiguar si existen disposiciones estatutarias en las que se establezca algún modo especial de reparto de los gastos comunes (lo podrás encontrar en la escritura de división horizontal de la finca o urbanización).

Una vez tengas la información podrás calcular atendiendo al total de gastos comunes si te están repartiendo adecuadamente los mismos.

Si no tuvieras cuota asignada, se presume que los gastos se repartirán por partes iguales, te parezca justo o injusto y para cambiar esa situación deberás iniciar un expediente judicial para que se apliquen las cuotas en el modo descrito en la LPH a cuyo fin deberás demandar sin excepción a todos los propietarios, si antes no has conseguido acuerdo unánime al respecto. Te recomiendo que busques a un abogado para que te asesore adecuadamente.

La verdad es que explicar todo por aquí es complicado.

Saludos.

07/01/2009 22:27
DickTurpin veo que no has leido lo que dije en otros mensajes que dejé escrito un poco más arriba.
Ahí indico que no hay Estatutos, al menos legalmente establecidos, porque escritos si que los hay, pero sin registrar, por lo tanto no tienen validez legal, aunque es una lástima porque en ellos se establece que el gastos se reparta en función del coeficiente.
Como no están registrados, nunca se llevó a cabo ese acuerdo ya que han hecho lo que han querido los que han estado en la dirección durante muchos años, es decir, un reparto a partes iguales, sin tener en cuenta que la diferencia de casas es avismal.

Puntualizo que no es un edificio de pisos, sino chalets con parcelas y algunos están divididos en dos, es decir con dos propietarios, mientras que otros son individuales.

Hay una cosa que no entiendo, si la Ley dice que ha de hacerse el reparto por coeficientes, porqué necesito el apoyo unánime para cambiar este reparto?? no seria al revés, es decir, si estuviera establecido por coeficientes y alguien quisiera que fuera a partes iguales, ese alguien sí debería conseguir el acuerdo unánime para que el reparto fuera a partes iguales, no??

Este punto no lo tengo claro.

Gracias de todos modos.
Un saludo
16/01/2009 18:54
Respecto al punto que no tienes claro te diré que tu afirmación es incorrecta. Reitero lo que te dije el 7 de enero. Revisa tu escritura de propiedad y averigua cual es la cuota de particpación que tiene tu vivienda en gastos comunes. Si no tuvieras cuota asignada, se presume que los gastos se repartirán por partes iguales. Si tuvieras cuota asignada, los gastos deberían reparirse por cuota de participación al no haber disposición estatutaria que establezca otra cosa.

No obstante lo anterior, si la comunidad tumbada que planteas se negara a aceptar dicho postulado tienes abierta la vía judicial para impugnar judicialmente el acuerdo y la demanda a buen seguro prosperaría.
17/01/2009 20:13
Hola de nuevo DickTurpin
Una vez revisada mi escritura, como me has aconsejado, te diré que yo tengo hecha la división horizontal con la vivienda que tengo al lado, es decir el 50% tenemos cada uno, 36% de vivienda y 14% del trastero.
Como he dicho antes, esta urbanización se compone de chalets individuales y otros compartidos (es mi caso).
Respecto a la división horizontal de la comunidad, solo decir que no está hecha, el constructor nunca constituyó legalmente tal comunidad,.
Fueron los primeros vecinos que tuvieron que hacerse cargo de ciertas reparaciones que el constructor no hizo, como al principio eran pocos vecinos, pues decidieron repartir los gastos a partes iguales, pero sin acuerdo unánime, simplemente por decisión de algunos y además ni siquiera lo recogieron en acta.
Con los años, este punto no se ha cambiado y todos religiosamente han ido soportando estos gastos a partes iguales.
Ahora se presentan obras importantes y yo quiero que cada uno pague en función de los m2 que ocupan sus parcelas, es decir por coeficientes.
El próximo sábado, por fin, se celebrará junta extraordinaria, este tema va en el orden del dia, ya que conseguí el 25% de las firmas necesarias, de los propietarios, para que se convocara.
Ya veremos que sale de todo ello, hoy precisamente han intentado convencerme de no seguir adelante con la demanda a la comunidad en el caso de que decida la mayoria seguir con el sistema de reparto antiguo, es decir, a partes iguales.
tengo de plazo 1 año para impugnar el acta, ya veré que hago, ya que tengo abogado, me lo proporciona mi seguro y le he preguntado que si decido impugnar, quien corre con esos gastos, me han dicho que ellos, por lo tanto, que puedo perder??

Un saludo
27/05/2013 17:05
Es un viejo post, pero a ver si queda alguno de los partícipes que pueda decirme como quedó su tema.
Mañana se celebra junta ordinaria en mi comunidad nueva. Mis escritiras dicen :
"Cuota: le corresponde una cuota de participación de cero enteros, setenta y tres centésimas por ciento"
No existen estatutos resgitrados, pero está acostumbrados (por ciertas razones históricas) a pagar por igual. Mañana se votarán nuevos coeficientes, pero si no hay unanimidad en la votación de nuevos coeficientes, yo no sé si tengo que impugnar, y cuales son los coeficientes que legalmente deben aplicar si no hay acuerdo mañana. Yo acepto el incremento de la cuota del 0.73% al 2,5% que es lo que me sale por superficie, pero no voy a aceptar pagra lo mismo que un piso de 70 metros (el mio es un mini estudio de 22 metros).
Alguno de los participantes del post antiguo puden decir como acabó su situación?
Gracias
02/06/2013 23:24
Isolda, hay sentencias que dicen claramente que si se viene pagando por iguales y es demostrable, aunque en los estatutos diga otra cosa, hace falta un acuerdo unánime, es decir, de todos los propietarios, para modificar la forma de reparto.
La costumbre hace ley y los jueces lo tienen en cuenta.

Es decir, si venis pagando por iguales y lo pueden probar, seguiras pagando por iguales, salvo que consigas demostrar una notoria injusticia en el reparto que suponga un enriquecimiento injusto de unos propietarios sobre otros.
Aun así, de fácil nada y un buen y caro abogado.
03/06/2013 00:10
Si en el registro esta por cuota de obra nueva... Puedo negarme a aceptar acuerdo aprobado a pagar por partes iguales?
03/06/2013 01:55
Hola arthemisa,
me gusta su razonamiento porque en el fondo coincide con el mio. Usted dice: "si venis pagando por iguales y lo pueden probar, seguiras pagando por iguales, salvo que consigas demostrar una notoria injusticia en el reparto que suponga un enriquecimiento injusto de unos propietarios sobre otros".
Pero si por ejemplo hubiera mucha disparidad de superficies, el reparto a partes iguales ya supondría un enriquecimiento injusto, y por tanto una injusticia y una inadaptación de los coeficientes de distribución de rentas a los parámetros que la ley consagra como validos, no? Es decir, que siempre acabamos en lo mismo, que los jueces ni deben ni pueden permitir arbitrariedades.

Lo que efectivamente sigue siendo chocante, es que pareciendo tan evidente que las comunidades deben seguir o tratar de seguir unos parámetros en la distribucion de gastos, las nuevas comunidades lo sigan a rajatabla (porque se hacen las cosas bien desde el principio) y en las viejas comunidades cueste tanto hacer las cosas bien. Lo cual enlaza con la paradoja de que la compra mas importante de la vida de la gente esté tan poco protegida.

Arthemisa, si nos da ejemplos de sus sentencias de reparto a partes iguales (en ninguna ley leo que el reparto a partes iguales sea un método de reparto valido, salvo que sea "un acuerdo unánime establecido", pero dentro de eso es que vale efectivamente todo) le podremos echar un vistazo, porque sigue sin cuadrarme la defensa a ultranza de este criterio que solo sale objetivo y por tanto de acuerdo a criterios no arbitrarios cuando las superficies de las viviendas son similares.
05/06/2013 10:42
Doña Isolda hace ya mucho tiempo que no me dirijo a este Foro y que conste que hubo una temporada que no salía de el.
Isolda yo tengo demandada a mi Comunidad hace ya tres años y en Octubre tenemos la vista previa en Alicante, precisamente por la Forma de pago, ya que no estoy conforme con ayudarle a pagar sus cuotas a los pisos grandes. Me busqué un abogado y le día 1700 € y al procurador 350 € cuando termine el juicio al abogado le daré unos 1300 €
y al procurador un poco mas creo.
Bien, Mi Título dice que hay que pagar por coeficientes y mis Estatutos tambien, aunque estos no se hallan registrados.
Se aprueba en un acta por Unanimidad de los presentes para cambiar la fortma de pago a partes yguales y coeficientes, todo cambiado, dos propietaruios asistentes a esta reunión la impugnamos en el Orden del Día del año siguiente, es decir tubo Unanimidad, pero no, esto lo dirá el Juez.
Las sentencias del TS 16-11-04 Rec 3146/1998 TS 22-05-08 Rec 4324/2000 y la TS 3-12-2004 Rec 3126/1998, esta última dice que todo acuerdo contrario a Ley y Estatutos es susceptible de impugnarlo para lograr su anulación .
Sacate estas tres sentencias por internet y verás que cuando las cosas van mal por muchas Unanimidades que cuenten en los acuerdos si estos van contra Ley, Estatutos y se impugnan en un punto del Orden del Día y dices que quieres que se aplique la Ley los otros propietarios lo tienen muy crudo para poder sacar adelante las ilegalidades , aunque alguien por ahí te aconseje otra cosa. Llevate cuidado con los abogados de pacotilla, ahora mismo hay muchos, deseando coger lo que sea para poder subsistir, en fin, caraduras ha habido y habrá, cogete a alguien si decides ir adelante pero experto en Comunidades y sobre todo en la Ley de la LPH.
Compara tu caso con los mencionados en las sentencias que te envio, para ver si son aproximadamente iguales y en ese caso adelante. Has de saber que todo entraña un riesgo y un juicio tambien, aunque dicen que el que no se moja...
Suerte Isolda...
06/06/2013 11:13
Gracias mabelita, me leeré las sentencias que comenta.
Un cuestión importante es todo esto, es lo que usted comenta, la dificultad económica de la impugnación, por mucha razón que se tenga. Mi comunidad de hecho no quiere oír mis razones porque no creen que sea capaz de impugnar y de llevarle a los tribunales, por la alta "inversión" que ello conlleva. En ese sentido la Ley no está bien hecha y favorece las "coacciones" y abusos por parte de las mayorías en las comunidades, pero eso sería otro debate. Y también está el papel de desinformación del administrador, que lleva mas de 30 años en la comunidad y tiene que justificar las cosas que se han hecho mal todos estos años, y la complejidad del asunto, porque no todos los comuneros tienen capacidad para valorar si lo que votan es contrario a los parámetros que la Ley consagra para el cálculo de coeficientes.

Por ejemplo, el argumento que daban para no adecuarse a los coeficientes de superficie, con algunas excepciones hechas para adecuarse a la realidad arquitectónica de la finca (que no me benefician, pero estaba dispuesto a aceptar) es que la diferencia con respecto a lo venían pagando les escocia el bolsillo, justificación evidentemente improcedente en Derecho. Solo saben hablar de cuotas y no de coeficientes, y tenemos unos presupuestos bastante optimizables, yo creo que sus decisiones son tan arbitrarias y poco fundadas (es gente con muy poca formación) que si se baja el presupuesto, y le salen unas cuotas mas bajas, ya aceptarían el pago conforme a los parámetros y coeficientes legales. Un par de vecinos estamos trabajando en esas optimizaciones de presupuestos, pero es una gente que tampoco se deja ayudar.

Mi idea ahora es plantearles un acto de conciliación, para ver si se toman el tema en serio, y para que vean que el tema no es baladí. Ello también me dará creo mas pie a que posteriormente el juez les condene en costas, porque tengo que demostrar que me han hecho incurrir en un gasto para no tener que soportar un perjuicio arbitrario, y un acto de conciliación creo que lo dejaría claro, que todos los intentos , y que hubo varios fueron rechazados arbitrariamente . Quizás si se tiene que dar una vuelta por el juzgado, acaban teniendo que leer algo de jurisprudencia y se les va un poco la inconsciencia sobre lo que sus arbitrariedades provocan.

Como veis la idea del acto de conciliación previa? La ventaja es que es un procedimiento que no requiere abogado y procurador.
Otra idea es tratar de forzar una junta extraordinaria, hay vecinos que no son el presidente que consiguen que se convoquen para sus temas personales, y para temas de interes general las suelen rechazar (paradogico), por lo que no lo veo muy viable. Y sería necesario librarse antes del administrador que confunde mas que aclara, porque sus discursos, con eso de que tiene que respaldar todo lo que se ha hecho en estos años, no resultan coherentes ni convincentes...


06/06/2013 12:15
Isolda lo tienes muy difícil ya que creo que en estos casos y cuando a una cosa no se le ve final hay que optar tarde o temprano por darle una solución, drástica o bien individual o colectiva, algo tendrás que hacer, yo después de 13 impugnaciones y con mi paciencia ya fuera de control decidí demandar, antes que lo hubiese hecho, pues llega un momento en el que dices ¿ hasta aquí hemos llegado ?
Es cierto que todo cuesta un dinero en esta vida, todo... pero no me gusta que nadie me tome el pelo ni se ria de mi, cueste lo que cueste. Mu Vista Previa llega ya en Octubre y se a lo que me expongo, ya que están los jueces en un plan muy borde,,, menos mal que la justicia dijo alguien... que es igual para todos... pero es algo a lo que me
debo exponer y ya saldré por algún lado, ya te contaré...
Saludos...
06/06/2013 13:16
Gracias mabelita,
a que se refiere usted con que realizó 13 impugnaciones? Hay algún procedimiento que implique invitar a la comunidad a aplicar la ley y que no requiera pagar mas de 2000 euros?

He estado revisando la jusrisprudencia que usted me refiere. Lo más aplicable a mi caso sería "la Sentencia del TS de 28/05/2008 donde señala que si bien se exige Unanimidad para establecer un sistema de gastos distinto del legal de cuotas, sólo se requiere MAYORÍA SIMPLE PARA VOLVER AL SISTEMA LEGAL". En mi caso se descartó volver al sistema legal, y se ha aprobado por mayoría simple algo enrevesado y arbitrario, para que no les "escociese al bolsillo" a la mayoría.
Si eso es así, podría impugnar con todas las de ley, porque además salvé mi voto para ello.

Alguien puede corroborrar o matizar esta sentencia si dice lo he parafraseado?



12/06/2013 19:29
Hola Mabelita, por la jurisprudencia que aporta veo que usted ha profundizado en los temas de las impugnaciones, y por tanto habla con conocimiento de causa.
Nos puede por favor aclarar por que habla de 13 impugnaciones?
Gracias, porque sus experiencias y vivencias seguro que pueden ser útiles para otros foreros
Saludos!
12/06/2013 21:49
Perdona que haya estado unos días sin aparecer por estas paginas del foro pero es que he tenido mucho trabajo.
Mira... yo tengo a mi Comunidad denunciada, la vista previa tendrá lugar en el mes de octubre y he puesto toda la carne en el asador para ello, te comento... A lo largo de los años he estado impugnando los presupuestos anuales que se presentaban modificandolo todo y sin venir en el Orden del Día y así hasta 13 veces y ya cuando me cansé vino la demanda que yo creo que el juez tendrá en cuenta pues estaba muy harto. De todas maneras esto de un juicio es una aventura y hay que exponerse. Pienso que esto te valdrá de muy poco ,aunque yo espero que el juez lo tenga en cuenta, no obstante los acuerdos que van contra Ley y Estatutos aunque se aprueben por Unanimidad, en un momento determinado se impugnan y puede pasar de todo...segun sentencias que te adjunté anteriormente y yo a eso le voy a añadir otras cosas que se han ido juntando a lo largo del tiempo.
La sentencia que mencionas no es de fecha 28-5-2008 si no de 22-8-2008,Rec 4324/2000.
Consultalo con algún amigo abogado pero que entienda de estos temas y no te engañe, pues ahora mismo hay mucho "farfullero", pon lo que te ocurre en el foro de " Blog Garcia Collado" y a ver si ahí alguien te puede aconsejar tambien.
De todas maneras lo tienes dificil ya que parece ser que despues de impugnar deberás denunciar al juzgado y esto vale un dinero...y si no se avienen por las buenas deberás de gastarte el dinero y tirar para adelante...
Suerte...
13/06/2013 09:48
Gracias mabelita por sus comentarios.
En ese blog hay un caso identico al mio, y la respuesta es la misma que las conclusiones a las que yo había llegado, indagando en muchos sitios. Es un blog interesante y muy objetivo y coherente. Lo que ocurre es que la "tutela judicial efectiva" en este pais deja mucho que desear, y es precisamente esto lo que propicia que algunas comunidades y administradores cometan todo tipo de abusos. He leido que precisamente fue el colegio de administradores el que logro que se impusieran tantas trabas a las impugnaciones, es un gremio que aunque presuma de ética fomenta muchas cazicadas en las comunidades, como de todos es conocido.
Lo que no me queda claro es por que dice que impugnó 13 veces. ¿Presentó alegaciones durante 13 años, o impugno de verdad judicialmente durante 13 años? Porque las comunidades que hacen lo que quieren no creo que atiendan a alegaciones.
Efectivamente, yo defiendo su criterio, que también defienden muchos jueces, de que las supuestas unanimidades no convalidan ciertos acuerdos que van contra la Ley, porque muchas falsas unanimidades, que claramente perjudican a algunos comuneros, no son mas que resultado de manipulaciones, y tretas, que algunos manipuladores de juntas llevan a cabo. Pero el tema de las unanimidades es bastante complejo, lo mejo es oponerse claramente en tiempo y forma, para romper esas apariencias de unanimidad. Para ganar un juicio en este pais, primero se tiene que tener razón, después no cometer ningun error de procedimiento, y después estar decidido a invertir el dinero necesario para hacer valer tus derechos
13/06/2013 11:41
Isolda me alegra mucho que el Blog de García Collado te haya ayudado un poco a esclarecer algunas dudas que tenias al respecto. es un Administrador de Fincas de lo mejor con muchos casos y sentencias diversas.
De todas formas yo decidí hace unos 3-4 años impugnar despues de tanto aviso y aunque mi abogado no tenía ni idea de la LPH ni casos similares al mio a día de hoy me atrevo a decir que sabe mas que el primero, solo espero que me defienda u pelee mi caso llegado el momento con la documentación que yo le aporte.
Si no arreglas por las buenas solo te queda la opción de gastarte el dinero y lo siento de veras, pero esto es así.
Mis impugnaciones fueron para tratar de arreglar las cosas por las buenas impugnando ante la Junta todos los años y amenazándoles con demandarles, pero no me hicieron caso, hace un año me dijeron que me legalizaban a mi solo y lo demás quedaba todo igual, pero les dije que no estaba dispuesto ya que cuando entrara un nuevo propietario tarde o temprano volveríamos a las mismas si no estaba todo correcto y bien legalizado,cuando en una Comunidad de 20 propietarios hay 3-4 que se ahorran un dinero todos los años, cuesta mucho deshacer lo andado. Por lo que te he expuesto decidí continuar a delante yo solo, ya que lo demás todo son parches, pan para hoy y hambre para mañana, en fin... yo soy así de chulo y legal, el dinero no me sobra pero de mi no se rie nadie.
Me han dicho que retire la demanda y sacarán un punto en el Orden del Día para legalizarlo todo, y les he dicho que primero lo legalicen todo y lo saquen en el Orden del Día y despues es posible que hablemos, son ellos los que deben de dar el primer paso y los demandados, mientras que eso no ocurra así no me retiro pues en la Comunidad hay 3-4 propietarios de pisos grandes de 120 m2 y yo tengo 50 m2 que no me pueden ver.
Isolda piénsatelo y tu veras lo que haces, aunque depende de las economias de cada uno.
Suerte...
14/06/2013 01:51
Hola Mabelita,
conmigo se están portando igual. En la junta del mes pasado deje constancia de salvaba mi voto para impugnar. 4 analfabetos que no entienden nada de leyes decían que les demandase, que no había ningún problema, como si tuviesen algo legal en esa comunidad.

Mi piso tiene 22 metros (es un mini estudio raro, que viene encima de una expediente de dominio, y se registro el año pasado, aunque la finca es del 65). No es que las demás viviendas sean muy grandes, pero hay pisos de 65 metros, predominan los de 50 metros y sólo hay dos mini estudios de 22 metros. La historia de que estos mini estudios paguen tanta comunidad viene de que los propietarios necesitaban el favor de la comunidad para registrarlos, así que no les importaba pagar mas, para poder registrarlos y venderlos, y que el nuevo comprador se apañase después con la comunidad. Yo soy nuevo, y se creen con derecho de exigirme lo que les exigieron a los antiguos propietarios, que les pusieron una cuota 3 veces lo que correspondería, a cambio de hacerles el favor de poder registrarlos para venderlos. Pero tiene todo descuadrado, mi coeficiente de escrituras han puesto que es un 0,73% (mas bajo de los real) y quieren que pague como un 5%, no tienen estatutos de la comunidad, el administrador confunde mas que informa...

Usted al menos por lo que cuenta ha conseguido que le tomen en serio. No sabía que un proceso de impugnación durase tanto, de 3 a 4 años.
Se le ve curtido en el tema.
Si no es indiscrección, si le facilito una dirección de email, podría recomendarme algún abogado especialista en temas de comunidades? A ser posible de la zona de Madrid...
Por cierto que no sé si dispongo de 3 meses o de un año para impugnar. En la junta del 28 de mayo se aprobaron unas cuotas arbitrarias y raras, son tan analfabetos que no quieren oir ni hablar de coeficientes sino de cuotas absolutas (no saben ni lo que son las proporciones), que por se mayoría de pisos grandes, creen que las pueden imponer a su antojo, sin tener en cuanta las superficies. Sé que si no me retraso en la impugnación lo que han votado sólo valdría para este año (no quieren hacer las cosas bien, y prefieren que haya enfrentamiento todos los años, no se dan cuenta de que eso crea inseguridad para todos), pero me gustaría intentar impugnar ya, porque si se les cede un poco con este tipo de gente son capaces de querer cada año mas, porque encima tienen la impresión de que haciendo pagar a un minipiso cuya superficie real supone un 2,5%, un 5% del presupuesto de la comunidad encima me están haciendo un favor. Usted aguantó 13 años las arbitrariedades de sus vecinos, yo espero tener que aguantar bastante menos, pero la "guerra" no ha hecho mas que empezar, y no se antoja sencilla tampoco.

PD: no soy Isolda, parece que Isolda no interviene de nuevo para contar como le fue su tema. Mi problema viene de hace 4 meses, desde que me engañaron en la compra de un pequeño estudio (ocultacion de derramas, comunidad desproporcionada, problemas de aislameinto, etc). Gracias por sus comentarios, porque se le ve muy puesto en el tema, yo la verdad que llevo porquito con estos problemas
14/06/2013 12:59
Voy a tratar de ser un poco breve yo haría lo siguiente, y soy yo, pero a la vista de que he actuado de una manera ahora mismo lo haría de la siguiente:
Al año que viene y con tiempo me buscaría un abogado y a traves de el le enviaría una comunicación al Presidente de la Comunidad o al Administrador para que vea que vas en serio. El escrito se lo mandas unos dias antes de la reunión para que saquen un punto en el Orden del Día en estos terminos:
" Aprobación sobre la forma de reparto del gasto entre los propietarios " este escrito que se lo envie tu abogado a la Comunidad para que vean que vas en serio y ya en la Reunión les manifiestas que te están ocasionando un grave perjuicio económico ya que tu quieres que se pague todo por coeficiente y de conformidad con la Ley y se aplique el coeficiente
que viene en el Título y ya de hecho tu vas a empezar a pagar por coeficientes tu próxima cuota y que conste en el acta que se levante a los efectos oportunos, que sean ellos y no tu la que de el primer paso.
Provoca que sean ellos los que te denuncien y ya veremos lo que hacen...
Se tendrán que buscar abogado y procurador y poner unos 1500 € para empezar, es posible que entonces se lo piensen...antes de dar el primer paso..
Los acuerdos que van contra Ley son susceptibles de impugnarlos segun la TS 3-12-2004 Rec 3126/1998 que te envie.
Exígeles en la Reunión del año que viene que hemos mencionado antes que quieres que se de cumplimiento a lo estipulado en el Título de Constitución de de la Comunidad y para ello vas a pagar por coeficientes a partir de ahora ...y si no que te denuncien...
Esto es lo que yo haría ahora mismo, provocarlos a ellos a ver si entran al trapo...
Podrías posiblemente demandarlos ya al haber votado en contra de los presupuestos por no ajustarse a ley me imagino y teniendo un año... pero yo haría las cosas mejor yo te asesoro de esta manera tu piensatelo antes...
Suerte


15/06/2013 01:41
Hola Mabelita,
ya estoy pagando según mi coeficiente de participación de escrituras desde que soy el nuevo propietario. Con eso y una par de escritos que no han podido evitar ya les forcé a que se debatiese el tema en la junta pasada. Pero creo que se necesita algo mas contundente para hacer reflexionar a estos paletos.

Hasta ahora creo que tengo las espaldas cubiertas, pero lo que se han decidido en junta es vinculante, y si no lo impugno bastaría un simple monitorio o juicio verbal para que me condenasen. La ley es muy desigual y fuerza al comunero perjudicado a invertir una buena cantidad de dinero en una impugnación, cuando un monitorio es, en principio, un procedimiento muy sencillo. No entiendo esta disparidad, que fomenta la "tiranía de las mayorías" en las comunidades. El administrador lo sabe, y también sabe que se han hecho muchas cosas mal en esa comunidad, por eso disimula y da discursos de los mas incoherente, porque sabe que si no le acusaran de haber hecho las cosas mal, y lo tirarán.

Puedo seguir "tocándoles las narices" y pagar por mi coeficiente, que es un 0.73%, pero si no va acompañado de una impugnación tengo las de perder. Les he ofrecido pagar un 2,55%, que es lo que sale de verdad por mi superficie, en relación a la de todas las viviendas (según el catastro), pero ellos quieren que pague un 5%, y la finca es vieja, vendrán obras, y no voy a pagar las derramas a nadie. Igual es buena idea jugármela un año, pero si actúan me condenarán a pagar sí o sí. Yo podría impugnar al año siguiente. Pero tiene riesgo, y no estaría yo haciendo las cosas bien. Por eso si tuviese un año para impugnar y no tres meses podría jugar un poco más, y esperar a que ellos me demanden para interponer la impugnación judicial. ¿Cree usted que tengo tres meses o un año para impugnar?

En cuanto a lo de que pueda usted pasarme alguna referencia del algún letrado especialista en la materia, como lo ve?
Muchas gracias por su ayuda.
16/06/2013 20:53
Pues al final yo creo que tengo un año para impugnar, en función del art 18.3 de la LPH:
"3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el artículo 9."
Ello me da un cierto margen para ver si los paletos recapacitan de que tiene que respetar la Ley. Mañana voy a solicitar una junta extraordinaria, y si se niegan les pondré un acto de conciliación previa la demanda judicial. Así al menos les fuerzo a que reflexionen y se informen, y quizás lleguen a la conclusión de que no pueden imponer sus normas caprichosas y arbitrarias, cuando un comunero exige que se aplique la Ley.
En fin, nunca entenderé el tinglado/negocio que hay montado en este país para poder tener "la tutela judicial efectiva", con el tiempo que nos ahorraríamos si un juez interviene para poner un poco de orden en esta comunidad....