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Alquiler de temporada.

4 Comentarios
 
Alquiler de temporada.
14/03/2024 09:18
Hola.
Tengo 2 dudas sobre el alquiler de temporada.
El alquiler de temporada puede durar menos de un mes? Sería una irregularidad hacer un contrato de alquiler de temporada por menos de un mes?
Si en un contrato de alquiler de temporada el inquilino me dice que el motivo del contrato de temporada es por motivos de trabajo, el propietario tiene que cerrcionarse que realmente eso es cierto?
Muchas gracias.
Un saludo.
14/03/2024 10:24
Lo primero: depende de la comunidad autonómica, y hay diecisiete.
En general, los alquileres de temporada deben durar al menos 32 días. Pero esto es una presunción, y por lo tanto pueden aportarse pruebas en contra.
En Andalucía se exige la habitualidad para poder considerar un alquiler como turístico, en vez de como temporal, por lo tanto, se puede probar en contra, si no se hace de forma habitual.
En conclusión, no es irregular hacer un contrato de temporada por menos de un mes: pero debe tener en cuenta que las principales vías de información con las que las autoridades detectan alquileres turísticos son: anuncios y denuncias de vecinos.
Por otra parte, nada le impide hacer un alquiler por treinta y dos días, cobrar como si fueran menos, y que el inquilino se vaya cuando quiera.
Dada la cuantía de las sanciones previstas en la mayoría de las CCAA, y la inercia -por no llamarlo despotismo- con la que actúa la administración en materia sancionadora, le recomiendo que no se arriesgue pensando que va a ganar.

Usted no está obligado a ejercer labores de inquisidor: si el inquilino manifiesta que el motivo es laboral, y lo ponen por escrito, usted no tiene ninguna responsabilidad.
14/03/2024 10:46
Yo comparto la respuesta de Hoplon y le digo un poco más: dudo muchísimo que le interese un alquiler por menos de un mes.
Yo que usted no lo haría.
14/03/2024 15:29
Veo anuncios en webs de anuncios de viviendas en a que que se alquilan por temporadas. Este anuncio podría ser sancionado por la administración de turismo de la comunidad autónoma por considerarlo alquiler turístico?
En el apartado de motivo del alquiler de temporada se podría poner "varios" (como que se alquila por varios motivos)?
Muchas gracias.
14/03/2024 16:44
Como ya le ha indicado Hoplon la línea divisoria es, como siempre, difícil de trazar. Pero un alquiler de unos días dificilísimamente va a considerarse de temporada. Una vez, vale. Pero si se hace sistemáticamente es muy posible que le visite la inspección y (con razón) le sancionen.
Los alquileres de temporada se distinguen de los demas porque tiene que ser "causalizados", es decir, tiene que expresar una "causa" por la que el alquiler no tenga sentido con carácter indefinido. Por ejemplo: quiero un alquiler de temporada porque voy a estudiar durante el curso 24-25. O porque voy a realizar una cura de desintoxicación de 3 meses. Por eso en el anuncio pone "varios", porque son "varios" (en realidad son infinitos) los motivos por los que un alquiler puede terminar siendo de temporada.
Pero le insisto en que si usted quiere "camuflar" un alquiler vacacional o una residencia en un hostal como de alquiler por temporada, es muy posible que le sancionen.
Alquiler de temporada. | PorticoLegal
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Alquiler de temporada.
14/03/2024 09:18
Hola.
Tengo 2 dudas sobre el alquiler de temporada.
El alquiler de temporada puede durar menos de un mes? Sería una irregularidad hacer un contrato de alquiler de temporada por menos de un mes?
Si en un contrato de alquiler de temporada el inquilino me dice que el motivo del contrato de temporada es por motivos de trabajo, el propietario tiene que cerrcionarse que realmente eso es cierto?
Muchas gracias.
Un saludo.
14/03/2024 10:24
Lo primero: depende de la comunidad autonómica, y hay diecisiete.
En general, los alquileres de temporada deben durar al menos 32 días. Pero esto es una presunción, y por lo tanto pueden aportarse pruebas en contra.
En Andalucía se exige la habitualidad para poder considerar un alquiler como turístico, en vez de como temporal, por lo tanto, se puede probar en contra, si no se hace de forma habitual.
En conclusión, no es irregular hacer un contrato de temporada por menos de un mes: pero debe tener en cuenta que las principales vías de información con las que las autoridades detectan alquileres turísticos son: anuncios y denuncias de vecinos.
Por otra parte, nada le impide hacer un alquiler por treinta y dos días, cobrar como si fueran menos, y que el inquilino se vaya cuando quiera.
Dada la cuantía de las sanciones previstas en la mayoría de las CCAA, y la inercia -por no llamarlo despotismo- con la que actúa la administración en materia sancionadora, le recomiendo que no se arriesgue pensando que va a ganar.

Usted no está obligado a ejercer labores de inquisidor: si el inquilino manifiesta que el motivo es laboral, y lo ponen por escrito, usted no tiene ninguna responsabilidad.
14/03/2024 10:46
Yo comparto la respuesta de Hoplon y le digo un poco más: dudo muchísimo que le interese un alquiler por menos de un mes.
Yo que usted no lo haría.
14/03/2024 15:29
Veo anuncios en webs de anuncios de viviendas en a que que se alquilan por temporadas. Este anuncio podría ser sancionado por la administración de turismo de la comunidad autónoma por considerarlo alquiler turístico?
En el apartado de motivo del alquiler de temporada se podría poner "varios" (como que se alquila por varios motivos)?
Muchas gracias.
14/03/2024 16:44
Como ya le ha indicado Hoplon la línea divisoria es, como siempre, difícil de trazar. Pero un alquiler de unos días dificilísimamente va a considerarse de temporada. Una vez, vale. Pero si se hace sistemáticamente es muy posible que le visite la inspección y (con razón) le sancionen.
Los alquileres de temporada se distinguen de los demas porque tiene que ser "causalizados", es decir, tiene que expresar una "causa" por la que el alquiler no tenga sentido con carácter indefinido. Por ejemplo: quiero un alquiler de temporada porque voy a estudiar durante el curso 24-25. O porque voy a realizar una cura de desintoxicación de 3 meses. Por eso en el anuncio pone "varios", porque son "varios" (en realidad son infinitos) los motivos por los que un alquiler puede terminar siendo de temporada.
Pero le insisto en que si usted quiere "camuflar" un alquiler vacacional o una residencia en un hostal como de alquiler por temporada, es muy posible que le sancionen.