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Ante quién y cómo puedo presentar una denuncia contra una sentencia firme e injusta y quien la dictó

1 Comentarios
 
04/12/2018 17:53
Khldelkddr
Si la sentencia es firme, cabe un recurso extraordinario de revisión. Le pego el artículo de la ley, donde se expresa los motivos tasados de admisión de esta clase de recurso:
El art. 102 LJCA :

a) Si después de pronunciada se recobraren documentos decisivos, no aportados por causa de fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado.
b) Si hubiere recaído en virtud de documentos que, al tiempo de dictarse aquélla, ignoraba una de las partes haber sido reconocidos y declarados falsos o cuya falsedad se reconociese o declarase después.
c) Si habiéndose dictado en virtud de prueba testifical, los testigos hubieren sido condenados por falso testimonio dado en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia.
d) Si se hubiere dictado sentencia en virtud de cohecho, prevaricación, violencia u otra maquinación fraudulenta.
Ante quién y cómo puedo presentar una denuncia contra una sentencia firme e injusta y quien la dictó
04/12/2018 06:01
Hola.
Resulta que he interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo correspondiente en contra del Servicio Vasco de Empleo por interpretar al préstamo personal como ingreso atípico.
Se celebró el juicio y más tarde El Magistrado de lo contencioso-administrativo correspondiente dicto sentencia firme y que no cabe interponer recurso ordinario alguno desestimando el recurso interpuesto.
El Magistrado dictó sentencia en mi contra y a favor del Servicio Vasco de Empleo, aceptando la interpretación que lleva acabo Serv. Vasc. de Empl. el cual que un preéstamo personal tiene la consideración de ingreso atípico.
Pero la normativa no lo considera así. No se menciona ni literalmente ni expresamente en ningún documento legal sólo es una interpretación que lleva a cabo S.V.E. que no tienen en cuenta la naturaleza propia de un préstamo.
Según consta en El Código Civil, el préstamo personal no tiene la consideración de ingreso atípico.
Ahora viene la pregunta: Ante qué y como puedo presentar una demanda contra esta sentencia y quien la dictó?
Resulta que no sé ante quien presentar una demanda y agradecería muchísimo a quien me pueda ayudar. Muchas Gracias y Un Saludo
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1 Comentarios
 
04/12/2018 17:53
Khldelkddr
Si la sentencia es firme, cabe un recurso extraordinario de revisión. Le pego el artículo de la ley, donde se expresa los motivos tasados de admisión de esta clase de recurso:
El art. 102 LJCA :

a) Si después de pronunciada se recobraren documentos decisivos, no aportados por causa de fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado.
b) Si hubiere recaído en virtud de documentos que, al tiempo de dictarse aquélla, ignoraba una de las partes haber sido reconocidos y declarados falsos o cuya falsedad se reconociese o declarase después.
c) Si habiéndose dictado en virtud de prueba testifical, los testigos hubieren sido condenados por falso testimonio dado en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia.
d) Si se hubiere dictado sentencia en virtud de cohecho, prevaricación, violencia u otra maquinación fraudulenta.
Ante quién y cómo puedo presentar una denuncia contra una sentencia firme e injusta y quien la dictó
04/12/2018 06:01
Hola.
Resulta que he interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo correspondiente en contra del Servicio Vasco de Empleo por interpretar al préstamo personal como ingreso atípico.
Se celebró el juicio y más tarde El Magistrado de lo contencioso-administrativo correspondiente dicto sentencia firme y que no cabe interponer recurso ordinario alguno desestimando el recurso interpuesto.
El Magistrado dictó sentencia en mi contra y a favor del Servicio Vasco de Empleo, aceptando la interpretación que lleva acabo Serv. Vasc. de Empl. el cual que un preéstamo personal tiene la consideración de ingreso atípico.
Pero la normativa no lo considera así. No se menciona ni literalmente ni expresamente en ningún documento legal sólo es una interpretación que lleva a cabo S.V.E. que no tienen en cuenta la naturaleza propia de un préstamo.
Según consta en El Código Civil, el préstamo personal no tiene la consideración de ingreso atípico.
Ahora viene la pregunta: Ante qué y como puedo presentar una demanda contra esta sentencia y quien la dictó?
Resulta que no sé ante quien presentar una demanda y agradecería muchísimo a quien me pueda ayudar. Muchas Gracias y Un Saludo