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Anular el pago de las cuotas de la comunidad

9 Comentarios
 
Anular el pago de las cuotas de la comunidad
08/05/2022 21:06
En mi comunidad estamos en un proceso de cambio de formula de pago de partes iguales a coeficientes El administrador, está dilatando el proceso de juntas y votación. Mi pregunta es si puedo ingresar en en alguna cuenta ajena a la comunidad los importes de las cuotas, hasta que se solucione el asunto, para que no se me considere moroso, y cuando se solucione, habilitar al administrador parta que se cobre de esa cuenta los importes pendientes.
08/05/2022 22:51
El Seneca
Pues no, no puede hacerlo.
El que consideren moroso a una persona, el problema es que no pueda votar en una junta, o sea que a buen entendor.................
Le recuerdo que las juntas las convoca el presidente, no el administrador.
08/05/2022 22:55
El Seneca
Las juntas las convoca el presidente, es cierto que el administrador presenta las cuentas, remite la convocatoria, etc.
Ese cambio requiere unanimidad, si la hay muy bien, es más justo el pago por coeficiente.
Sí, se puede consignar el dinero en el juzgado o en un notario. Pero son ganas de complicarse, yo en un caso muy excepcional como medida de presión sencillamente dejaría de pagar y cuando se convoque la junta haría el ingreso y ya puedo votar. Pero insisto, para mí, cualquier cosa que no sea pagar religiosamente la cuota mensual es insolidario y pierdes fuerza moral.
08/05/2022 22:59
jalisco
Vaya, me puse a contestar cuando todavía no había ninguna respuesta.
Séneca, haga usted caso a Jalisco y le irá bien.
09/05/2022 19:42
El título constitutivo de la comunidad está por coeficientes, sin embargo llevamos pagando a partes iguales durante 40 años. Ahora he solicitado que se cambie a coeficientes. Según las sentencias que he podido consultar., La votación por unanimidad sería para lo contrario. Además el titulo constitutivo, no se modificó en sus principios, ni se registró su cambio, como parece ser que es preceptivo. Cierto que quien convoca es el presidente, pero este hace lo que le dice el administrador.
09/05/2022 23:45
Para VOLVER de pago por unanimidad a coeficiente, sólo se necesita mayoría simple.
En el juzgado no admiten dinero si no se tiene un expediente abierto y en un notario no sirve de nada, dado que estan obligados a comunicar a la comunidad que existe un dinero que le pertenece.
10/05/2022 08:37
Mire....para pagar por coeficientes como así dice el título constitutivo y también la ley de propiedad horizontal, si no atienden sus razones solo le queda un camino, el juzgado, no hay otra, no le dé más vueltas. Es posible que cuando consulte un abogado, éste mandará el aviso preceptivo previo a la demanda a la comunidad y entonces se planteen antes de ir al juzgado (donde tiene usted muchas posibilidades de ganar) ceder a sus pretensiones y evite el juzgado. De lo contrario, pues al señor de la bata negra y que decida. La ignorancia es muy atrevida y si están mal asesorados, aún más.
10/05/2022 12:31
Buenos días:

" Mi pregunta es si puedo ingresar en en alguna cuenta ajena a la comunidad los importes de las cuotas, hasta que se solucione el asunto, para que no se me considere moroso, y cuando se solucione, habilitar al administrador parta que se cobre de esa cuenta los importes pendientes." La respuesta, como ya le han indicado, es negativa.

La consignación judicial, por los datos aportados, no será admitida y la opción de consignación notarial, además de suponerle un gasto importante, tampoco evitará la incursión en morosidad.

Como ha señalado el forista Fontanero en su caso sería conveniente que consultara su caso con un abogado para que, en caso de ser clara su pretensión, medie con la comunidad de propietarios para alcanzar un acuerdo.

Un saludo.
02/01/2023 13:57
El primer paso que di, fue solicitar que en un ajunta se aprobase el cambio a coeficientes, por un sólo voto, salió que no. En una segunda vez solicité a la comunidad que si ellos querian seguir pagando de forma lineal, me concediesen ejercitar mi derecho a hacerlo, individualmente, por coeficientes. Esta vez, todos votaron que no, incluidos los que antes votaron que sí. Si llevo esto al juzgado, que posibilidades creen Vds que tengo de ganar. He leido en alguna sentencia del supremo, que no se le puede denegar ese derecho a ningún propietario, cuando tanto el Título Constitutivo de la comunidad como las propias escrituras de las viviendas, asi lo dicen, y en una comu nidad donde nunca se tomo el acuerdo por mayoría absoluta de cambiar la formula de pago
Quedo a espera de sus opiniones
02/01/2023 15:13
Usted no nos indica, si en su día voto el pago a partes iguales
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08/05/2022 21:06
En mi comunidad estamos en un proceso de cambio de formula de pago de partes iguales a coeficientes El administrador, está dilatando el proceso de juntas y votación. Mi pregunta es si puedo ingresar en en alguna cuenta ajena a la comunidad los importes de las cuotas, hasta que se solucione el asunto, para que no se me considere moroso, y cuando se solucione, habilitar al administrador parta que se cobre de esa cuenta los importes pendientes.
08/05/2022 22:51
El Seneca
Pues no, no puede hacerlo.
El que consideren moroso a una persona, el problema es que no pueda votar en una junta, o sea que a buen entendor.................
Le recuerdo que las juntas las convoca el presidente, no el administrador.
08/05/2022 22:55
El Seneca
Las juntas las convoca el presidente, es cierto que el administrador presenta las cuentas, remite la convocatoria, etc.
Ese cambio requiere unanimidad, si la hay muy bien, es más justo el pago por coeficiente.
Sí, se puede consignar el dinero en el juzgado o en un notario. Pero son ganas de complicarse, yo en un caso muy excepcional como medida de presión sencillamente dejaría de pagar y cuando se convoque la junta haría el ingreso y ya puedo votar. Pero insisto, para mí, cualquier cosa que no sea pagar religiosamente la cuota mensual es insolidario y pierdes fuerza moral.
08/05/2022 22:59
jalisco
Vaya, me puse a contestar cuando todavía no había ninguna respuesta.
Séneca, haga usted caso a Jalisco y le irá bien.
09/05/2022 19:42
El título constitutivo de la comunidad está por coeficientes, sin embargo llevamos pagando a partes iguales durante 40 años. Ahora he solicitado que se cambie a coeficientes. Según las sentencias que he podido consultar., La votación por unanimidad sería para lo contrario. Además el titulo constitutivo, no se modificó en sus principios, ni se registró su cambio, como parece ser que es preceptivo. Cierto que quien convoca es el presidente, pero este hace lo que le dice el administrador.
09/05/2022 23:45
Para VOLVER de pago por unanimidad a coeficiente, sólo se necesita mayoría simple.
En el juzgado no admiten dinero si no se tiene un expediente abierto y en un notario no sirve de nada, dado que estan obligados a comunicar a la comunidad que existe un dinero que le pertenece.
10/05/2022 08:37
Mire....para pagar por coeficientes como así dice el título constitutivo y también la ley de propiedad horizontal, si no atienden sus razones solo le queda un camino, el juzgado, no hay otra, no le dé más vueltas. Es posible que cuando consulte un abogado, éste mandará el aviso preceptivo previo a la demanda a la comunidad y entonces se planteen antes de ir al juzgado (donde tiene usted muchas posibilidades de ganar) ceder a sus pretensiones y evite el juzgado. De lo contrario, pues al señor de la bata negra y que decida. La ignorancia es muy atrevida y si están mal asesorados, aún más.
10/05/2022 12:31
Buenos días:

" Mi pregunta es si puedo ingresar en en alguna cuenta ajena a la comunidad los importes de las cuotas, hasta que se solucione el asunto, para que no se me considere moroso, y cuando se solucione, habilitar al administrador parta que se cobre de esa cuenta los importes pendientes." La respuesta, como ya le han indicado, es negativa.

La consignación judicial, por los datos aportados, no será admitida y la opción de consignación notarial, además de suponerle un gasto importante, tampoco evitará la incursión en morosidad.

Como ha señalado el forista Fontanero en su caso sería conveniente que consultara su caso con un abogado para que, en caso de ser clara su pretensión, medie con la comunidad de propietarios para alcanzar un acuerdo.

Un saludo.
02/01/2023 13:57
El primer paso que di, fue solicitar que en un ajunta se aprobase el cambio a coeficientes, por un sólo voto, salió que no. En una segunda vez solicité a la comunidad que si ellos querian seguir pagando de forma lineal, me concediesen ejercitar mi derecho a hacerlo, individualmente, por coeficientes. Esta vez, todos votaron que no, incluidos los que antes votaron que sí. Si llevo esto al juzgado, que posibilidades creen Vds que tengo de ganar. He leido en alguna sentencia del supremo, que no se le puede denegar ese derecho a ningún propietario, cuando tanto el Título Constitutivo de la comunidad como las propias escrituras de las viviendas, asi lo dicen, y en una comu nidad donde nunca se tomo el acuerdo por mayoría absoluta de cambiar la formula de pago
Quedo a espera de sus opiniones
02/01/2023 15:13
Usted no nos indica, si en su día voto el pago a partes iguales